Contratación Directa Nº 10/2015- Expediente CM Nº DCC 290/14-0- Resolución OAyF Nº 45/2015

Buenos Aires,      20  de febrero de 2015

 

RES. OAyF Nº  45       /2015

                                                                    

VISTO:

El Expediente DCC N° 290/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Publicación Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana)”, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo N° 257/2014 (fs. 3/9) la Secretaría de Coordinación de Polítias Judiciales solicitó que se proceda a la publicación de los resultados de la Encuesta a la Ciudadanía llevada a cabo en el marco de la Encuesta de Acceso a la Justicia. Asimismo, informó que la Editorial Jusbaires se encargará de llevar adelante los trámites para la registración y obtención de las autorizaciones del uso de las imágenes de la nómina que adjunta. En efecto, mediante Disposición EJ (DE) Nº 01/2015 (fs. 38), el Director de la Editorial Jusbaires autorizó el gasto para obtener la licencia de uso y correspondiente autorización para proceder a lña reproducción de las obras visuales requeridas para la publicación del libro “Encuesta de acceso a la Justicia” con la Sociedad de Artistas Visuales.

Que por otra parte, cabe destacar que mediante Resolución CM Nº 1094/2011 se aprobó la realización de la “Primera Encuesta sobre Acceso a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires” y se aprobaron los gastos que demandara la realización de la misma.

Que posteriormente, la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales especificó que se requería la publicación e impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta antes referida (fs. 17).

Que entonces tomó intervención la Dirección de Compras y Contrataciones que solicitó un presupuesto a la Editorial Eudeba S.E.M. para llevar adelante la contratación de marras (fs. 20). En respuesta, esa firma remitió el presupuesto correspondiente que asciende a la suma de sesenta y cinco mil cuatrocientos pesos ($ 65.400,00) (fs. 21/22).

Que por otra parte, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que Editorial Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondería encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 23 y 26).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación de la partida presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración Nº 607/01 2015 de fs. 24/25).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6102/2015. Allì, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, destacó que “la ley 4764 modificó parcialmente la ley de compras y contrataciones, habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate” y concluyó que “no encuentra obstáculo jurídico para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 32/33).

Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 10/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana) por la suma total de sesenta y cinco mil cuatrocientos pesos ($ 65.400,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 22.

Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la publicación de la referida obra.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto para la Contratación Directa N° 10/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana) por la suma total de sesenta y cinco mil cuatrocientos pesos ($ 65.400,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 22.

 

Artículo 2º: Dese intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma Editorial Eudeba S.E.M. del material necesario para la publicación referida en el artículo 1º de la presente.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

 

Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, a la Editorial Jusbaires y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

 

Res. OAyF Nº  45 /2015

 

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