Pliego de Condiciones Particulares Adquisición de Matafuegos - Contratación Directa Nº 49/2006 - RES. OAyF Nº 054/2006

CONTRATACION DIRECTA Nº 49/2006

RES. OAyF Nº 054/2006

SERVICIO DE RECARGA, REVISION, MANTENIMIENTO

Y CONTROL DE MATAFUEGOS

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

1. GENERALIDADES

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

3. CONSULTA DEL PLIEGO

4. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

5. RENGLONES A COTIZAR

6. PEDIDO DE ACLARACIONES Y/O INFORMACION

7. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO

8. FORMA DE COTIZACIÓN

9. LUGARES DE PRESTACION DEL SERVICIO Y TRASLADO DE SEDES

10. PLAZO DE CONTRATACIÓN - RENGLÓN 2

11. FORMA DE PAGO

12. CAPACIDAD TECNICA. HABILITACIONES. INSCRIPCIONES

13. ANTECEDENTES COMERCIALES

14. SEGUROS

15. PRODUCTOS. RESPONSABILIDAD

16. MEDIDAS DE SEGURIDAD

17. PRESENTACION DE LAS OFERTAS

18. APERTURA DE LAS OFERTAS

19. VISITA

 

ANEXO A. IDENTIFICACION DE PUESTOS DE INCENDIO Y MATAFUEGOS

ANEXO B. CERTIFICADO DE VISITA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 49/2006

SERVICIO DE RECARGA, REVISION, MANTENIMIENTO Y CONTROL DE MATAFUEGOS

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

1. GENERALIDADES

El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contratación de Bienes y Servicios (T.O.), aprobado por Resolución CM Nº 210/2005 y su modificatoria Resolución CM Nº 692/2005, para la contratación de referencia.

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Contratación Directa Nº 49/2006 tiene por objeto la provisión de matafuegos para el edificio sito en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta ciudad y la contratación de los servicios de recarga, revisión, mantenimiento y control de los matafuegos ya existentes en los restantes edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

3. CONSULTA DEL PLIEGO

El Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Condiciones Particulares podrá ser consultado enla Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Av. Leandro N. Alem 684 Piso 8º frente, de esta Ciudad, en el horario de 11.00 a 17.00 horas.

4. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor del presente pliego.

El presente pliego podrá adquirirse en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Av. Leandro N. Alem 684, piso 8º frente, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas, y hasta las 12:OO horas del día 7 de Diciembre de 2006, previo depósito de la suma de Pesos Treinta y Cinco ($ 35) en la Cuenta Corriente N° 769/8, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 53, sita en Córdoba 675 de esta Ciudad.

El importe recibido por el Consejo por la venta de pliegos, compensa el precio de elaboración e impresión de los mismos, el que no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.

La no adquisición del pliego dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta.

5. RENGLONES A COTIZAR

Renglón 1: Provisión de:

1.1. Noventa y Ocho (98) matafuegos tipo ABC (Triclase. Polvo Químico Seco) de 5 Kg.

1.2. Cinco (5) matafuegos tipo ABC (Hallon) de 5 Kg.

1.3. Cinco (5) matafuegos tipo CO2 (Anhídrido Carbónico) de 5 Kg.

1.4. Ciento Treinta y Uno (131) chapas balizas reglamentarias para columnas de matafuegos de 87,5 x 26 Mm.

Renglón 2: Servicio de recarga, revisión, control, mantenimiento y prueba hidráulica de los matafuegos que se detallan a continuación.

2.1. Veinticuatro (24) matafuegos de polvo químico seco ABC de 2,5 Kg.

2.2. Ciento setenta y dos (172) matafuegos de polvo químico seco ABC de 5 Kg.

2.3. Tres (3) matafuegos de polvo químico seco ABC de 10 Kg.

2.4. Diecisiete (17) matafuegos de Dióxido de Carbono de 5 Kg.

2.5. Un (1) matafuego de Dióxido de Carbono de 10 Kg.

2.6. Un (1) matafuego de Dióxido de Carbono de 15 Kg.

2.7. Un (1) matafuego de Dióxido de Carbono de 20 Kg.

2.8. Veinte (20) matafuegos de Agua de 10 Litros

2.9. Un (1) matafuego de Agua de Potasio.

2.10. Veintiocho (28) matafuegos a base de Halotron de 2,5 Kg.

2.11. Dos (2) matafuegos a base de Halotron de 5 Kg.

2.12. Dos (2) matafuegos a base de Haloclean de 5 Kg.

Asimismo deberán cotizar independientemente por los matafuegos solicitados en el Renglón 1 (los cuáles se detallan a continuación) para los servicios de recarga, revisión, mantenimiento y prueba hidráulica.

2.13. Noventa y ocho (98) matafuegos tipo ABC (Triclase. Polvo Químico Seco) de 5 Kg.

2.14. Cinco (5) matafuegos tipo ABC (Hallon) de 5 Kg.

2.15. Cinco (5) matafuegos tipo CO2 (Anhídrido Carbónico) de 5 Kg.

6. PEDIDO DE ACLARACIONES Y/O INFORMACION

Las consultas al Pliego de Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito, mediante nota dirigida a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura y deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas de este Consejo, sin ensobrar, puesto que dicha dependencia deberá asignarle a las mismas un número de Actuación.

Dichas consultas deberán efectuarse en los plazos establecidos en la Cláusula 4 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contratación de Bienes y Servicios (T.O.).

La Dirección de Compras y Contrataciones realizará una charla informativa para los interesados respecto de los requisitos requeridos en los pliegos de la contratación de referencia, el día 17 de Noviembre de 2006, a las 16.00 horas, en Leandro N. Alem 684, Piso 8 frente.

7. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO

Para ambos renglones el adjudicatario deberá ajustarse a lo dispuesto en la O.M. Nº 40.473 y deberá incluir la provisión de las tarjetas de habilitación, aranceles de auditoría y sellos IRAM de servicios (en todos los casos).

Renglón 2

7.1. El adjudicatario deberá realizar por los subrenglones 2.1 al 2.12. dos recargas siendo la primera a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la correspondiente orden de compra y la segunda recarga deberá realizarse a los doce (12) meses de realizada la primera.

7.2. El adjudicatario deberá realizar por los subrenglones 2.13 al 2.15 la recarga a los doce (12) meses contados a partir del parte de recepción definitivo.

7.3. El adjudicatario deberá realizar una revisión trimestral de todos los matafuegos adquiridos, siendo la primera a los tres (3) meses de la recarga o adquisición, e incluirá seis (6) prestaciones.

7.4. Al momento de revisarse o recargarse los matafuegos, el adjudicatario deberá controlar la Prueba Hidráulica y en caso de que estuviera vencida ésta deberá ser realizada.

7.5. El adjudicatario deberá realizar el retiro de los matafuegos de sus ubicaciones actuales y su colocación en las mismas una vez recargados, teniendo presente la identificación del puesto de incendio y su numeración conforme lo indicado en la planilla que se adjunta como Anexo A.

7.6. El adjudicatario deberá presentar antes de iniciar los trabajos una secuencia de ejecución de los mismos teniendo en cuenta que los edificios deben quedar en todo momento provistos con matafuegos mientras dure la recarga. Esta secuencia deberá ser aprobada por la Dirección de Infraestructura y Obras.

8. FORMA DE COTIZACIÓN

8.1. RENGLON 1
Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, en números y letras indicando precio unitario y precio total.

8.2. RENGLON 2

Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, en números y letras, indicando:

8.2.1. Precio unitario por la recarga de los subrenglones 2.1 al 2.12.

8.2.2. Precio total por la recarga de los subrenglones 2.1 al 2.12 por dos (2) recargas por cada matafuego.

8.2.3. Precio unitario de los subrenglones 2.13 al 2.15.

8.2.4. Precio total de los subrenglones 2.13 al 2.15. por una (1) recarga por cada matafuego.

8.2.5. Precio trimestral por la prestación de los servicios requeridos en los subrenglones 2.1 al 2.15.

8.2.6. Precio por seis (6) prestaciones trimestrales de los servicios requeridos en los subrenglones 2.1 al 2.15.

8.2.7. Precio total del renglón tomando todos los servicios requeridos en los subrenglones durante el período de veinticuatro (24) meses.

8.2.8. Todas las prestaciones previstas en este renglón serán adjudicadas al mismo oferente.

A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Consejo reviste condición de EXENTO. Asimismo, en las ofertas NO DEBERÁ DISCRIMINARSE EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA INCIDENCIA DE ESTE IMPUESTO, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de C.U.I.T correspondiente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es 30-70175369-7.

9. LUGARES DE PRESTACION DEL SERVICIO Y TRASLADO DE SEDES

Las prestaciones requeridas en el renglón 2 se realizarán en los inmuebles sitos en Av. Leandro N. Alem 684, Combate de los Pozos 155, Av. de Mayo 761, Beruti 3345, Arias 4491 y Almafuerte 37/ 45, Tacuarí 135 y Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta ciudad.

Si bien se ha previsto la cotización de los trabajos para las sedes precedentemente detalladas, dispuesta la mudanza de alguna de ellas -hecho que le será notificado al adjudicatario-, éste continuará brindando el servicio en el nuevo destino.

10. PLAZO DE CONTRATACIÓN - RENGLÓN 2

La prestación del servicio tendrá una duración de veinticuatro (24) meses, a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la correspondiente orden de compra.

11. FORMA DE PAGO

El pago por los matafuegos y las balizas adquiridos en el renglón 1, se efectuarán conforme lo previsto en la Cláusula 29 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

El servicio de recarga de los matafuegos (renglón 2) se certificará a medida que se efectivicen las mismas.

Asimismo, el servicio de revisión, control, mantenimiento y prueba hidráulica se certificarán en forma trimestral, conforme al Pliego de Bases y Condiciones Generales.

12. CAPACIDAD TECNICA. HABILITACIONES. INSCRIPCIONES

El oferente deberá acreditar al cotizar, que se encuentra habilitado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y presentar fotocopia de la constancia de inscripción en el registro creado por la Ordenanza N° 40.473 y Decreto modificatorio N° 452/90.

Toda oferta que no cumpla con la misma será inadmisible.

13. ANTECEDENTES COMERCIALES

13.1. Los oferentes deberán haber ejercido sus actividades en el rubro con una antigüedad mínima de tres (3) años, como prueba de idoneidad y capacidad técnica.

13.2. Deberán contar como mínimo con dos (2) certificaciones de servicios de similares características a las que se licita, en establecimientos públicos y/o privados, suscriptas por autoridades de dichos establecimientos o, en su defecto, con un listado de los mismos, en el que consten los siguientes datos:

Denominación del organismo o empresa, Domicilio y teléfono de la misma, Tipo del servicio prestado, Monto del contrato, Persona con la cual contactarse con el objeto de determinar el grado de cumplimiento.

14. SEGUROS

14.1. El adjudicatario deberá acreditar, previo al inicio de las prestaciones; la contratación de los siguientes seguros:

14.1.1. Responsabilidad Civil frente a daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados no inferior a Pesos Doscientos Mil ($ 200.000,00), que permanecerá vigente hasta la finalización de las prestaciones a su cargo.

En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto.

Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en el presente Pliego, el Consejo de la Magistratura podrá en tales casos -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran adeudadas por el adjudicatario.

El Consejo de la Magistratura deducirá las primas así desembolsadas de la primera factura presentada por el adjudicatario.

Las pólizas deberán establecer expresamente que los aseguradores no podrán suspender la cobertura en razón de premios no pagados por el adjudicatario, sin dar preaviso por escrito al Consejo de la Magistratura de su intención de suspender la cobertura, con al menos quince (15) días de anticipación.

Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el adjudicatario es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del adjudicatario notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El adjudicatario será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos. Correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de las Pólizas de Seguro.

El Consejo de la Magistratura podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.

Los seguros serán contratados con aseguradoras a satisfacción del Consejo de la Magistratura, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos cuando corresponda y considerándolo como tercero afectado en el apartado 14.1.1.

15. PRODUCTOS. RESPONSABILIDAD

15.1. El retiro y entrega de los elementos para su recarga, revisión, mantenimiento y/o prueba hidráulica, será por cuenta del adjudicatario debiendo registrarse el retiro por medio de un acta, donde constará la cantidad de unidades, tipo, capacidad, características y número de patrimonio. Dicha acta deberá estar firmada por el representante de la firma adjudicataria.

La devolución de las unidades extintoras se efectuará mediante remito numerado, donde consignarán los mismos datos que en el acta original de retiro.

La adjudicataria se hará única responsable en oportunidad del traslado de los extintores a su taller, razón por la cual, en caso de extravío, robo o destrucción por cualquier causa, deberá proceder a la reposición por elementos de iguales características y capacidad, en óptimo estado de funcionamiento y carga.

15.2. El contratista será responsable por los daños que ocasione por el uso de productos no autorizados por la autoridad competente, como así también por las intoxicaciones u otras enfermedades que pueda padecer el personal del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, imputables a la ingestión, inhalación o cualquier otra forma de contaminación con los productos que se propongan y se usen en los servicios.

16. MEDIDAS DE SEGURIDAD

El contratista deberá adoptar todas las medidas de seguridad acorde con los riesgos propios de las tareas a ejecutar con el objeto de proteger al personal a su cargo, al del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, y a terceros que se pudieran dañar con motivo de la falta de previsiones necesarias.

17. PRESENTACION DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 18.00 horas y hasta las 12:00 horas del día 7 de Diciembre de 2006, en sobre cerrado, en la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura, debiendo estar dirigidas a la Secretaría Técnica del Consejo de la Magistratura de esta Ciudad, e indicando como referencia la leyenda “Contratación Directa Nº 49/2006, Expediente CM Nº DCC-147/06-0”.

18. APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el día 7 de Diciembre de 2006 a las 12:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem, piso 12º frente, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las que se recibirán las propuestas económicas, según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

19. VISITA

Será obligatoria visita a los inmuebles detallados en el Punto 9 del presente pliego a fin de verificar el estado de los matafuegos y fecha de vencimiento de la recarga de los mismos. Las visitas deberán coordinarse con la Dirección de Infraestructura y Obras, sita en Tacuarí 138, tel. 4011-6730 al 6734) en el horario de 11.00 a 17.00 horas.

De dicha visita se extenderá el correspondiente certificado que deberá acompañar obligatoriamente a la oferta, y cuyo formulario se agrega como Anexo B al presente.

ANEXO A

IDENTIFICACION DEL PUESTO DE INCENDIO Y MATAFUEGO CORRESPONDIENTE

EDIFICIO AV. L. N. ALEM

Ej: A-01-01

A= Alem

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO AV. DE MAYO

Ej: M-01-01

M= Av. de Mayo

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO COMBATE DE LOS POZOS

Ej: C-01-01

C= Combate de los Pozos

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO BERUTI

Ej: B-01-01

B= Beruti

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO ARIAS

Ej: AR-01-01

AR= Arias

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO ALMAFUERTE

Ej: AL-01-01

AL= Almafuerte

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO ROQUE SAENZ PEÑA

Ej: R-01-01

R= Roque Sáenz Peña

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO TACUARÍ

Ej: T-01-01

T= Tacuarí

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 49/2006

ANEXO B - CONSTANCIA DE VISITA

Se deja constancia quela Empresa .......................................................................... realizó la visita prevista en la cláusula 19 del Pliego de Condiciones Particulares de la Contratación Directa Nº 49/2006 (Resolución OAyF N° /2006), en las Sedes objeto de la referida contratación, hecho que es certificado en forma individual por cada uno de los responsables de este Consejo que interviene en cada Sede :

Sede

Fecha

Firma por Consejo

Firma p/Empresa Visitante

Leandro N. Alem 684

Tacuarí 138

Beruti 3345

Arias 4491

Almafuerte 37/45

Combate de los Pozos 155

Av. de Mayo 761

Av. Roque Sáenz Peña 636

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