Contratación Menor Nº 05/2016- Expediente CM Nº DCC 005/16-0- Resolución OAyF Nº 130/2016

                                                                          Buenos Aires,  15      de abril de 2006

 

RES. OAYF Nº  130   /2016

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 005/16-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Sistema de Apertura de Puerta a Distancia” Recaratulado; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución OAyF N° 074/2016 se autorizó el llamado a la Contratación Menor Nº 05/2016, que tiene por objeto la provisión e instalación de Sistemas de Apertura de Puertas a Distancia, conforme las características, cantidades y  demás condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de doscientos veinticinco mil pesos ($225.000,00) IVA incluido. Asimismo, se estableció el 29 de marzo de 2016 a las 16:00 horas, como fecha límite para la presentación de ofertas y para la apertura pública de ofertas (fs. 45/53).

Que la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 074/2016 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 55/56) y dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 57). Asimismo, remitió comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 58/59), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 60/61) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 62/67).

Que conforme se desprende del Acta de Ofertas Recibidas -que luce a fojas 68- el 29 de marzo de 2016 se realizó el acto de apertura de ofertas correspondiente. Allí se hizo constar la recepción de tres (3.-) ofertas en la Dirección General de Compras y Contrataciones, remitidas por las firmas Lab Electrónica de Guillermo Horacio Hernaez –incorporada a fojas 69/71- por un valor total de doscientos veinticinco mil pesos ($ 225.000,00) IVA incluido; Alta Video de Marcelo Nicoletta, -agregada a fojas 72/75- por la suma total de doscientos sesenta y cuatro mil pesos ($ 264.000,00) IVA incluido y Siproma Argentina S.A. –glosada a fojas 76/81- por un monto total de doscientos cincuenta y cinco mil pesos ($ 255.000,00) IVA incluído.

 

 

Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones intimó a dos de las oferentes a presentar cierta documentación faltante en sus ofertas (fs. 88/91).

Que a su vez, a fojas 82/87 la aludida Dirección General incorporó las constancias obtenidas del Buenos Aires Compra (BAC) referidas a los oferentes de las que surge que todos se encuentran inscriptos.

Que tomó intervención la Dirección de Seguridad -en su calidad de Responsable Técnico de la Contratación Menor Nº 05/2015- e indicó que la propuesta de Lab Electrónica es la que mejor cumple con las condiciones técnicas requeridas (cfr. Nota DS Nº 150/2016 de fs. 94)

Que a continuación, la Dirección General de Compras y Contrataciones incorporó a fojas 96/99 y a fojas 100/105 las respuestas remitidas por Lab Electrónia  de Guillermo Horacio Hernaez y Siproma Argentina S.A. respectivamente,  y agregó las constancias obtenidas del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (fs. 106/109).

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones anexó el Cuadro Comparativo de Precios, con su respectivo Anexo de documentación presentada por los oferentes. De allí se desprende que la firma Alta Video de propiedad de Marcelo Antonio Nicoletta  no presentó  la Declaración Jurada de Aptitud para contratar pese a haber sido debidamente intimada a hacerlo, requisito sine qua non para poder resultar adjudicatario. En tanto, surge que las propuestas de las firmas Siproma Argentina S.A. y Lab Electrónica de Guillermo Horacio Hernaez  cumplen con los requerimientos formales estipulados en el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor Nº 05/2016 así como en la normativa legal aplicable al caso (fs. 110/111).

Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 6897/2016 tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, luego de realizar una breve reseña de lo actuado y citar la normativa aplicable al caso, finalmente concluyó  que: “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, lo manifestado por la mentada Dirección General, el área técnica competente y la normativa aplicable  esta Dirección General opina que,  no encuentra obstáculo jurídico alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones a los fines previstos por el art. 109 de la ley 2095, modificado por la ley 4764 en el sentido que “ La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación…” (fs. 119).

Que  puesto a resolver, de acuerdo a lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, a lo manifestado por la Dirección de Seguridad en su carácter de área técnica competente y a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 05/2016, que tiene por objeto la provisión e instalación de Sistemas de Apertura de Puertas a Distancia, conforme las características cantidades y demás condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 074/2016.

Que en otro orden de ideas, cabe resaltar que la firma Alta Video de Marcelo Nicoletta no ha cumplido con toda la documentación requerida en el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras, por lo que resulta inadmisible. En tanto, las propuestas de Lab Electrónica de Guillermo Horacio Hernaez y Siproma Argentina S.A. reúnen todos los requerimientos formales y son admisibles técnicamente. Finalmente, de realizar una comparación económica resulta que la oferta de Lab Electrónica de Guillermo Horacio Hernaez es la económicamente más conveniente, además de ser  la que mejor cumple con las condiciones técnicas requeridas (cfr. Nota DS N° 150/2016).

Que en tal sentido, corresponderá adjudicar el Renglón 1 (único) de la Contratación Menor Nº 05/2016 a  Lab Electrónica de Guillermo Horacio Hernaez, por la suma total de doscientos veinticinco  mil pesos ($ 225.000,00) IVA incluido, de acuerdo a la oferta obrante a fojas 69/71  y al Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras.

Que por último, se instruirá a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por la Resolución Pres. Nº 1203/2015, por la Resolución CM Nº 222/2015 y por la Resolución Pres. N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 05/2016, que tiene por objeto la provisión e instalación de Sistemas de Apertura de Puertas a Distancia, conforme las características, cantidades y demás condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 074/2016.

 

Artículo 2º:  Adjudíquese el Renglón 1 (único) de la Contratación Menor Nº 05/2016 a  Lab Electrónica de Guillermo Horacio Hernaez, por la suma total de doscientos veinticinco  mil pesos ($ 225.000,00) IVA incluido, de acuerdo a la oferta obrante a fojas 69/71  y el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

 

Artículo 4: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad -y por su intermedio a la Dirección de Seguridad- y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

 

RES. OAyF Nº  130      /2016

 

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