Autoriza la contratación directa con la firma EUDEBA SEM para la impresión y encuadernación de trescientos (300) ejemplares del Manual de Identidad Visual.
Autoriza la contratación directa con la firma EUDEBA SEM para la impresión y encuadernación de trescientos (300) ejemplares del Manual de Identidad Visual.
Autoriza la contratación directa con la firma EUDEBA SEM para la impresión y encuadernación de trescientos (300) ejemplares del Manual de Identidad Visual.
Buenos Aires, de mayo de 2010
RES. OAyF Nº /2010
VISTO:
El Expediente DCC Nº 064/10-0 por el que se propicia la impresión de trescientos (300) ejemplares del libro: Manual de Identidad Visual y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Compras y Contrataciones eleva a esta Oficina de Administración y Financiera las presentes actuaciones, con los antecedentes necesarios para impulsar la contratación del VISTO, mediante Nota Nº 395-DCC CM-10 (fs. 143).
Que la presente contratación encuentra fundamento en el requerimiento realizado por el Sr. Presidente del Centro de Planificación Estratégica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante nota de fecha 18 de marzo de 2010 -fs. 135-, por el cual elevara los antecedentes para la contratación de la impresión de trescientos (300) ejemplares de la obra Manual de Identidad, y asimismo manifestara que: ...los fondos destinados a dicha publicación han sido previstos en el presupuesto del corriente año para el Centro de Planificación Estratégica aprobados por la Ley 3395 de la Legislatura de la Ciudad, en el Subprograma 2 del Programa 16. Asimismo adjunta presupuesto de la Editorial EUDEBA.
Que en tal sentido a fs. 136 se agrega el Presupuesto remitido por la firma EUDEBA S.E.M., del cual surge que el monto total por la impresión y encuadernación de trescientos (300) ejemplares asciende a la suma de veintiséis mil ochocientos sesenta pesos ($ 26.860).
Que toda vez que la Editorial EUDEMA SEM es sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires, la Dirección de Compras y Contrataciones entiende viable proceder a encuadrar la presente contratación bajo la modalidad de Contratación Directa con la referida firma al amparo de lo dispuesto por el art. 4 inc. d) de la Ley 2095, conjuntamente con los términos señalados oportunamente por la Dirección de Asuntos Jurídicos en su Dictamen Nº 3288/10 del Expte. CM Nº DCC 244/09. A mayor abundamiento transcribe la parte pertinente del artículo de cita, en tanto dice que: Quedan excluidos de las prescripciones de esta ley, los siguientes contratos ... d) los contratos interadministrativos que se pueden celebrar entre el Gobierno de la Ciudad con organismos nacionales, provinciales y municipales, como así también con las sociedades en cuya administración o capital tenga participación mayoritaria cualquiera de los organismos arriba mencionados.
Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se solicitó (fs.141) la afectación preventiva del presente gasto. En tal sentido a fs. 142 se agrega Constancia de Registración Nº 1103/03-2010, acreditando así la existencia de las partidas presupuestarias necesarias.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos toma la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 3406/2010 (fs. 147), expresa que: A fs. 140 interviene el Director de Compras y Contrataciones, quien remitiéndose a un Dictamen producido por la Dirección de Asuntos Jurídicos, en un caso similar, expresa que entiende viable proceder a la contratación directa con EUDEBA SEM. Seguidamente cita dictamen de la Procuración del Tesoro cuanto doctrina en la materia, que afirman el criterio sostenido reiteradas veces en tanto las contrataciones que se celebren entre entes estatales constituyen una especie de las relaciones jurídicas ínter administrativas, y por ende, en nuestro Derecho las disposiciones que generalizan los sistemas o procedimientos restrictivos habilitan la libre elección para este tipo de contrataciones.
Que a mayor abundamiento, y conforme lo dicho por el Sr. Director de Asuntos Jurídicos en su Dictamen, debe tenerse en cuenta que la nota típica de los llamado contratos interadministrativos es precisamente la elección directa, sin procedimiento regulado alguno, del cocontratante. toda vez que esta situación está expresamente prevista en el art. 4, inc. d de la Ley 2095 que, como ya se dijera, deja a salvo de cualquier procedimiento de selección del contratante a todos aquellos contratos que se celebren entre órganos administrativos.
Que asimismo, una vez dictado el presente acto administrativo, deberán remitirse estos actuados, para intervención del Sr. Secretario Letrado de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, en los términos del art. 6º de la Res. Nº 110/06
Que oídas fueran las áreas intervinientes corresponde proceder sin más a autorizar la contratación con la Editorial EUDEBA SEM, sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires
Que la presente convocatoria a Contratación Directa deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día y en la página de Internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar la Contratación Directa Nº 04/10 tendiente a la impresión y encuadernación de trescientos (300) ejemplares del libro Manual de Identidad Visual por la suma de veintiséis mil ochocientos sesenta pesos ($ 26.860) IVA incluido, con la firma EUDEBA SEM (Editorial Universitaria de Buenos Aires) sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires; de acuerdo al presupuesto de fs. 136.
Artículo 2º: Solicitar la intervención del Secretario de la Comisión de Administración y Financiera en los términos de la Res. Nº 110/2006, conforme surge de los considerandos de la presente.
Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también a comunicar lo decidido a la interesada.
Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Previo a la intervención de la Dirección de Compras y Contrataciones, remítanse al Sr. Secretario de la SCAFITIT en los términos designados en el Art. 2 º, cúmplase y oportunamente archívese.