Se dictamina acerca de la necesidad de la renovación de los contratos de los Señores Sandra Elizabeth Oto y Jorge Miguel Martínez González.-
Se dictamina acerca de la necesidad de la renovación de los contratos de los Señores Sandra Elizabeth Oto y Jorge Miguel Martínez González.-
Se dictamina acerca de la necesidad de la renovación de los contratos de los Señores Sandra Elizabeth Oto y Jorge Miguel Martínez González.-
1. Antecedentes
1.1 Las presentes actuaciones se inician mediante Nota TI Nº 551/2006 s/ Renovación Contratos, suscripta por el Señor Jefe de Departamento de Informática y Tecnología, Lic. Eduardo Spotorno, con fecha 16 de Junio del corriente.-
1.2. Dicha nota propone la renovación de los contratos de los Señores Sandra Elizabeth Oto y Jorge Martínez González.-
2. Consideraciones
2.1. En primer lugar, cabe destacar que, de acuerdo a la consideración de esta Comisión Auxiliar, oportunamente se resolvió la contratación, bajo el régimen de Locación de Servicios de los Señores Sandra Elizabeth Oto y Jorge Miguel Martínez González.-
2.2. Esta Comisión Auxiliar considera necesario la renovación de los contratos, existentes en el Departamento de Informática y Tecnología, de los Señores Sandra Elizabeth Oto, DNI 20.431.382 y Jorge Miguel Martínez Gonzáles, DNI 14.932.095, cuyo vencimiento operará con fecha 30 de Junio del corriente año, se propone su renovación hasta el día 31 de Diciembre del corriente con una remuneración de Pesos un mil novecientos ochenta ($ 1.0980,00.-) y Pesos tres mil ciento ochenta ($ 3.180,00.-) respectivamente.-
3. Conclusiones
3.1. En orden a lo manifestado, esta Comisión estima que es necesario renovar el contrato de la señora Sandra Elizabeth Oto, DNI 20.431.382 hasta el día 31 de Diciembre del corriente con una remuneración mensual de Pesos un mil novecientos ochenta ($ 1.980,00).-
3.2 Renovar el contrato del señor Jorge Miguel Martínez González, DNI Nº 14.932.095 hasta el día 31 de Diciembre del corriente con una remuneración mensual de Pesos tres mil ciento ochenta ($ 3.180,00.-).-
3.3 La contratación deberá regirse por el Régimen de locación de Servicios, de conformidad a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución CM Nº 1028/2004.-
3.4 Remítase el presente dictamen al Plenario de Consejeros para su tratamiento para su tratamiento.-
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Junio de 2.006.
DICTAMEN Nº 7/2006
Carla Cavaliere (ausente)Ramiro Monner Sans Juan Sebastián De Stefano