Buenos Aires, 5 de marzo de 2015
RES. OAyF Nº 59 /2015
VISTO:
el Expediente DCC N° 289/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Remodelación Integral local Editorial Jusbaires”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución OAyF Nº 06/2015 se autorizó el llamado a Licitación Privada Nº 01/2015 por el sistema de ajuste alzado que tiene por objeto la remodelación integral del local destinado al funcionamiento de la Editorial Jusbaires –ubicado en el subsuelo y planta baja del local sito en el inmueble de Av. Presidente Julio A. Roca 534-, incluyendo demolición, construcción, equipamiento, aire acondicionado, iluminación, puestos de informática y toda aquella obra que se encuentra detallada en el Pliego Técnico, en planos y renders que integran ese acto, y en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo I y II, respectivamente, integran esa Resolución, con un presupuesto oficial de tres millones seiscientos mil pesos ($ 3.600.000,00) IVA incluido (fs. 94/121).
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones notificó a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna la aprobación del llamado a Licitación Privada Nº 01/2015 (fs. 133/134).
Que a su vez, se realizaron las publicaciones de la convocatoria en la página web del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 123) y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 147/148). Por otro lado, se remitieron comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de la Construcción (fs. 125/126), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 127/128), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 129/130) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 137/146). Asimismo, se procedió a publicar la Resolución de marras en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 180).
Que así las cosas, a instancia de la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 149/150) y previa intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 6086/2015 (fs. 156) se dictó la Resolución OAyF N° 19/2015 mediante la cual se aprobó la Circular Sin Consulta N° 1 de la Licitación Privada N° 01/2015 (fs. 160/162).
Que posteriormente, la Dirección de Compras y Contrataciones designó a los responsables de asistir al acto de apertura de ofertas (fs. 164).
Que a su vez, se comunicó la Circular Sin Consulta N° 1 de la Licitación Privada N° 01/2015 a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 167/169), a la Cámara Argentina de la Construcción (fs. 170/171), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 172/173) y a las firmas que habían procedio a retirar los Pliegos previo al dictado de la Resolución OAyF N° 19/2015 (fs. 174/179).
Que a fojas 181 luce agregado el listado de firmas que retiraron el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación y a fojas 182/185 obran las constancias de retiro de los Pliegos de Bases y Condiciones, así como las constancias de los depósitos efectuados por las empresas para su adquisición. Tales constancias fueron remitidas luego, al Departamento de Tesorería (fs. 186/191).
Que así las cosas, el 19 de enero de 2015 a las 12:15 horas se realizó el acto de apertura de ofertas y se labró el Acta de Apertura Nº 01/2015 -que luce a fojas 194- de la cual surge la presentación ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de un (1.-) sobre conteniendo oferta.
Que luce agregada a fojas 199/395 la oferta presentada por la firma Anto Obras Civiles S.R.L. por la suma total de tres millones quinientos noventa y siete mil novecientos ochenta y tres con 81/100 ($ 3.597.983,81). Asimismo, la referida firma presentó póliza de seguro de caución por treinta y seis mil pesos ($36.000,00), cuyo original fue remitido a la Dirección de Compras y Contrataciones para su resguardo (fs. 396).
Que luego la Comisión de Evaluación de Ofertas requirió a la firma oferente la presentación de documentación faltante (fs. 400/404 y fs. 520/521). En respuesta, Anto Obras Civiles S.R.L. ingresó documentación mediante Actuación N° 626/2015 que luce acumulada a fojas 407/517 y mediante Actuación N° 2306/2015 agregada a fojas 522/536.
Que posteriormente, tomó intervención la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores en su calidad de área técnica, que calificó como “Bueno” cada uno de los puntos referidos a los antecedentes técnicos de la empresa oferente y manifestó que “…en relación a la documentación técnica presentada, (Plan de Trabajo, Curva de Inversión y Análisis de Precios Desagregados) se ha verificado el correcto cumplimiento de las pautas estipuladas en los pliegos. De acuerdo a lo observado concluimos que la oferta presentada por la empresa Anto Construcciones S.R.L. reúne los requerimientos técnicos que se exigen para la presente licitación y no habría obstáculo alguno, desde el punto de vista técnico, para la adjudicación de la misma” (fs. 518).
Que entonces, la Comisión de Preadjudicaciones emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas -obrante a fojas 537/542- en el que realizó un análisis detallado de la oferta presentada y concluyó “que corresponde preadjudicar la presente Licitación Privada N° 01/2015 a la empresa ANTO OBRAS CIVILES S.R.L. por la suma total de pesos tres millones quinientos noventa y siete mil novecientos ochenta y tres con 81/100 ($3.597.983,81)”.
Que a fojas 545/547 se encuentra agregada la constancia de la publicación del citado Dictamen en la página web del Poder Judicial.
Que en este estado, tomó la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 6127/2015. Allí, luego de realizar una reseña de lo actuado, señaló que “…teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal aplicable, esta Dirección General opina que, una vez cumplimentadas las notificaciones del dictamen referido conforme lo requiere la legislación vigente, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga el trámite de las presentes actuaciones” (fs. 552/553).
Que luego se agregó la constancia de publicación del referido Dictamen en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 4586 (fs. 557/560) y la comunicación efectuada al oferente (fs. 561).
Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección , analizado el informe técnico del área competente y oídos los dictámenes de la Comisión de Preadjudicaciones y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido.
Que en virtud de lo expuesto, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Licitación Privada Nº 01/2015 a la firma Anto Obras Civiles S.R.L. por la suma total de tres millones quinientos noventa y siete mil novescientos ochenta y tres con 81/100 ($ 3.597.983,81), conforme las ofertas obrantes a fojas 199/395, fojas 407/517 y fojas 522/536 y los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Bases y Condiciones Técnicas de esta Licitación.
Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, sus modificatorias y la Resolución de Presidencia N° 391/2013;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Privada Nº 01/2015 por el sistema de ajuste alzado que tiene por objeto la remodelación integral del local destinado al funcionamiento de la Editorial Jusbaires –ubicado en el subsuelo y planta baja del local sito en el inmueble de Av. Presidente Julio A. Roca 534-, incluyendo demolición, construcción, equipamiento, aire acondicionado, iluminación, puestos de informática y toda aquella obra que se encuentra detallada en el Pliego Técnico, en planos y renders que integran la Resolución OAyF N° 06/2015, y en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo I y II, respectivamente, integran ese acto.
Artículo 2º: Adjudíquese la Licitación Privada Nº 01/2015 a la firma Anto Obras Civiles S.R.L. por la suma total de tres millones quinientos noventa y siete mil novecientos ochenta y tres con 81/100 ($ 3.597.983,81), conforme la oferta obrante a fojas 199/395, fojas 407/517 y fojas 522/536 y los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas de esta Licitación. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos del presente acto.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley N° 13.064, sus modificatorias, su reglamentación -Resolución CM N° 338/2003 y sus modificatorias- y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-
Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara, y comuníquese a la Editorial Jusbaires, a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.
RES. OAyF Nº 059 /2015