Al Buenos Aires, 13 de septiembre de 2016
RES. OAyF Nº 275/2016
VISTO:
El Expediente DGCC N° 151/16-0 caratulado “D.C.C. s/ Impresión de Material Destinado al Proyecto Teatro de Papel: Una Función Justa”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 113/2016 la Vicepresidencia de este Consejo de la Magistratura solicitó la impresión de mil (1.000.-) tarjetones de invitación al ciclo de charlas y mil (1.000.-) tarjetones de invitación para las funciones de Teatro. Ello, en el marco de la Resolución CM N° 162/2014 que creó el Acceso Comunitario a la Justicia que tiene como objetivo impulsar acciones que favorezcan el acceso a la justicia en los barrios más vulnerables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Resolución CM Nº 171/2015 por la que se aprobó el Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa” y se encomendó a la Consejera Dra. Basterra la coordinación de las acciones tendientes al cumplimiento de ese evento con intervención de esta Oficina de Administración y Financiera (fs. 3/11).
Que a su vez, por Memo Nº 112/2016 la Vicepresidencia de este Consejo de la Magistratura requirió -en el marco de las Resoluciones CM Nº 162/2014 y 171/2015- la impresión de treinta (30.-) juegos de quince (15.-) láminas ilustrativas cada uno, de acuerdo a las especificaciones técnicas que allí detalló (fs. 15/23).
Que posteriormente, mediante Nota UC Basterra Nº 67/16, la Vicepresidencia de este Consejo de la Magistratura remitió ampliación de las especificaciones técnicas y los modelos para las impresiones requeridas (fs. 30/33).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. del cual se desperende que el monto total por la impresión de mil (1.000.-) tarjetones de invitación al ciclo de charlas, de mil (1.000.-) tarjetones de invitación para las funciones de Teatro de Papel y de mil (1.000.-) láminas ilustrativas asciende a dieciocho mil ciento ochenta pesos ($18.180,00) IVA incluido (fs. 37).
Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 38 y 41).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable emitió la constancia de registración presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (fs. 39/40).
Que tanto la Vicepresidencia del Consejo de la Magistratura como la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica prestaron su conformidad al presupuesto obrante a fojas 37, según consta a fojas 47 y 50, respectivamente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 7189/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente concluyó: “En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección General de Compras y Contrataciones y la normativa legal vigente, esta Dirección General entiende que puede proseguirse con el trámite del presente expediente” (fs. 56/57).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 64/2016 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) tarjetones de invitación al ciclo de charlas, de mil (1.000.-) tarjetones de invitación para las funciones de Teatro de Papel y de mil (1.000.-) láminas ilustrativas, por el monto total de dieciocho mil ciento ochenta pesos ($18.180,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 37.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Vicepresidencia de este Consejo de la Magistratura y a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica para que provean a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para las impresiones en cuestión.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 64/2016 con la firma Eudeba S.E.M. tendiente a la impresión de mil (1.000.-) tarjetones de invitación al ciclo de charlas, de mil (1.000.-) tarjetones de invitación para las funciones de Teatro de Papel y de mil (1.000.-) láminas ilustrativas, para ser utilizados en el marco del Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa”.
Artículo 2º: Autorícese el gasto de dieciocho mil ciento ochenta pesos ($18.180,00) IVA incluido, para la impresión de mil (1.000.-) tarjetones de invitación al ciclo de charlas, de mil (1.000.-) tarjetones de invitación para las funciones de Teatro de Papel y de mil (1.000.-) láminas ilustrativas, para ser utilizados en el marco del Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa”, conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 37.
Artículo 3º: Dése intervención a la Vicepresidencia de este Consejo de la Magistratura y a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica para que provean a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para las impresiones referidas en el artículo 2º de la presente.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Vicepresidencia de este Consejo de la Magistratura, a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 275 /2016