Aprobar la ampliación de la Orden de Compra Nº 179 en relación a los subrenglones 1.1, 1.2., 1.3 y 1.5 por la suma de catorce mil ciento treinta y ocho pesos ($ 14.138) IVA incluído, con la firma Fuegomat S.R.L., en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Licitación Pública que tramita por estos actuados.
Aprobar la ampliación de la Orden de Compra Nº 179 en relación a los subrenglones 1.1, 1.2., 1.3 y 1.5 por la suma de catorce mil ciento treinta y ocho pesos ($ 14.138) IVA incluído, con la firma Fuegomat S.R.L., en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Licitación Pública que tramita por estos actuados.
Aprobar la ampliación de la Orden de Compra Nº 179 en relación a los subrenglones 1.1, 1.2., 1.3 y 1.5 por la suma de catorce mil ciento treinta y ocho pesos ($ 14.138) IVA incluído, con la firma Fuegomat S.R.L., en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Licitación Pública que tramita por estos actuados.
Buenos Aires, 18 de junio de 2010
RES. OAyF Nº 118/2010
VISTO:
el Expediente DCC Nº 195/08-0 por el que tramita la Licitación Pública Nº 50/2008; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 571/572 luce la Resolución OAyF Nº 024/2009 mediante la cual se adjudicó la Licitación Pública del Visto tendiente a la provisión de matafuegos y accesorios de seguridad contra incendios y la contratación de los servicios de recarga, mantenimiento trimestral y prueba hidráulica de los matafuegos existentes en los distintos edificios del Consejo de la Magistratura, del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Buenos Aires, en los términos de la oferta presentada fs. 252.
Que a fs. 584 y 585 lucen las Ordenes de Compra Nº 177 y 179, por las cuales se instrumenta la presente contratación, recibidas por la adjudicataria Fuegomat S.R.L. con fecha 20 de febrero de 2009.
Que la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota Nº 493/10 (fs. 906), pone en conocimiento de esta Administración General que la contratación para el Renglón 1 (servicio de recarga y mantenimiento) se realizó bajo la modalidad de orden de compra abierta, encuadrada en las disposiciones del art. 40 de la Ley 2095, en tal fin durante el plazo contractual el adjudicatario deberá brindar los servicios de recarga y revisión (incluyendo mantenimiento trimestral y prueba hidráulica) de los matafuegos que corresponda al precio unitario adjudicado, hasta eventualmente alcanzar el límite máximo de servicios en el plazo de veinticuatro (24) meses. El plazo de contratación correspondiente a la orden de compra Nº 179 está vigente hasta el 28/02/2011. En tanto, en el renglón 2 se adquirieron matafuegos y accesorios de seguridad, orden de compra Nº 177.
Que en razón de ello, la citada dependencia requirió a la Dirección de Programación y Administración Contable informe de los pagos que se realizaron a la firma Fuegomat .S.R.L. el cual luce a fs. 895/896. Asimismo a fs. 881/883 se incorpora la planilla de control de donde surge que para el subrenglón 1.3 se ha llegado al límite de recargas según lo establecido en la Orden de Compra Nº 179, correspondiendo a la factura presentada con fecha 4 de noviembre de 2009.
Que concomitantemente la Dirección de Compras solicitó informe a la firma adjudicataria, a efectos de requerir precisión sobre las recargas realizadas y la proyección de las mismas, los que se incorporan a fs. 899/904 y a fs. 905 se agrega el informe producido desde la citada Dirección. En ese estado, de toda la información colectada puede observarse que la cantidad máxima de recargas para los subrenglones 1.2, 1.3 y 1.5 se encontraría al 7 de abril del corriente año, ya superada, por tal motivo esa dependencia propicia la presente ampliación y por otro lado la realización de un nuevo llamado licitatorio.
Que mediante Nota Nº 86/2010 (fs. 911) el Departamento de Mantenimiento, ratifica el informe producido por la firma adjudicataria. En función de ello, el Sr. Director de Obras y Mantenimiento solicita se inicie una nueva contratación con anterioridad a la ejecución total de la Orden de Compra vigente, conforme surge de fs. 912, Memo DOM Nº 127/2010 elevado por Memo DGIO Nº 195/2010.
Que en razón de todo lo actuado, la Dirección de Compras y Contrataciones eleva a esta Oficina de Administración y Financiera las presentes actuaciones con Nota Nº 749/2010, con los antecedentes necesarios para promover la ampliación de la Orden de Compra Nº 179 en relación a las recargas de matafuegos establecidas en los subrenglones 1.1, 1.2, 1.3 y 1.5, en el marco de lo dispuesto por el art. 117, inc. l) de la Ley 2095.
Que el referido artículo dice, en su parte pertinente: Facultades del Organismo Contratante. Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I. Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un quince por ciento (15%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o disminución puede incidir, sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos, según corresponda.
Que en el caso de marras, teniendo presente la cantidad máxima de recargas a realizar y los precios unitarios de las mismas, el monto máximo de la presente ampliación asciende a la suma de catorce mil ciento treinta y ocho pesos ($ 14.138) IVA incluido (conforme Cuadro elaborado por la DCC a fs. 928 vta.).
Que a requerimiento de la Dirección de Compras y Contrataciones, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable procedió a efectuar la registración preventiva del presente gasto, la que se acredita mediante Constancia de Registración Nº 407/06 2010 (confr. fs. 926/927).
Que a fs. 932 consta la intervención del Departamento Dictámenes y Procedimientos Administrativos de la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 3467/2010, donde luego de reseñar los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones señala que: Por todo lo expuesto, en virtud de los antecedentes de las presentes actuaciones y lo determinado por el art. 117 I., este Departamento no tiene nada que objetar, desde el punto de vista jurídico, para proceder a la ampliación sugerida por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota Nº 749/2010.
Que cumplidos y verificados que fueran los extremos que permiten la ampliación contractual, y oído que fuera el Sr. Director de Asuntos Jurídicos, así como la intervención de las áreas de compras e infraestructura de este Organismo, no encuentro óbice para proceder a ampliar la Orden de Compra Nº 179 en los términos ya señalados.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por Artículo 4º, inc. f) (modificado por Ley 3389) y Artículo 10º de la Ley 1988.
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Aprobar la ampliación de la Orden de Compra Nº 179 en relación a los subrenglones 1.1, 1.2., 1.3 y 1.5 por la suma de catorce mil ciento treinta y ocho pesos ($ 14.138) IVA incluído, con la firma Fuegomat S.R.L., en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Licitación Pública que tramita por estos actuados.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación aprobada por la presente.
Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, notifíquese al adjudicatario, a la Dirección General de Infraestructura y Obras. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su cumplimentación, y oportunamente archívese.