VILLA 20 Y OTROS CONTRA INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CABA Y OTROS SOBRE OTROS PROCESOS INCIDENTALES, Expte: EXP 12975 / 13
Sala I
E X C M A. C A M A R A:
I. Toda vez que el recurso de apelación incoado por la Ciudad (fs. 58/59) se dirige a cuestionar la rendición de gastos efectuada por el interventor designado y aprobada por el magistrado a quo a fs. 57 y vta. y teniendo en cuenta que no se han planteado cuestiones de constitucionalidad ni de interpretación normativa, ni que afecten el interés publico, estimo que lo debatido resulta ajeno a mi intervención (conf. art. 33 de la ley 1903).
II. En este sentido dejo contestada la vista.
Fiscalía, 13 de mayo de 2009.
Fdo.: Dra. Daniela Ugolini
Fiscal ante la Cámara de Apelaciones
en lo Contencioso Administrativo y Tributario