Contratación Directa Nº 48/2016- Expediente CM Nº DCC 115/16-0 - Resolución OAyF Nº 165/2016

Buenos Aires,    27      de mayo de 2016

Res. OAyF Nº    165        /2016

 

VISTO:

El Expediente DGCC Nº 115/16-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Suscripciones La Ley Online” por el que tramita la Contratación Directa Nº 48/2016, y

 

CONSIDERANDO:

Que en reunión de fecha 27 de abril del año en curso la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial dispuso modificar el presupuesto 2016 para suscripciones Jurídicas del Poder Judicial, reduciéndolo a dos millones cuatrocientos diez mil pesos ($2.410.000,00) y la modificación de las partidas presupuestarias respectivas (cfr. Memo SCAGyMJ N° 313/2016 que luce agregado en copia a fojas 14). Al respecto, cabe destacar que para así decidir la precitada Comisión consideró la conveniencia de llevar adelante la contratación de suscripciones a raíz de solicitudes concretas que dieran cuenta de las necesidades de cada juzgado. 

Que luego, se han recibido sendos pedidos referidos a la renovación del servicio de suscripciones jurídicas on line con la Editorial La Ley, remitidos por distintos juzgados mediante correos electrónicos, por oficio y telefónicamente (fs. 3, 6/13 y 23/38).

Que así las cosas, esta Oficina de Administración y Financiera consideró oportuno proceder a una Contratación Directa por sesenta (60.-) suscripciones on line con la Editorial La Ley (fs. 39).

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones agregó la consulta efectuada al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en donde figura que la firma La Ley S.A.E.eI se encuentra inscripta y que los integrantes de dicha firma se encuentran en el estado de no deudores en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (fs. 41/43). A su vez, entendió viable la contratación de suscripciones jurídicas on line con la firma Editorial La Ley S.A.E.eI “(…) mediante el procedimiento de Contratación Directa en el marco del Art. 28º Inc. 5 de la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, reglamentada por Art. 28° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014” (fs. 44).

Que luce agregado a fojas 45/52 el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM Nº 01/2014 con la modificación introducida por Resolución de Presidencia N° 554/2014.

Que a su vez, la aludida Dirección General glosó a fojas 53/56 la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 48/2016 que comprende sesenta (60.-) claves de acceso a La Ley On Line Ciencias Jurídicas por el plazo de siete (7.-) meses, la cual fue remitida a la firma La Ley S.A.E.eI.

Que tal como se desprende del Acta de Recepción de Propuesta Económica que luce agregada a fojas 57, la firma Ediciones La Ley S.A.E.eI presentó una oferta -incorporada a fojas 62/89- por un monto total de ciento sesenta y cuatro mil siete pesos ($ 164.007,00).

Que en particular, debe destacarse que la oferente acompañó documentación que acredita el carácter del firmante (fs. 83/85) y declaración jurada de aptitud para contratar (fs. 89/90). Asimismo, a fojas 67 la firma La Ley S.A.E.eI presentó la declaración jurada de exclusividad, de donde surge que es la editora y distribuidora exclusiva de las publicaciones cotizadas. Finalmente, la Dirección General de Compras y Contrataciones agregó el Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP (fs. 91/94).  

Que a fojas 95/96  se encuentra agregada la Constancia de Registración Presupuestaria N° 1188/05 2016, cumplimentado de esta forma lo establecido en la Ley 70.

Que tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que emitió el Dictamen Nº 6988/2016. Allí, previa reseña de lo actuado manifestó en cuanto al marco legal, que el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764 establece: “la contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca en el expediente por el que tramita, sólo en los siguientes casos: Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes;…” y citó lo dispuesto en la Resolución CM Nº 01/2014 reglamentaria de la Ley de Compras y Contrataciones. Finalmente, concluyó: “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones y la normativa legal citada, esta Dirección General entiende que, nada obsta, desde el punto de vista jurídico, para la prosecución del trámite del presente expediente” (fs. 100/101).

Que entonces, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes obrantes en autos, verificados todos los pasos pertinentes, y con el fin de garantizar el normal y correcto funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 48/2016 tendiente a la adquisición de sesenta (60.-) claves de acceso a La Ley On Line Ciencias Jurídicas a la firma La Ley S.A.E.eI por el monto total de ciento sesenta y cuatro mil siete pesos ($ 164.007,00), de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 62/89 y según la Invitación a Cotizar obrante a fojas 53/56.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la Contratación Directa N° 48/2016 y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 48/2016.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 48/2016 tendiente a la adquisición de sesenta (60.-) claves de acceso a La Ley On Line Ciencias Jurídicas a la firma La Ley S.A.E.eI por el monto total de ciento sesenta y cuatro mil siete pesos ($ 164.007,00), de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 62/89 y según la Invitación a Cotizar obrante a fojas 53/56. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente y según lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

 

Articulo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° de esta resolución y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 
Res. OAyF Nº  165  /2016

 

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