Licitación Pública Nº 09/2014- Expediente CM Nº DCC 107/14-0- Resolución Pres. CAGyMJ Nº 79/2014

Buenos Aires,       de septiembre de 2014

 

RESOLUCIÓN PRES. CAGyMJ N°  79 /2014

 

VISTO:

 

El Expediente CM. Nº DCC-107/14-0 s/ Adquisición de equipos para escritorio All in One; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Res. CAGyMJ Nº 42/2014 se autorizó el llamado de la Licitación Pública Nº 09/2014, de etapa única, para la adquisición de computadoras “all in one” para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Siete Millones Doscientos Noventa y Un Mil ($ 7.291.000) IVA incluido, estableciendo como fecha de apertura pública de ofertas el día 3 de julio de 2014. (fs. 113/128).

 

Que mediante Res. CAGyMJ N° 52/2014 se adjudicó a PC-ARTS Argentina SA la licitación mencionada precedentemente, en la suma de Pesos Ocho Millones Seiscientos Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho con 40/100 ($8.657.498,40).

 

Que a fs. 724 obra la orden de compra n° 724, retirada por la adjudicataria el 1 de agosto de 2014.

 

Que a fs. 371 el Ministerio Público Fiscal solicitó la ampliación de la licitación, para adquirir cincuenta (50) equipos All In One (AIO) del renglón 1, y cien (100) equipos del renglón 2.

 

Que a fs. 372 la Dirección de Programación y Administración Contable tomó conocimiento del compromiso presupuestario asumido por el Ministerio Público Fiscal.

 

Que a fs. 375 la Dirección de  Compras y Contrataciones (DCC) encuadró el pedido en el art. 117 inc. i) de la ley 2095, estimó que la ampliación solicitada equivale a la suma de Pesos Un Millón Novecientos Ochenta y Siete Mil Doscientos Diez ($ 1.987.210), cifra que supera el 20% del monto del contrato y por ello se solicitó la conformidad de la contratista que fue expresada mediante correo electrónico agregado a fs. 374, en el que además solicitó que la orden de compra le sea entregada durante septiembre de 2014.

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente dictaminó a fs. 383: “Consecuentemente con todas las consideraciones preapuntadas, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal citada, esta Dirección General de Asuntos Jurídicos no tiene nada que objetar, desde el punto de vista jurídico, para que se proceda a la ampliación sugerida por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota 699-DCC-2014 con la firma adjudicataria PC ARTS ARGENTINA SA.”

 

Que a fs. 387 se agregó el correo electrónico remitido por el Ministerio Público Fiscal adjuntando el comprobante preventivo de las afectaciones presupuestarias por los montos comprendidos en la ampliación.

 

Que en tal estado llega la cuestión a la Presidencia de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento.  

 

Que el art. 38 inc. 4 de dicha norma dispone que el compete a la Comisión: “ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección de cocontratante, de montos superiores a os establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.”

 

Que la cuestión en debate involucra un acto de disposición de recursos presupuestarios, y de una contratación cuyo llamado y adjudicación aprobó la Comisión, por lo tanto, ésta resulta competente.

 

Que conforme el Reglamento Interno del Plenario y las Comisiones del Consejo (Res. CM Nº 260/2004), el Presidente de la Comisión: “Resuelve las cuestiones urgentes, comunicando las medidas adoptadas a los restantes miembros de la Comisión, para su consideración en la siguiente reunión” (art. 16.4).

 

Que no está prevista una reunión de Comisión, y teniendo en cuenta que la adjudicataria invocó las variaciones en el tipo de cambio producidas desde la apertura de la licitación, para solicitar la entrega de la orden de compra correspondiente a la ampliación durante septiembre de 2014, resultando razonable los fundamentos esgrimidos por la contratista y advirtiendo la necesidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal, es conveniente resolver la cuestión a la brevedad.

 

Que el art. 117 inc. i) de la ley 2095 dice: “una vez perfeccionado el contrato el organismo contratante podrá: aumentar o disminuir el total adjudicado hasta el veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución pude incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra. En los casos que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrá exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni serpa pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%)  del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante.”

 

Que la ampliación requerida por el Ministerio Público Fiscal a fs. 371 involucra cincuenta (50) equipos del renglón 1 cuyo precio unitario es de Pesos Doce Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 60/100 ($ 12.865,60), y cien (100) equipos del renglón 2 por el precio unitario de Pesos Trece Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve con 30/100 ($ 13.439,30), lo cual implica un importe total de Pesos Un Millón Novecientos Ochenta y Siete Mil Doscientos Diez ($ 1.987.210). 

 

Que el monto del contrato es de Pesos Ocho Millones Seiscientos Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho con 40/100 ($8.657.498,40), por lo tanto la ampliación supera el límite del 20% establecido en el art. 117 inc. i) de la ley 2095, pero contándose con la conformidad de la contratista y existiendo recursos presupuestarios suficientes, se cumplen los recaudos legales exigibles para la operación en cuestión.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos avaló el encuadre legal descripto precedentemente, y no formuló observaciones a la ampliación.

 

Que por lo tanto, no existen razones de hecho ni de derecho que impidan aprobar el presente trámite en los términos solicitados por el Ministerio Público Fiscal.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

 

LA PRESIDENCIA DE LA

COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Ampliar el contrato de PC-ARTS Argentina SA en la Licitación Pública N° 9/2014 en cincuenta (50) equipos del renglón 1 por la suma de Pesos Seiscientos Cuarenta y Tres Mil Doscientos Ochenta ($ 643.280), y cien (100) equipos del renglón 2 por la suma de Pesos Un Millón Trescientos Cuarenta y Tres Mil Novecientos Treinta ($ 1.343.930), por un importe total de Pesos Un Millón Novecientos Ochenta y Siete Mil Doscientos Diez ($ 1.987.210). 

 

Artículo 2°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a PC-ARTS Argentina  SA la presente resolución y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; comuníquese al Ministerio Público Fiscal, a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Informática y Tecnología, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN PRES.  CAGyMJ N° 79 /2014

 

 

 

 

 

 

 

                                                                          Juan Sebastián De Stefano

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