Contratación Menor Nº 11/09 Expte. CM Nº DCC 223/09 Res. OAyF Nº 243/09

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 11/09 tendiente a la adquisición de Material Bibliográfico para el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 11/09 tendiente a la adquisición de Material Bibliográfico para el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 11/09 tendiente a la adquisición de Material Bibliográfico para el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2009.

VISTO:

El Expediente DCC Nº 223/09-0 por el que tramita la Contratación Menor Nº 11/09; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 203/212 luce la Resolución O.A.yF. Nº 216/2009 mediante la cual se autorizó el llamado a Contratación Menor Nº 11/09 tendiente a la adquisición de Material Bibliográfico para el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encuadrada en las disposiciones del Artículo 38º y cc. de la Ley 2095 y Res. Nº 445/2007, con un presupuesto oficial de treinta y cinco mil doscientos setenta y siete pesos con 80/100 ($35.277,80) IVA exento.

Que según surge de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, se ha dado cumplimiento con la publicación de dicha convocatoria, tanto en la Cartelera de este Consejo de la Magistratura (fs. 227), así como también en la página Web del Poder Judicial (fs. 226). Asimismo a fs. 216/223 se agregan las constancias de correo electrónico invitando a participar del presente procedimiento de selección a las empresas individualizadas en el listado de fs. 191.

Que mediante Resolución O.A.yF. Nº 225/2009 se dispuso extender hasta el día 23 de diciembre de 2009 a las 12.00 horas el plazo límite para la presentación de ofertas.

Que con fecha 23 de diciembre de 2009, a las 12.05 horas, se labró el acta de constatación de ofertas, que luce a fs. 286 y mediante la cual se acreditó la presentación de ocho (8) propuestas, pertenecientes a las firmas Editorial Astrea S.R.L., Editorial Universidad S.R.L., Rubinzal Culzoni S.A., Abeledo Perrot S.A., Ediciones Rap S.A., H.F. Martínez de Murguía S.A.C.Y E., Editorial Hammurabi S.R.L. y La Ley S.A.E. e I.

Que a fs. 240/285 se agregan las ofertas y la documentación presentada por los oferentes.

Que en ese estado, la Dirección de Compras y Contrataciones eleva estos actuados mediante Nota de estilo (fs. 302/303) y conforme lo establecido en el Punto 5 del Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor Nº 11/09, glosando a fs. 287/294, las impresiones de la consulta sobre el estado registral de los proponentes, realizada al Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RIUPP). Y a fs. 295/301 luce el Cuadro Comparativo de Ofertas.

Puesto a resolver la presente contratación, cabe señalar que se ha elaborado un listado sobre la base de la planilla de cotización (fs. 208/212) y del cuadro comparativo de ofertas confeccionado por la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 295/301), del que surge cada uno de los renglones que componen este procedimiento, indicando en cada caso cuál es la editorial que ha presentado el precio más conveniente (conf. fs. 305/309).

Que en tal sentido, y toda vez que dichas ofertas resultan ser las más convenientes a los intereses de este Consejo de la Magistratura teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones (conforme criterio de selección establecido en el artículo 108º de la Ley 2095), habiendo intervenido las áreas pertinentes corresponde adjudicar la Contratación Menor del siguiente modo; a saber: los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 11 a la firma Abeledo Perrot S.A., los renglones 10, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 31, 32, 33, 34, 40, 41 y 50 a la firma Editorial Universidad S.R.L., los renglones 12, 13 y 51 a la firma Editorial Astrea S.R.L., los renglones 25, 26, 27, 28, 29 y 30 a la firma Editorial Hammurabi S.R.L., los renglones 35, 36, 37, 38 y 39 a la firma La Ley S.A.E. e I., los renglones 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, y 49 a la firma Ediciones RAP S.A., los renglones 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80 y 81 a la firma Rubinzal Culzoni S.A. y los renglones 82, 83, 84 y 85 a la firma H.F. Martínez de Murguía S.A.C. y E.

Que no escapa al suscripto que la editorial H.F. Martínez de Murguía S.A.C. y E. no está inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores lo que, en principio, constituiría un obstáculo para la adjudicación, habida cuenta la letra del art. 22 de la ley 2.095, que establece que “(l)a inscripción en el Registro es condición indispensable para contratar con los órganos establecidos en el artículo 2° de la presente ley”. Esta restricción, que es ratificada por el art. 95 de la citada norma, debe complementarse con el art. 51 del Decreto 408/2007, reglamentario del art. 112 de la Ley 2.095, que claramente dispone que el contrato administrativo se perfecciona con la recepción, por el adjudicatario, de la orden de compra. Así pues, bastará con exigir, como condición previa a la formalización del contrato, que la firma H.F. Martínez de Murguía S.A.C. y E. complete su inscripción en el RIUPP.

Que la adjudicación que por este acto se decide deberá publicarse por un (1) díaen el Boletín Oficial, en la Cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial (www. jusbaires.gov.ar), conf. Art. 110º de la Ley 2095 y su reglamentación, Art. 50º del Dec. GCBA Nº 408/07.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988,

 

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 11/09 tendiente a la adquisición de Material Bibliográfico para el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2º: Adjudicar los Renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 11 a la firma Abeledo Perrot S.A. por la suma de dos mil setecientos doce pesos ($2.712) IVA exento.

Artículo 3º: Adjudicar los Renglones 10, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 31, 32, 33, 34, 40, 41 y 50 a la firma Editorial Universidad S.R.L. por la suma de nueve mil ochocientos veinticuatro pesos ($ 9.824) IVA exento.

Artículo 4º: Adjudicar los Renglones 12, 13 y 51 a la firma Editorial Astrea S.R.L. por la suma de quinientos cuarenta y cinco pesos ($545) IVA exento.

Artículo 5º: Adjudicar los renglones 25, 26, 27, 28, 29 y 30 a la firma Editorial Hammurabi S.R.L. por la suma de dos mil setecientos dieciocho pesos con 40/100 ($2.718,40) IVA exento.

Artículo 6º: Adjudicar los renglones 35, 36, 37, 38 y 39 a la firma La Ley S.A.E. e I. por la suma de tres mil doscientos veinticinco pesos con 60/100 ($3.225,60) IVA exento.

Artículo 7º: Adjudicar los renglones 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, y 49 a la firma Ediciones RAP S.A por la suma de un mil ochocientos setenta y siete con 60/100 ($1877,60) IVA exento.

Artículo 8º: Adjudicar los renglones 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80 y 81 a la firma Rubinzal Culzoni S.A. por la suma de doce mil novecientos siete pesos con 80/100 ($12.907,80) IVA exento.

Artículo 9º: Adjudicar los renglones 82, 83, 84 y 85 a H.F. Martínez de Murguía S.A.C. y E. por la suma de setecientos setenta y tres pesos con 80/100 ($773,80) IVA exento, haciendo saber a la firma que no podrá retirar la orden de compra hasta completar su inscripción en el RIUPP.

Artículo 10º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a las firmasadjudicadas mediante correo electrónico lo resuelto por la presente, adjuntando cuadro de fs. 305/309.

Artículo 11º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad, los anuncios en la Cartelera del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las notificaciones a las que se refiere el Artículo 10º.

Artículo 12º: Regístrese, publíquese y comuníquese como se ordena precedentemente. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su cumplimentación y oportunamente archívese.

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