RES. Nº 615/05

 

Autorizar a la Dirección de Programación Contable

Buenos Aires, 2 de agosto de 2005

 

RES. N° 615/2005

 

VISTO:

Lo dispuesto por el artículo 29° de la Ley N° 31, la Resolución CM N° 344/2005 y el Dictamen N° 113/05 de la Comisión de Administración y Financiera, y

 

CONSIDERANDO:

Que entre las funciones conferidas por la Ley N° 31 a la Comisión de Administración y Financiera, se encuentra ejecutar el presupuesto del Poder Judicial, excluido el correspondiente al Tribunal Superior.

Que, a los fines de una más eficiente y ágil administración, por Resolución CM N° 344/2005 el Plenario del Consejo de la Magistratura delegó una serie de facultades en la referida Comisión en materia de autorización de pagos, llamados a contratación, rendiciones de cuentas y otorgamiento de cajas chicas, entre otras.

Que, en ese orden de ideas y con igual propósito, mediante el Dictamen N° 113/05, la Comisión de Administración y Financiera propone autorizar a la Dirección de Programación y Administración Contable para que, en aquellos casos con orden judicial de restituir sumas de dinero, y previa intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos, proceda a su devolución sin más trámite.

Que, toda vez que la tramitación del pago a peritos de honorarios regulados en causas judiciales presenta características análogas a las descriptas en el considerando precedente, se juzga conveniente aplicar idéntico criterio para su cancelación.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Autorizar a la Dirección de Programación Contable para que en aquellos casos con orden judicial de restituir sumas de dinero, y previa intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos, proceda a su devolución sin más trámite.

Art. 2°: Autorizar a la Dirección de Programación Contable para que, previa intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos, proceda al pago de honorarios a cargo del Consejo de la Magistratura regulados a peritos en causas judiciales.

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página de internet, comuníquese a la Comisión de Administración y Financiera, a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Dirección de Asuntos Jurídicos y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN N° 615/2005

 

 

 

Carla Cavaliere María Magdalena Iráizoz L. Carlos Rosenfeld

 

 

 

Jorge D. Caputo Bettina Paula Castorino Juan Sebastián De Stefano

 

 

 

Germán Carlos GaravanoDiego May Zubiría

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