RES. Nº921/03

Contratación Directa para remodelación del 4° piso del inmueble sito en Beruti 3345

 

uenos Aires, 30 de diciembre de 2003

RES. N° 921/2003

VISTO:El Expediente N° 178/2003 por el que se tramitó la Contratación Directa para remodelación del 4° piso del inmueble sito en Beruti 3345, autorizada por Resolución CM N° 751/2003 de fojas 133/135, y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de las actuaciones compulsadas de fojas 172 a 189, se invitó a trece (13) empresas, de las cuales adquirieron los pliegos correspondientes cinco (5) como luce en la planilla de Retiro de Pliegos de Bases y Condiciones (fojas 192) y presentaron ofertas cuatro (4) de ellas, puesto que una de las empresas presentó el sobre fuera de término, como consta en el acta labrada al efecto (fojas 196). Sobre éstas recayó Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones, de fecha 17 de diciembre de 2003 (fojas 601/603), señalando las razones que determinan la desestimación de tres (3) de las ofertas (Sergio Larovere, Spotti-Casas Ingenieros Civiles S.R.L. y Andrés Alejandro Barboza) y la inconveniencia de una de ellas (ABE Construcciones S.R.L.).

Que la única oferta admisible, correspondiente a la firma ABE Construcciones S.R.L., resulta inconveniente por exceder en un setenta por ciento (70%) el presupuesto oficial.

Que, con fecha 19 de diciembre de 2003, la firma Spotti-Casas Ingenieros Civiles ha efectuado en forma extemporánea una presentación acompañando documentación faltante, solicitando que la misma sea tenida en cuenta al analizarse las ofertas pertinentes, lo cual resulta irrelevante por cuanto debe respetarse en todo sentido la igualdad de oportunidad entre los oferentes en lo relativo a la manifestación de la oferta o de la propuesta en tiempo oportuno y en forma completa, conforme se desprende del Dictamen N° 184/2003 suscripto por la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que, en virtud de lo expuesto en el Dictamen referenciado en el párrafo precedente, tras un exhaustivo análisis de lo actuado para la Contratación Directa reglada en el Expediente N° 178/2003, corresponde aprobar lo dictaminado por la Comisión de Preadjudicaciones a fojas 601/603 y por ende tener por fracasada la mencionada Contratación.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y su modificatoria,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LACIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:

Artículo 1°: Declárase fracasada por inconveniencia e inadmisibilidad de las ofertas presentadas, la Contratación Directa para la remodelación del 4° piso del inmueble sito en la calle Beruti 3345.

Artículo 2°: Recházase la presentación efectuada por la firma Spotti-Casas Ingenieros Civiles por haber sido realizada en forma extemporánea.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página web del Poder Judicial, www.jusbaires.gov.ar, por el término de un (1) día, notifíquese a la firma Spotti-Casas Ingenieros Civiles, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones y a los funcionarios interesados, cúmplase y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN N° 921 /2003

Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino

María Magdalena Iráizoz Juan Sebastián De Stefano

María Celia Marsili Abel M. Fleitas Ortiz de Rozas(no firma por encontrarse en uso de licencia)

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