Licitación Pública Nº 32/2009 - Exp. CM Nº OAyF-125/09-0 - Resolución OAyF Nº 241/2009

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 32/2009 tendiente a la adquisición de pisos y zócalos vinílicos para el edificio ubicado en Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 32/2009 tendiente a la adquisición de pisos y zócalos vinílicos para el edificio ubicado en Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 32/2009 tendiente a la adquisición de pisos y zócalos vinílicos para el edificio ubicado en Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2009.

VISTO:

el Expediente OAyF Nº 125/09-0 por el que tramita la Licitación Pública Nº 32/2009; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 100/105 luce la Resolución OAyF Nº 155/2009 mediante la cual se autoriza el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 32/2009, encuadrada en las disposiciones de los Artículos 25º, 27º, 31º, 32º y cc. de la Ley Nº 2095 y la Res. CM Nº 445/07, cuyo objeto es la adquisición de pisos y zócalos vinílicos para el edificio ubicado en Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con un presupuesto oficial de ciento diez mil trescientos treinta y nueve pesos con 60/100 ($ 110.339,60) IVA incluido.

Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones del Visto, se ha dado cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial (fs.118/119), en la Cartelera del Consejo de la Magistratura (fs. 117) y en la portal de Internet del Poder Judicial (fs. 113) y se han diligenciado satisfactoriamente las cédulas dirigidas a diferentes firmas del rubro, invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 120/133).

Que a fs. 135 se deja constancia que el día 25 de septiembre del corriente año, se realizó la charla informativa con la presencia del Sr. Gabriel Chamma (J. S. Chamma e Hijos) y del agente Lic. Gastón F. Díaz (Dirección de Compras y Contrataciones). A fs. 136 luce el Listado de retiro de Pliegos de Bases y Condiciones y a fs. 137/143 la constancia de pago de los mismos en el Banco Ciudad de Buenos Aires.

Que con fecha 19 de octubre de 2009 se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 45/2009 (fs.146), mediante la cual se acreditó la presentación de cinco (5) sobres ante la Mesa de Entradas, los que se identifican a fs. 147/148 como pertenecientes a las firmas Cerámica Cosmos S.R.L. (monto de la oferta: noventa y tres mil cuatrocientos setenta y cinco pesos con 44/100 -$ 93.475,44-), Jacobo Selim Chamma e Hijos (monto de la oferta: ochenta y dos mil ochocientos sesenta -$ 82.860-), Alfagrama S.R.L. (monto de la oferta: noventa y cuatro mil quinientos sesenta - $ 94.560),Covialsa S.A. (monto de la oferta: ciento cinco mil trescientos cuarenta y uno con 40/100 - $ 105.341,40) y Alfombra Persas Argentina S.A. (monto de la oferta: ochenta y tres mil setescientos - $83.700-). Se deja constancia que mediante Actuación Nº 24855/09 se presentó un sobre de la empresa Indian Carpet S.A. fuera de término. A fs. 150/384, se agregan las ofertas y la documentación presentada por los oferentes.

Que a fs. 385/391, obra el Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la Comisión de Preadjudicaciones, quien luego del análisis pertinente, concluye que las firmas Alfagrama S.R.L., Jacobo Selim Chamma e Hijos S.H. y Cerámica Cosmos S.R.L. han presentado ofertas admisibles, mientras que Alfombras persas Argentina S.A: y Covialsa S.A. presentaron ofertas no admisibles.

Que así pues, y efectuado el Cuadro Comparativo de Ofertas Admisibles, el referido colegiado apunta que “De las ofertas admisibles presentadas surge que según lo establecido por el art. 11 del PCP “La adjudicación de todos los renglones de la presente contratación recaerá en forma íntegra sobre un único oferente, motivo por el cual es obligación de los mismos la cotización de la totalidad de los bienes solicitados.” Por lo tanto corresponde preadjudicar a Jacobo Selim Chamma e Hijos S.H. la totalidad de los renglones por un importe de pesos ochenta y dos mil ochocientos sesenta con 0/00 ($ 82.860).”.

Que a fs. 395/400 se agregan las cédulas comunicando a los oferentes lo dictaminado; a fs. 411 se agrega la solicitud de publicación del mismo en la página Web del Consejo de la Magistratura y a fs. 412 solicitud de publicación en Cartelera, y a fs. 415 luce la constancia de publicación de la Conclusión del Dictamen en el Boletín Oficial. Seguidamente, el Jefe de Departamento de Mesa de Entradas informa que, habiéndose cumplido el plazo de impugnación al Dictamen de Evaluación de Ofertas, hasta el día 17 de diciembre de 2009, inclusive, no ingresaron por esa Mesa de Entradas actuaciones relacionadas con la publicación del mismo, efectuada en la Cartelera del Consejo de la Magistratura desde el día 10 de diciembre de 2009 hasta el día 14 de diciembre 2009 inclusive, tal como se extrae de fs. 416.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete y, reseñando los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones, concluye que “... de las constancias obrantes en el expediente, esta Dirección nada tiene que objetar desde el punto de vista jurídico a lo dictaminado oportunamente por la Comisión de Preadjudicaciones” (Dictamen Nº 3265/2009, fs. 418).

Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección, oído que fuera el Sr. Director de Asuntos Jurídicos y la recomendación de preadjudicación de la Comisión Evaluadora de Ofertas, resulta procedente adjudicar a la firma Jacobo Selim Chamma e Hijos S.H. la totalidad de los renglones por un importe de pesos ochenta y dos mil ochocientos sesenta con 0/00 ($ 82.860) por observar esa oferta los parámetros fijados en el artículo 108 de la ley 2.095, en cuanto a su conveniente calidad y precio.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988,

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 32/2009 tendiente a la adquisición de pisos y zócalos vinílicos para el edificio ubicado en Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Artículo 2º: Adjudicar el Renglón 1 (Provisión de 1620 m2 de piso vinílico, en baldosas vinílicas de 300mm por 300mm por un precio unitario de cuarenta y tres pesos -$43-) y el Renglón 2 (Provisión de 1200 metros lineales de zócalo vinílico de 75mm de altura, en color a definir por un precio unitario de once pesos -$11-) de la Licitación Pública Nº 32/2009 a la firma Jacobo Selim Chamma e Hijos S.H., por la suma total de ochenta y dos mil ochocientos sesenta pesos ($ 82.860) IVA incluído, conforme propuesta económica de fs. 277/278.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria y al resto de los oferentes.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara. A ese fin pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.