Buenos Aires, 6 de septiembre de 2013
RES. OAyF (RE) Nº 18 /2013
VISTO:
el expediente OAyF-256/13-0, caratulado “O. A. y F. s/ Adquisición de Invitaciones para la Presentación del Primer Indice de Calidad Objetiva de Mediación-ICOM s/ Caja Chica Especial” y;
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron con motivo del Memo Nº 63/2013 remitido por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, por el cual -en lo que aquí interesa- se solicita que se inicie una contratación para la impresión de doscientas (200) invitaciones institucionales para la presentación del Primer Índice de Calidad Objetiva de Mediación-ICOM desarrollado en el Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, que se realizará el 26 de septiembre del corriente en la Sala de Audiencias del edificio sito en Beruti 3345. Asimismo, se adjuntaron las especificaciones técnicas requeridas (fs. 1/2).
Que cabe destacar que por Resolución Presidencia Nº 835/2013 se autorizó a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales a “afrontar los gastos que demande cursar las invitaciones para la presentación de los resultados del Primer Indice de Calidad Objetiva de Mediación –ICOM” (fs. 3).
Que en atención a lo señalado, esta Administración General entendió que se trata en el caso de la adquisición de bienes destinados a la satisfacción de necesidades cuya urgencia y magnitud es tal que impide la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno y, en tal sentido, encuadró el presente procedimiento en el tratamiento de excepción previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 (fs. 4).
Que conforme lo establecido en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión (fs. 7).
Que luego, esta Administración General solicitó a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales -por vía electrónica- que comunique la fecha en que las invitaciones deben entregarse a este Consejo (fs. 8). En respuesta, la precitada unidad informó que los mismos deberían ser entregados el 13 de septiembre de 2013 (fs. 9).
Que en tal estado y en cumplimiento del procedimiento regulado en la Resolución CM Nº 97/2012, se solicitó -mediante los correos electrónicos obrantes a fojas 11/18- a las firmas Letra Viva S.A., Digicom S.A., Grafica Saavedra S.R.L. y Golan Soluciones Gráficas cotización para la provisión de doscientas (200) invitaciones con las características señaladas por el área requirente.
Que la firma Gráfica Saavedra S.R.L. realizó una consulta respecto al tipo de papel de las invitaciones (fs. 22/23) y esta Oficina de Administración y Financiera remitió la misma a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales (fs. 24) que aclaró que el papel debía ser ilustración mate (fs. 26).
Que entonces, esta Administración General envió reiteratorias y ampliatorias de las invitaciones cursadas a las mismas firmas originalmente invitadas en las que se especificó que el papel debía ser ilustración mate (fs. 27/38).
Que como resultado de las invitaciones cursadas, presentaron ofertas las firmas Letra Viva S.A.-agregada a fojas 21- y por un total de un mil quinientos noventa pesos ($ 1.590,00) IVA incluido, Digicom S.A. -obrante a fojas 39- por un valor de un mil trescientos cincuenta y cinco pesos ($ 1.355,00) IVA incluido y Grafica Saavedra S.R.L. –incorporada a fojas 42/43- por un monto de dos mil novecientos noventa pesos ($ 2.990,00) IVA incluido.
Que en virtud de las ofertas presentadas, esta Administración General le consultó al Centro de Planificación Estratégica -como área técnica especializada- si el gramaje de 200 gr. era un requisito indispensable o un gramaje de 250 gr. también sería admisible. En respuesta, dicha dependencia especificó que “250 gr. sería muy grueso y por más que esté trazado no van a cerrar bien las invitaciones. Yo recomendaría un gramaje no mayor a 200gr.” (fs. 48).
Que al respecto, corresponde señalar primeramente que las ofertas presentadas por Letra Viva S.A. y por Grafica Saavedra S.R.L. cumplen con los requisitos técnicos solicitados en las invitaciones a presupuestar. En tanto, la oferta de Digicom S.A. no cumple con lo requerido técnicamente -el gramaje del papel ofrecido es de 250 gr. en lugar de 200 gr. conforme fue solicitado-.
Que por otro lado, conforme surge de una razonable comparación económica entre las propuestas admisibles técnicamente, cabe resaltar que la oferta presentada por la firma Letra Viva S.A. resulta más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que entonces, puesto a resolver, encontrándose cumplidos los trámites previstos en la Resolución CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa, atento la urgencia objetiva de la contratación encomendada, y con el objeto de dar inmediata respuesta al presente trámite, corresponderá autorizar el gasto para la contratación con la firma Letra Viva S.A. para la provisión de doscientas (200) invitaciones, por un monto de un mil quinientos noventa pesos ($ 1.590,00) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas por el correo electrónico de fojas 11/12 y 36/38, y de acuerdo a la propuesta económica agregada a fojas 21. Ello, por constituir una oferta técnica admisible y resultar la más conveniente económicamente a los intereses de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los efectos de cubrir la necesidad de adquirir los referidos productos con la urgencia requerida por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales (fs. 1/2) y por el evento a realizarse el próximo 26 de septiembre.
Que a tales efectos, deberá instruirse a la citada Oficina de Diseño y Comunicación del Centro de Planificación Estratégica para que provea a la firma adjudicada el diseño para la impresión de las invitaciones cuya contratación será autorizada.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988 y sus modificatorias, y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012,
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el gasto para la contratación con la firma Letra Viva S.A. para la provisión de doscientas (200) invitaciones, por un monto de un mil quinientos noventa pesos ($ 1.590,00) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas por el correo electrónico de fojas 11/12 y 36/38, y de acuerdo a la propuesta económica agregada a fojas 21. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: Instrúyase a la Oficina de Diseño y Comunicación del Centro de Planificación Estratégica para que provea a la firma adjudicada el diseño para la impresión de las invitaciones cuya contratación fue autorizada por el artículo 1º de la presente.
Artículo 3º: Remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique al adjudicado del presente acto, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar. Comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.
RES. OAyF (RE) Nº 18 /2013