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Buenos Aires, 17 de febrero de 2017
RES. OAyF Nº 45 /2017
VISTO:
El Expediente D.G.C.C. N° 258/16-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Planificación Estrategica Consensuada en la Justicia de la C.A.B.A.” y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota CPE N° 089/2016 la Presidencia del Centro de Planificación Estratégica solicitó la impresión de un mil (1.000.-) ejemplares de la publicación “La Planificación Estratégica Consensuada en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires V”, cuyo contenido incluye “El Primer Plan Estratégico Consensuado del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 31 del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires”. A su vez, adjuntó las especificaciones técnicas correspondientes a la obra en cuestión (fs. 3/4).
Que asimismo, en la Nota de cita se puso de resalto que los fondos correspondientes a la impresión de marras, se encontraban previstos en el presupuesto 2016 del Centro de Planificación Estratégica, aprobado por Ley N° 5495 de la Legislatura de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Subprograma 16.2 (fs. 3).
Que entonces, tomó intervención la Dirección General de Compras y Contrataciones y adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de donde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de noventa mil doscientos treinta y cinco pesos ($ 90.235,00) IVA incluido (fs. 11).
Que luego, la referida Dirección General puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 12 y fs. 15).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable informó que tomó conocimiento del compromiso adquirido para el ejercico presupuestario de 2017, conforme surge de la Constancias que lucen agregadas a fojas 13/14.
Que por su parte, la Dirección del Centro de Planificación Estratégica informó que la propuesta de Eudeba S.E.M. se ajusta a lo requerido (Cfr. Memo N° 001/2017 de fs. 19).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 7443/2017. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, destacó que “(…) la ley 4764 (reglamentada a través de la Res. CM Nº 1/2014) modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones, habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la Contratación Directa, el inciso 11) que expresamente dice: Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate” y concluyó que “no existe obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones” (fs. 25/26).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 84/2016 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de un mil (1.000.-) ejemplares de “La Planificación Estratégica Consensuada en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires V”, cuyo contenido incluye “El Primer Plan Estratégico Consensuado del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 31 del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires”, por la suma total de noventa mil doscientos treinta y cinco pesos ($ 90.235,00) IVA incluido
conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 11.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Presidencia del Centro de Planificación Estratégica para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los referidos ejemplares.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 84/2016 con la firma Eudeba S.E.M. tendiente a la impresión de un mil (1.000.-) ejemplares de “La Planificación Estratégica Consensuada en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires V”, cuyo contenido incluye “El Primer Plan Estratégico Consensuado del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 31 del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires”.
Artículo 2º: Autorícese el gasto por la suma total de noventa mil doscientos treinta y cinco pesos ($ 90.235,00) IVA incluido, tendiente a la impresión de un mil (1.000.-) ejemplares de “La Planificación Estratégica Consensuada en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires V”, cuyo contenido incluye “El Primer Plan Estratégico Consensuado del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 31 del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires” conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 11.
Artículo 3º: Dése intervención a la Presidencia del Centro de Planificación Estratégica para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida en el artículo 2º de la presente.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Presidencia del Centro de Planificación Estratégica y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 45 /2017