Caja Chica Especial- Expediente CM Nº OAyF 084/13-0- Resolución OAyF RE Nº 08/2013

 

Buenos Aires,   25    de marzo de 2013

RES. OAyF (RE) Nº 008  /2013

 

VISTO:

El Expediente OAyF-084/13-0 caratulado “O. A. y F. s/ Adquisición de portafolletos s/ Caja Chica Especial” y;

 

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 luce agregada la Resolución CM Nº 458/2012 por la cual se aprobó la adquisición y colocación de portafolletos en los edificios del Poder Judicial (art. 1º), se delegó en la Dirección de Política Judicial su distribución y colocación (art. 2º) y se encomendó a esta Administración General la compra de los mismos (art. 3º).

Que mediante Memo Nº 12/2013 la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales solicitó a esta Oficina de Administración y Financiera que “(…) se sirva arbitrar los medios necesarios para disponer la compra de 8 portafolletos (…)”. Ello, a fin de distribuirlos en los edificios de este Poder Judicial y generar una mejora en el acceso a la información de los habitantes de esta Ciudad (fs. 16/17).

Que asimismo, la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales remitió las especificaciones técnicas que debiera tener lo requerido y distintos presupuestos recabados de los mismos (fs. 2/15 y 18). La Oficina de Acceso a la Justicia, por su parte, requirió que se adquieran los portafolletos “(…) lo antes posible porque se acerca la Feria del Libro” (fs. 19).

Que en atención a lo señalado, esta Administración General entendió que se trata en el caso de bienes destinados a la satisfacción de necesidades cuya urgencia y magnitud es tal que impide la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno, y en tal sentido, encuadró el presente procedimiento en el tratamiento de excepción previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 (fs. 20).

Que conforme lo establecido en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento de lo actuado a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión (fs. 23).

Que en tal estado, se solicitó -mediante correos electrónicos obrantes a fojas 24/26- a las firmas Comunicaciones Tangibles S.A., Argenstand S.R.L. y Viste Design S.R.L. la cotización de los ocho (8) portafolletos en cuestión según las especificaciones técnicas detalladas por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales -conforme el correo electrónico obrante a fojas 18-.

Que como resultado de tal compulsa, los tres (3) proveedores invitados efectuaron cotizaciones que lucen agregadas a fojas 30/38.

Que posteriormente, la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales envió el Memo Nº 18/2013 a fin de “(…) realizar una corrección de las especificaciones técnicas oportunamente remitidas a su oficina para la adquisición de 8 portafolletos (…)” y remitió las nuevas características que deben contemplar los referidos portafolletos (fs. 39/40).

Que en virtud de lo antedicho, esta Oficina de Administración y Financiera envió con carácter urgente, una ampliación y reiteratoria de las invitaciones a cotizar oportunamente remitida a cada una de las empresas oferentes. Ello, a fin de salvaguardar el cumplimiento de todas las especificaciones requeridas para los portafolletos en cuestión (fs. 41/43).

Que fruto de la nueva invitación remitida, los tres (3) proveedores presentaron ofertas que obran a fojas 45/52. La empresa Comunicaciones Tangibles S.A. remitió una oferta por pesos trece mil quinientos sesenta y cuatro con 10/100 ($ 13.564,10) IVA incluido en la que remarcó que “la oferta presentada se ajusta a las características solicitadas por Ustedes” (fs. 45/46), la firma Argenstand S.R.L envió una oferta por un monto total de pesos doce mil quinientos sesenta y cuatro con 64/100 ($ 12.564,64) IVA y flete incluidos y aclaró que “los componentes de esta propuesta se pueden adaptar a las medidas solicitadas (…) sin que ello modifique los valores propuestos. De resultar favorecidos con la adjudicación, presentaríamos un render de cómo quedaría terminado el producto ofrecido” (fs. 47/50) y la empresa Viste Design S.R.L. remitió una propuesta por un monto unitario de pesos cinco mil doscientos ($ 5.200,00) IVA incluido, lo que hace un monto total de pesos cuarenta y un mil seiscientos ($ 41.600,00) IVA incluido (fs. 52/53).

Que puesto a resolver, corresponde señalar primeramente que las tres (3) ofertas presentadas cumplen con los requisitos técnicos solicitados en las invitaciones a presupuestar. Sin perjuicio de ello, la propuesta de Viste Design S.R.L. resulta extemporánea por lo que no resulta admisible.

Que entre las propuestas de las empresas Comunicaciones Tangibles S.A. y Argenstand S.R.L. (ambas técnicamente admisibles), y conforme surge de la comparación económica de las mismas, resulta más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el presupuesto presentado por Argenstand S.R.L.

Que así las cosas, encontrándose cumplidos los trámites previstos en la Resolución CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa, atento la urgencia objetiva de la contratación encomendada, y con el objeto de dar inmediata respuesta al presente trámite, corresponderá autorizar la contratación con Argenstand S.R.L. para la adquisición de ocho (8) portafolletos, por la suma total de pesos doce mil quinientos sesenta y cuatro con 64/100 ($ 12.564,64) IVA y flete incluidos, conforme las especificaciones remitidas por correo electrónico de fojas 41 y de acuerdo a la propuesta económica agregada a fojas 47/50. Ello, por resultar la oferta económica más conveniente a los intereses de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los efectos de dar cumplimiento a lo resuelto por el Plenario de Consejeros (conf. Resolución CM Nº 458 /2012).

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988 (modificado por las Leyes 3389 y 4460), por la Resolución CM Nº 819/2006 y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012,

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto para la contratación con Argenstand S.R.L. para la adquisición de ocho (8) portafolletos, por la suma total de pesos doce mil quinientos sesenta y cuatro con 64/100 ($ 12.564,64) IVA y flete incluidos, conforme las especificaciones remitidas por correo electrónico de fojas 41 y de acuerdo a la propuesta económica agregada a fojas 47/50. Ello, en función de los argumentos expuestos en la presente.

 

Artículo 2º: Remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique al adjudicado del presente acto, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar) y comuníquese a la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

 

RES. OAyF (RE) Nº 008 /2013

Ir al contenido