Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 38/2010, conforme las previsiones del apartado d), en función del b), último párrafo de la reglamentación del art. 28, inc. 1º de la Ley 2.095.
Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 38/2010, conforme las previsiones del apartado d), en función del b), último párrafo de la reglamentación del art. 28, inc. 1º de la Ley 2.095.
Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 38/2010, conforme las previsiones del apartado d), en función del b), último párrafo de la reglamentación del art. 28, inc. 1º de la Ley 2.095.
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2010
RES. OAyF Nº 253 /2010
VISTO:
El expediente OAyF Nº 158/10-0, caratulado: O.A.yF. s/contratación por locación de obra intelectual, por el que tramita la Contratación Directa Nº 38/2010; y
CONSIDERANDO:
Que por el art. 2º de la Res. OAyF Nº 182/2010 se autorizó la contratación por locación de obra intelectual con el artista plástico Miguel REP, para que realice las ilustraciones correspondientes al Preámbulo y cada uno de los capítulos de los títulos de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los cuales deberán guardar relación con el texto correspondiente, en las condiciones establecidas según las cláusulas pertinentes, de acuerdo con el modelo contractual que integra dicho decisorio como Anexo II, a cuyas consideraciones me remito.
Que a fs. 41, por la firma Editorial La Página S.A., mediante nota suscripta por su apoderado, Dn. Carlos A. GONZÁLEZ, se pone en conocimiento de esta Oficina de Administración y Financiera que: habiendo tomado conocimiento de vuestro interés de distribuir ejemplares de la Constitución de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nos permitimos ofrecerles la impresión y distribución junto a la edición de Página/12. al ser esta nueva edición de la Constitución ilustrada por Miguel REP, creemos que sería beneficioso para ustedes, nuestro diario y lectores, llevar adelante este proyecto. También les ofrecemos una cantidad de ejemplares a conversar, para su distribución en escuelas y organismos que ustedes consideren. Si consideran pertinente este ofrecimiento, les hacemos llegar un presupuesto de costos para su realización.
Que en esa dirección, desde esta Oficina de Administración y Financiera se le requirió al apoderado de la empresa que propusiera una oferta económica (confr. fs. 42), dándose respuesta mediante nota de fs. 43, oportunidad en la cual GONZÁLEZ propone de acuerdo con las características de la obra en cierne las siguientes especificaciones técnicas: Papeles. Tapa: ilustración, 300 gr.; Interior: obra 70 gr.; Medida: alto: 19,5 cm., ancho: 13,5 cm.; Cantidad de páginas: 112 + tapas; Impresión: Tapas 4/0 colores con barniz UV brillante; Interior: 4/4 colores; Tirada: 80.000 ejemplares. Se consigna a renglón seguido que: la distribución de este libro se realizará en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera gratuita, junto a la edición dominical de Página/12, en fecha a acordar, así como a través de ustedes a escuelas y colegios, proponiéndose un costo de trescientos mil pesos ($ 300.000), más la alícuota del Impuesto al Valor Agregado.
Que a fs. 44, glosa una constancia suscripta por el señor Jefe de Departamento de Coordinación, mediante la cual hace saber que GONZÁLEZ, durante una entrevista del pasado 6 de diciembre, propuso que el ejemplar de la Constitución de esta Ciudad Autónoma sea distribuido el próximo domingo 19 de diciembre sin cargo junto al número a la venta del diario Página/12 en el ámbito de esta Ciudad, ofertando a su vez la promoción de dicha entrega median te avisos institucionales en las ediciones correspondientes al domingo 12, en otras tres ediciones de la semana que se iniciará durante esa jornada y en la del día sábado 18. Se ratificó, asimismo, la suma presupuestada, solicitándose un pago anticipado del 70 % del monto final con anterioridad a la impresión de los ejemplares.
Que en esa oportunidad se dispuso encuadrar el trámite en las previsiones del apartado d), en función del b), último párrafo de la reglamentación del art. 28 de la Ley 2.095, que establece que: La contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca, sólo en los casos que a continuación se mencionan, en este caso el del inciso 1º que prevé: razones de urgencia, en que a mérito de circunstancias imprevistas no pueda realizarse la licitación. La urgencia debe responder a circunstancias objetivas y su magnitud debe ser tal que impida la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno. Estas circunstancias deben ser debidamente fundados por la máxima autoridad de cada jurisdicción o entidad, en el expediente en que se tramita la compra o la contratación.
Que mediante nota de fecha 7 de diciembre, la señora Jefa de Departamento de Procedimiento de Contrataciones de la Dirección de Compras y Contrataciones, habiéndosele dado intervención consideró que: Visto y considerando la propuesta obrante a fojas 41 y el presupuesto remitido por Editorial La Página S.A., inserto a fojas 43; las instrucciones impartidas a fojas 44 por la Oficina de Administración y Financiera y que en la misma se fundamenta y justifica la urgencia para proceder a la edición de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ilustrada por el artista Miguel REP y a su distribución gratuita en la edición del día domingo 19 de diciembre de 2010 conjuntamente con el periódico Página/12; la cercanía de la fecha de distribución propuesta, la que torna imposible la contratación en término si se diera curso a la modalidad prevista en el Art. 28º, inc. b, párr. primero del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, esta Dirección de Compras y Contrataciones entiende viable conforme las instrucciones emitidas y tomando los fundamentos expuestos a fojas 44- proceder a la Contratación Directa. ( ) A tales efectos, existiendo propuesta económica a fs. 43, habiéndose coordinado las condiciones particulares para la presente contratación (fojas 44) y habiendo constatado que la Editorial La Página S.A. se encuentra inscripta en el R.I.U.P.P. (fojas 46/48) (confr. fs. 49), remitiéndose por correo electrónico a dicha empresa el Pliego de Condiciones Generales aprobado por Anexo III de la Res. CM Nº 810/2010 con el objeto de comunicar la normativa genérica que regirá el proceso, que se encuentra agregado a fs. 55/60.
Que a fs. 51 se encuentra agregada constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos que establece la vigencia del certificado fiscal para contratar de la empresa: Editorial La Página S.A., Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-61270077-6, vigente hasta el 3 de marzo de 2011; acreditándose a fs. 52/4 que las autoridades de esa sociedad no registran deudas en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios Ley Nº 269.
Que a fs. 64/5, el señor Director de Asuntos Jurídicos, previa reseña de lo actuado en el legajo entendió que: puede proseguirse con el trámite de la presente contratación, sin perjuicio de lo cual postuló la necesidad que la Dirección de Programación y Administración Contable estableciera la existencia de partidas necesarias para afrontar la erogación de trato (confr. Dictamen Nº 3.755/2010).
Que a fs. 68/102, se encuentran agregadas las impresiones realizadas de los trabajos cuyos archivos digitales remitiera el artista plástico Miguel REP, comprensivas de las instancias requeridas en el art. 2º de la Res. OAyF Nº 182/2010.
Que a fs. 104/5, el Jefe de Departamento de la Dirección de Programación y Administración Contable, Dr. Ernesto RIVERO, eleva a consideración de esta Oficina de Administración y Financiera, la constancia Nº 370/12 2010, mediante la cual se afecta preventivamente la suma de trescientos sesenta y tres mil pesos ($ 363.000), confr. Memo DPAC Nº 375/2010.
Que por fin, a fs. 106, se deja constancia que el apoderado de la sociedad de referencia hizo saber que en cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley 2.095, presentaría en garantía de anticipo y adjudicación un cheque certificado a la orden del Consejo de la Magistratura.
Puesto a resolver el presente trámite comienzo por ratificar los conceptos vertidos al momento de encuadrar la presente contratación en los términos de del apartado d), en función del b), último párrafo de la reglamentación del art. 28, inc. 1º de la Ley 2.095, se evidencia de lo actuado que a fin de dar cumplimiento con la vocación de una amplia difusión del texto de la Constitución de esta Ciudad Autónoma, la propuesta que realiza la firma Editorial La Página S.A., satisface plenamente esa finalidad. Que en punto a dar cumplimiento con la fundamentación que manda la norma, poco más puede agregarse a la enjundiosa nota suscripta por la señora Jefa de Departamento de la Dirección de Compras y Contrataciones de fs. 49, que detalla con precisión las alternativas que dirimen el llamado autorizado y la pertinente adjudicación, a cuyas consideraciones me remito en un todo.
Que en el caso, además, se considera la oferta de que el ejemplar prologado por el Dr. ZAFFARONI e ilustrado por REP, acompañe gratuitamente los números de la edición correspondiente a la tirada del día 19 de diciembre próximo, día de la semana (como es de público conocimiento) de mayor venta de ese y los restantes periódicos que se editan en la Ciudad.
Que en ese interés, la propuesta realizada en la difusión publicitaria del producto mediante avisos institucionales a página entera y/o media página en diversos números a partir del correspondiente al próximo día 12 de diciembre, no sólo complementa la oferta, sino que la mejora ostensiblemente, desde que coadyuvará a un mejor y más amplio alcance de la edición del texto constitucional, teniéndose en cuenta a su vez el monto reconocido a la misma empresa periodística para la publicación de un aviso de relevamiento de inmuebles, mediante Res. OAyF Nº 193/2010, dispuesta en el marco del Expte. OAyF Nº 081/09-0.
Que en ese orden de ideas, se tiene en especial consideración el valor unitario de cada ejemplar de la Constitución de la Ciudad cuya edición se propuso, teniendo en cuenta la tirada del periódico de vasta y reconocida difusión en Buenos Aires, sumado ello a los ocho mil (8.000) ejemplares que la empresa editará para la distribución por parte de este Consejo; coste de cuatro pesos con 125/100 ($ 4,125), cuya conveniencia, por evidente, me exime de mayores precisiones.
Que respecto del ofrecimiento de la empresa editora de quedar a cargo de la distribución de los ejemplares que se editarán exclusivamente para este Consejo de la Magistratura, por fuera de las ediciones para complementar la tirada del domingo 19, en atención al complejo contralor de tales entregas de acuerdo a las previsiones procedimentales que rigen este trámite- aconsejan desechar la seductora propuesta de la contraparte.
Que se admitirá la propuesta económica realizada por la firma, aceptando las condiciones de pago requeridas anticipo del setenta por ciento (70%) de la oferta-, para lo cual se requerirá la extensión de alguno de los documentos admitidos por el Capítulo V de la Ley 2.095, con antelación a la confección de la orden de compra.
Que se remitirá el legajo a consideración de la Dirección de Compras y Contrataciones para que se proceda a la confección de la orden de compra pertinente, atendiendo especialmente a la edición de los ocho mil (8.000) ejemplares que deberán ser entregados a este Consejo por la empresa adjudicataria en un plazo que no podrá extenderse más allá del día 31 de diciembre de 2010, oportunidad durante la cual el señor Jefe de Departamento de Coordinación de la Oficina de Administración y Financiera suscribirá un acta de recepción, documento que habilitará el pago del treinta por ciento (30%) del monto de la contratación que se autoriza. Relativo a la certificación de los avisos comprometidos, se dispondrá, oportunamente, a través del Departamento de Prensa de este Consejo de la Magistratura.
Que teniendo en consideración las particularidades de la presente contratación, se labrará un convenio que integrará la presente como Anexo I, mediante el cual se especificarán las condiciones que deberán ser observadas por las partes, para su suscripción por la Presidencia del Consejo de la Magistratura.
Que de acuerdo con las constancias agregadas, el artista plástico Miguel Antonio REPISO ha dado cabal y completo cumplimiento con los compromisos asumidos al momento de suscribir el contrato de locación de obra intelectual ordenado en los actuados, presentada que sea la factura correspondiente se librará memorando a la Dirección de Programación y Administración Contable para que se proceda a reconocerle el pago que resta abonársele, de acuerdo a la previsión del art. 4º del citado contrato (Anexo II, Res. OAyF Nº 182/2010).
Que, por último, y una vez más de acuerdo con las previsiones de la Res. OAyF Nº 182/2010, se comunicará a la Dirección de Compras y Contrataciones el impulso de un procedimiento de licitación tendiente a la edición de una versión institucional de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el prólogo y las ilustraciones incluidas en la tratada en la presente, requiriéndose la formulación del modelo de llamado pertinente.
Por todo lo expuesto, verificada que ha sido la observancia del procedimiento administrativo aplicable y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 38/2010, conforme las previsiones del apartado d), en función del b), último párrafo de la reglamentación del art. 28, inc. 1º de la Ley 2.095.
Artículo 2º: Adjudicar a la firma Editorial La Página S.A., Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-61270077-6, la publicidad, impresión y edición del texto de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con prólogo del Dr. Eugenio Raúl ZAFFARONI y las ilustraciones realizadas por Miguel Antonio REPISO (REP), cuyos testimonios se encuentran agregadas al legajo, de conformidad con lo dispuesto mediante Res. OAyF Nº 182/2010, con las especificaciones técnicas propuestas por empresa en la nota de fs. 43, en la cantidad y demás condiciones expresadas en el Convenio que integra la presente como Anexo I, por un valor total de trescientos sesenta y tres mil pesos ($ 363.000.-), IVA incluido.
Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar esta resolución por un día en la cartelera oficial, y en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad, comunicarla a la adjudicataria y confeccionar la orden de compra pertinente, de conformidad con lo considerado precedentemente.
Artículo 4º: Designar al señor Jefe de Departamento de Coordinación Ejecutiva de la Oficina de Administración y Financiera como responsable de la suscripción del acta de recepción de los ocho mil (8.000) ejemplares del material objeto de esta contratación que la adjudicataria deberá entregar en la sede del Depósito del Poder Judicial con anterioridad al 31 de diciembre de 2010.
Artículo 5º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.
RES. OAyF Nº /2010
Anexo I. Res. OAyF Nº 253/2010.
Convenio para la impresión, edición, publicidad y distribución de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil diez, la Dra. María Teresa del Rosario MOYA en su carácter de Presidenta del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (El Consejo) y Carlos Antonio GONZÁLEZ (D.N.I. 12.315.699) y Enrique Manuel DÍAZ (D.N.I. 10.520.189) de la empresa: Editorial La Página S.A.(La Editorial), en virtud de lo dispuesto mediante Res. OAyF Nº 253/2010, convienen las siguientes estipulaciones.--------------------------------------------------------------
Primera: La Editorial se compromete a imprimir y editar la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con prólogo del Dr. Eugenio Raúl ZAFFARONI e ilustraciones de Miguel Antonio REPISO (REP),cuyo modelo se encuentra a la vista de los firmantes, con observancia de las previsiones del Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Res. CM Nº 810/2010 (Anexo III), cuya copia le es entregada a sus representantes. Que siendo los derechos intelectuales de los trabajos que integran el texto ilustrado de la Constitución propiedad exclusiva de El Consejo, los cede gratuitamente a La Editorial para su uso exclusivo e improrrogable sin que mediare una nueva autorización expresa por parte de sus representantes legales, en la edición que trata el presente convenio, requiriéndose sea consignado en el material editado.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Segunda: La Editorial se compromete asimismo, a entregar en el Depósito del Poder Judicial de El Consejo sito en la calle Beazley 3.860, con anterioridad al día treinta y uno de diciembre del dos mil diez, la cantidad de ocho mil (8.000) ejemplares del trabajo aludido en la cláusula anterior, cuya distribución quedará a cargo de El Consejo, según sea determinado.-----------------------------
Tercera: La Editorial se compromete a difundir y promocionar la edición del trabajo mediante avisos publicitarios institucionales en las ediciones del diario Página/12 correspondientes al domingo doce de diciembre de dos mil diez, en otras tres ediciones de la semana que se iniciará durante esa jornada y en la del día sábado dieciocho de diciembre del mismo año.------------------------
Cuarta: El Consejo reconoce un pago a la firma La Editorial por los conceptos descriptos en las cláusulas primera, segunda y tercera, en la suma total de trescientos sesenta y tres mil pesos ($ 363.000).---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Quinta: La Editorial se compromete a la distribución gratuita de un ejemplar por cada periódico de la tirada correspondiente al día domingo diecinueve de diciembre de dos mil diez del diario Página/12, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.---------------------------------------
Sexta: El Consejo se compromete a realizar un pago anticipado por el 70% de la suma prevista en la cláusula cuarta, abonándose el remanente, en un término que no superará los diez días hábiles, una vez suscripta el acta de recepción, al momento de la entrega de los ejemplares que refiere la cláusula segunda,.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Séptima: La Editorial hace entrega de un cheque certificado Nº 0748691 del Banco Credicoop correspondiente a la cuenta corriente Nº 070-006747/9 en concepto de seguro de caución en la suma de cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta pesos ($ 54.550), en concepto de adjudicación y pago anticipado; el cual será devuelto a La Editorial, una vez suscripta que sea el acta de recepción del material bibliográfico que da cuenta la cláusula segunda del presente.------------------