Buenos Aires, 10 de julio de 2014
Res. OAyF Nº 213 /2014
VISTO:
El Expediente DCC 140/14-4 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Material Bibliográfico de Editorial Eudeba” por el que tramita la Contratación Directa Nº 46/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la presente contratación se inició a raíz del requerimiento remitido por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia mediante Notas que lucen agregadas a fojas 3/5 y fojas 8/9, a través de la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional (fs. 1 y 7) para la adquisición anual de material bibliográfico para el año 2014 con destino a todas las sedes de la Biblioteca del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependientes de ese Departamento. A tal fin, remitió un listado de las publicaciones jurídicas de la firma “Editorial Eudeba” que se proponen adquirir (fs. 11).
Que luego, tomó intervención la Dirección de Compras y Contrataciones y solicitó presupuesto para esa contratación a la Editorial Eudeba S.E.M. (fs. 15/16).
Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 17, la firma Editorial citada presentó una oferta – incorporada a fojas 18- por un total de ochocientos cincuenta y dos pesos ($852,00). A su vez, dicha firma aclaró que el título indicado en el renglón 2 se encuentra agotado y que el correspondiente al renglón 3 no se encuentra disponible por ser una edición no comercializada por dicha firma.
Que así las cosas, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que la Editorial Eudeba es una sociedad de economía mixta, y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos, pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondería encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 19).
Que a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de la Ley 70, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó a la Dirección de Programación y Administración Contable la registración preventiva del gasto que insumirá la presente contratación. En tal sentido, luce agregada a fojas 20/21 la Constancia de Registración N° 1127/05 2014, que da cuenta de la existencia de partida presupuestaria suficiente para afrontar la erogación en cuestión.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 5729/2014 tomó su intervención de ley, y luego de una breve reseña de lo actuado, manifestó en cuanto al marco legal que la Ley 4764 modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones “habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095 referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: “11. Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate” (fs. 26).
Que en consecuencia y para concluir, la Asesoría Jurídica manifestó que “no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 26).
Que finalmente, requerido que fuera al efecto, el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia mediante Nota BJ N° 36/14 que luce agregada a fojas 34, manifestó “que la cotización presentada por la firma Editorial Eudeba SEM se ajusta a lo requerido por este Departamento”.
Que entonces, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes mencionados, verificados todos los pasos pertinentes, en atención a lo solicitado por la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional, a la conformidad brindada por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia, a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y con el fin de garantizar el normal y correcto funcionamiento de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Directa N° 46/2014 que tiene por objeto la adquisición de material bibliográfico de la Editorial Eudeba S.E.M y adjudicar a esa firma los renglones 1 y 4 a 12 por la suma total de ochocientos cincuenta y dos pesos ($852,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 18 y Listado de publicaciones jurídicas de la firma contratista que luce a fojas 11.
Que sin perjuicio de ello, cabe destacar que deberán declararse desiertos los renglones 2 y 3 por no haberse presentado ofertas al respecto.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de
la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos –Decreto 1.510/97.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 31 y sus modificatorias,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 46/2014 que tiene por objeto la adquisición de material bibliográfico de la editorial Eudeba S.E.M.
Artículo 2º: Adjudicar los Renglones 1 y 4 a 12 de la Contratación Directa Nº 46/2014 a la firma Eudeba S.E.M por el monto total de ochocientos cincuenta y dos pesos ($852,00) IVA incluido. Ello, según la propuesta económica presentada a fojas 18 y en función de lo expuesto en los considerandos de la presente.
Artículo 3°: Declarar desiertos los renglones 2 y 3 de la Contratación Directa Nº 46/2014. Ello, por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 4º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la Contratación Directa N° 46/2014, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y al Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia por intermedio de la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 213 /2014