Contratación Directa Nº 02/2009 - Exp. CM Nº DCC-214/08-0 - Resolución OAyF Nº 067/2009.

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 02/2009, para la renovación del mantenimiento y el “upgrade” de las licencias de software antivirus “Client Service Suite”, productos y servicios de software Trend Micro, que utiliza el Consejo de la Magistratura, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 02/2009, para la renovación del mantenimiento y el “upgrade” de las licencias de software antivirus “Client Service Suite”, productos y servicios de software Trend Micro, que utiliza el Consejo de la Magistratura, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 02/2009, para la renovación del mantenimiento y el “upgrade” de las licencias de software antivirus “Client Service Suite”, productos y servicios de software Trend Micro, que utiliza el Consejo de la Magistratura, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Buenos Aires, 6 de mayo de 2009.

VISTO:

el Expediente DCC Nº 214/08-0 por el que tramita la Contratación Directa Nº 02/2009; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Res O.A.yF. Nº 030/2009 se autorizó el llamado a la contratación directa Nº 02/2009 tendiente a la renovación del mantenimiento y el “upgrade” de las licencias de software antivirus “Client Service Suite”, productos y servicios de software “Trend Micro”, que utiliza este Consejo, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previéndose en concreto dos renglones en el pliego de condiciones particulares consistentes en: la renovación del mantenimiento de un mil una (1.001) licencias del software antivirus “Client Service Suite” y el “upgrade” y mantenimiento de setecientas noventa y nueve (799) licencias del mismo software antivirus, con un presupuesto de doscientos cuarenta y siete mil seiscientos dieciséis pesos ($ 247.616) IVA incluido (ver fs.107/110).

Que el proceso de adquisición se inició mediante Nota DCC Nº 1119, mediante la cual el señor Director de Compras y Contrataciones informó que con fecha 30 de abril próximo pasado vencería el contrato suscripto con la firma “EDSI Trend Argentina S.A.”, adjudicataria de los renglones 1 a 3 del procedimiento de Licitación Privada Nº 12/2005 en el marco del Expte. DCC-137/04-0, solicitando en consecuencia, la remisión por parte de la Dirección de Informática y tecnología las especificaciones técnicas y el presupuesto oficial a fin de impulsar el presente proceso (ver fs. 1), lo que se cumplimentó mediante Nota DIT Nº 88 agregada a fs. 4/5.

Que a fs. 116, consta la cédula de notificación dirigida a la firma exclusiva proveedora del requerimiento motivo de este proceso.

Que a fs. 88/90 consta la afectación presupuestaria del gasto previsto en el marco de este procedimiento.

Que con fecha 27 de marzo de 2009 se realizó el acto de apertura del sobre presentado, labrándose el Acta de Apertura Nº 05/2009 mediante la cual se acreditó la presentación de un sobre ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura, dejándose constancia que: “la oferta presentada tramita mediante actuación Nº 6107/09 habiéndose sido presentado a las 12:03, y por lo tanto de manera extemporánea”, lo que se detalla en el Anexo de fs. 120, oferta agregada a fs. 125/52.

Que de acuerdo con esa presentación propuso la firma oferente en concepto de la renovación requerida un valor total por el término de los treinta y seis (36) meses de la contratación de ciento ocho mil ochocientos noventa y ocho pesos ($ 108.898), mientras que por el servicio de “upgrade” de licencias un total por igual lapso que el anterior de ciento treinta y ocho mil setecientos cincuenta y cuatro pesos ($ 138.754), arrojando un monto por ambos renglones de doscientos cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta y dos mil pesos ($ 247.652).

Que la Comisión de Preadjudicaciones emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas que obra a fs. 156/9 concluyendo que: “como se desprende de la documentación agregada a fs. 121/152 y del Pliego de bases y condiciones particulares la presentación de la oferta fue hecha de manera extemporánea. Sin perjuicio de ello y por tratarse de una Contratación directa por exclusividad, siendo el oferente el único habilitado para presentar ofertas en el marco del presente proceso, se procede a describir la documentación presentada. Más allá de lo expresado en el párrafo anterior y sin perjuicio de tratarse de una contratación por exclusividad, habiendo sido la oferta presentada fuera del plazo establecido, en virtud de la normativa vigente, corresponde a esta Comisión declarar la oferta desierta.”

Que a fs. 171/2 mediante Dictamen Nº 2929/2009 el señor Director de Asuntos Jurídicos, luego de ponderar las razones que justifican el procedimiento de adquisición llevado adelante, contrapuso argumentos a la opinión de la Comisión de Preadjudicaciones en estos términos: “al existir la necesidad de adquirir los bienes en cuestión, declarar desierta la contratación por presentación extemporánea de la oferta de la única empresa autorizada a contratar, necesariamente ocasionará la necesidad de realizar una nueva contratación a los mismos fines y efectos, provocando un dispendio de recursos de la administración. No resulta razonable en este caso y para este tipo de contratación, declarar desierta la misma, pues si bien los plazos son perentorios, la demora de 3 minutos configura un excesivo rigorismo formal, máxime cuando la oferta fue recibida, abierta y ponderada.”

Que de acuerdo con lo reseñado precedentemente, habiéndose verificado la observancia de los requisitos legales propios del proceso de selección corresponde se le apruebe, máxime asimismo, teniendo en cuenta el recto criterio plasmado por el señor Director de Asuntos Jurídicos en el dictamen que se reseña en el párrafo anterior, a cuyas consideraciones corresponde remitirse en un todo.

Que por fin, no obstante la oferta presentada supera en su monto al del presupuesto oficial previsto en la convocatoria, se advierte su insustancialidad habida cuenta que lo excede sólo en treinta y seis pesos ($ 36), por lo que ello no aparece como un óbice para la autorización que se resolverá mediante la presente.

Que por último, teniendo en consideración la prórroga del contrato en virtud del servicio que atañe al presente proceso que tramita por el citado Expte. DCC Nº 0137/04-0, teniendo en consideración los alcances de la presente resolución, corresponde asimismo, dar resolución a aquella solicitud.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988,

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 02/2009, para la renovación del mantenimiento y el “upgrade” de las licencias de software antivirus “Client Service Suite”, productos y servicios de software Trend Micro, que utiliza el Consejo de la Magistratura, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2º: Adjudicar los renglones 1 y 2 de la Contratación Directa Nº 02/2009 a la firma EDSI TREND ARGENTINA S.A., doscientos cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta y dos mil pesos ($ 247.652). IVA incluido, conforme propuesta económica de fs. 128.

Artículo 3º: Disponer la resolución del pedido de prórroga de la contratación ordenada en el citado Expte. DCC Nº 0137/04-0, sobre la base de lo que se resuelve por la presente.

Artículo 4º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar), como así también, la comunicación a la adjudicataria.

Artículo 5º: Regístrese, notifíquese al adjudicatario, a la Dirección de Compras y Contrataciones, a los funcionarios interesados, cúmplase y oportunamente, archívese.

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