Buenos Aires, 11 de febrero de 2016
RES. OAyF Nº 048 /2016
VISTO:
El Expediente DCC N° 258/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Impresión de Suplementos Quince Fallos Fuero CAyT”, y
CONSIDERANDO:
Que la Directora de la Revista Pensar JusBaires solicitó la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del Suplemento Síntesis de quince fallos Fuero CAyT, de acuerdo a las especificaciones que detalló (fs. 3).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de donde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de cuarenta y tres mil cien pesos ($43.100,00) IVA incluido (fs. 10).
Que luego, la referida Dirección General puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 11 y 14).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable emitió la constancia de registración presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (fs. 12/13).
Que la Directora de la Revista Pensar Jusbaires, en calidad de área requirente, informó que la propuesta de Eudeba S.E.M. se ajusta a lo requerido (fs. 18).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6740/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, destacó que “(…) la ley 4764 (reglamentada a través de la Res. CM Nº 1/2014) modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones, habiendo incluido dentro del artículo 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate” y concluyó que “no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 23).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 104/2015 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1000.-) ejemplares del Suplemento Síntesis de quince fallos Fuero CAyT por la suma total de cuarenta y tres mil cien pesos ($43.100,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 10.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Revista Pensar Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los referidos ejemplares.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por la Resolución Pres. Nº 1203/2015 y por la Resolución CM Nº 222/2015;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 104/2015 con la firma Eudeba S.E.M. tendiente a la impresión de mil (1000.-) ejemplares del Suplemento Síntesis de quince fallos Fuero CAyT.
Artículo 2º: Autorícese el gasto de cuarenta y tres mil cien pesos ($43.100,00) IVA incluido, para la impresión de mil (1000.-) ejemplares del Suplemento Síntesis de quince fallos Fuero CAyT, conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 10.
Artículo 3º: Dese intervención a la Revista Pensar Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida en el artículo 2º de la presente.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Revista Pensar Jusbaires y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 048 /2016