RES. SCAyF Nº 099/2006

Autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 16/2006 para la contratación del servicio de recarga, revisión, mantenimiento y control trimestral de los matafuegos instalados

Autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 16/2006 para la contratación del servicio de recarga, revisión, mantenimiento y control trimestral de los matafuegos instalados

Autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 16/2006 para la contratación del servicio de recarga, revisión, mantenimiento y control trimestral de los matafuegos instalados

 

Buenos Aires, 17 de mayo de 2006

RESOLUCIÓN SCAyF N° 99 /2006

VISTO:

 

Las constancias obrantes en el expediente Nº DCC-065/06-0, de las que surge la necesidad de proceder a la contratación del servicio de recarga, mantenimiento y control de matafuegos; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 la Dirección de Compras y Contrataciones, solicito a la Dirección de Infraestructura y Obras, a que informe sobre los matafuegos cuyas cargas vencen en el mes de julio del corriente año. Asimismo, requirió un informe sobre el resto de los equipos ubicados en las distintas dependencias del Poder Judicial.

Que a tales efectos, la Dirección de Infraestructura y Obras, comunicó el inventario de matafuegos, indicando las cargas realizadas hasta al momento y que restan por recargar 66 equipos.

Que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de Pesos dos mil novecientos setenta y siete con cincuenta centavos ($2977.50) IVA incluido, cuya entidad permite la aplicación del Procedimiento Simplificado de Contratación, aprobado por Res. CM N° 240/2006.

Que se cuenta con fondos suficientes para la presente erogación, conforme se acredita con las Constancias de Registración Preventiva Nros. 2006-0500093 y 2006-0500094, de fojas 62/65.

Que a fojas 52/60 obra agregado el Pliego de Condiciones Particulares para esta contratación.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones, estableció el plazo de vigencia del contrato de forma tal que el vencimiento del mismo opere en forma conjunta con el servicio que actualmente tiene contratado el Consejo de la Magistratura y que tramita en el Expediente CM N° 76/04-0 (fs. 66/68).

Que a fojas 70 del citado expediente, ha tomado intervención el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos, sin formular observaciones al procedimiento propuesto, a razón de que la Res. CM 240/06, contempla las contrataciones directas previstas en el art. 56, inc. 3 del Decreto – Ley N° 23354/56.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el listado de empresas a invitar, confeccionado con las consultas del Registro Unico y Permanente de Proveedores GCABA y con otras firmas (fs. 47/49).

Que se toma como referencia para la realización de la Contratación Directa de marras, el Procedimiento Simplificado de Contratación, aprobado por Res. CM N° 240/2006 y las disposiciones de la Ley 1904.

Que en virtud de las disposiciones de la Resolución CM Nº 110/2006 y conforme a la integración del Cuerpo Permanente de Preadjudicaciones dispuesta por Res. CM N° 236/06, corresponde al Secretario Letrado de la Comisión de Administración y Financiera designar al funcionario que asistirá al responsable del Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones, en el acto de apertura de ofertas, y a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones. Asimismo, designará a un responsable técnico del área involucrada, en aquellas recepciones en las que se deba determinar alguna condición técnica del bien recibido.

Que la presente convocatoria a Contratación Directa deberá anunciarse en la cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y por los artículos 3 y 12 de la Ley 1904,

LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 16/2006 para la contratación del servicio de recarga, revisión, mantenimiento y control trimestral de los matafuegos instalados en las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra a la presente Resolución,por la suma total de Pesos dos mil novecientos setenta y siete con cincuenta centavos ($ 2977,50).

Artículo 2°: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares de la Contratación Directa Nº 16/2006, que como Anexo I integra la presente Resolución, conforme Ley 1904.

Artículo 3°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de tres (3) posibles oferentes, inscriptos en el Registro Unico y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°:Establecer el día 8 de junio de 2006 a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.

Artículo 5°: Designar al Dr. Miguel Angel Espiño, para que asista al Jefe de Departamento de Coordinación, en el acto de apertura de ofertas.

Artículo 6°: Designar como miembros titulares en la Comisión de Preadjudicaciones, al Dr. Miguel Angel Espiño y al Cont. Santiago Brundi y como miembros suplentes a la Dra. Teresa De Filpo y al Cont. Adrián Costantino.

Artículo 7°: Designar en la Comisión de Recepción, como responsable técnico al Jefe de Departamento de Mantenimiento en la Dirección de Infraestructura y Obras.

Artículo 8°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a los funcionarios interesados.

Artículo 9°: Regístrese, anúnciese en la Cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones, a los funcionarios interesados, cúmplase y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN SCAyF N° 99 /2006

 

Fabián H. Durán

 

ANEXO I

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 16/2006

“SERVICIO DE RECARGA, REVISION, MANTENIMIENTO

Y CONTROL DE MATAFUEGOS”

 

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

1. GENERALIDADES

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

3. CONSULTA DEL PLIEGO

4. RENGLONES A COTIZAR

5. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

6. FORMA DE COTIZACIÓN

7. PLAZO DE CONTRATACIÓN

8. VISITA

9. FORMA DE PAGO

10. CAPACIDAD TÉCNICA. HABILITACIONES. INSCRIPCIONES

11. ANTECEDENTES COMERCIALES

12. SEGUROS

13. PRODUCTOS – RESPONSABILIDAD

14. MEDIDAS DE SEGURIDAD

15. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

16. APERTURA DE LAS OFERTAS

17. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

18. GARANTÍAS DE OFERTA Y ADJUDICACIÓN

ANEXO A. IDENTIFICACIÓN DE PUESTOS DE INCENDIO Y MATAFUEGOS

ANEXO B. DISTRIBUCIÓN DE MATAFUEGOS POR SEDES

 

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

1. GENERALIDADES

El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Anexo I de la Resolución CM Nº 240/2006, para la presente contratación.

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La presente contratación tiene por objeto el servicio de recarga, revisión, mantenimiento y control trimestral de los matafuegos instalados en las sedes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires detalladas en el Anexo B.

3. CONSULTA DEL PLIEGO

La Resolución CM Nº 240/2006 y el Pliego de Condiciones Particulares podrán ser consultados en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 8º frente, de esta Ciudad, en el horario de 11:00 a 17:00 horas, o en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar.

4. RENGLONES A COTIZAR

Renglón 1:

Servicio de recarga de los matafuegos que se detallan a continuación. Se requerirá una (1) recarga por matafuego, la que se realizará a solicitud de la Dirección de Infraestructura y Obras.

1.1. Servicio de recarga de sesenta y cinco (65) matafuegos de polvo químico seco ABC de 5 Kg.

1.2. Servicio de recarga de un (1) matafuego de Dióxido de Carbono de 5 kg.

Renglón 2:

Servicio de revisión, mantenimiento y control trimestral de los matafuegos que se detallan a continuación, el mismo incluirá dos (2) prestaciones que comenzarán a implementarse a los tres (3) meses de efectuada la recarga:

2.1. Sesenta y Cinco (65) matafuegos de polvo químico seco ABC de 5 Kg.

2.2. Un (1) matafuegos de Dióxido de Carbono de 5 kg.

5. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

 

Las prestaciones requeridas para los renglones deberán ajustarse a lo dispuesto en la O.M. Nº 40.473 y deberán incluir -en todos los casos- lo siguiente:

a) el retiro de los matafuegos de sus ubicaciones actuales y su colocación en las mismas una vez recargados, teniendo presente la identificación del puesto de incendio y su numeración conforme lo indicado en la planilla que se adjunta a la presente como Anexo A.

b) la provisión de las tarjetas de habilitación, aranceles de auditoría y sellos IRAM de servicios.

c) el adjudicatario deberá presentar antes de iniciar los trabajos una secuencia de ejecución de los mismos teniendo en cuenta que los edificios deben quedar en todo momento provistos con matafuegos mientras dure la recarga. Esta secuencia deberá ser aprobada por la Dirección de Infraestructura y Obras.

6. FORMA DE COTIZACIÓN

La propuesta económica deberá estar formulada, en números y en letras, de la siguiente forma:

6.1. Para el renglón 1.

6.1.1. Indicar precio unitario de los subrenglones.

6.1.2. Indicar precio total del renglón.

6.2. Para el renglón 2.

6.2.1. Indicar costo trimestral por la prestación de los servicios requeridos en los subrenglones.

6.2.2. Indicar costo total del renglón tomando todos los servicios requeridos en los subrenglones durante el período de seis (6) meses.

6.3. Sólo podrán formularse cotizaciones por renglón completo, que incluyan todos los ítems y cantidades requeridas en el mismo.

6.4. Las prestaciones previstas en los dos renglones serán adjudicadas al mismo oferente.

A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Consejo reviste condición de EXENTO. Asimismo, en las ofertas NO DEBERÁ DISCRIMINARSE EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA INCIDENCIA DE ESTE IMPUESTO, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de C.U.I.T correspondiente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es 30-70175369-7.

7. PLAZO DE CONTRATACIÓN

El contrato a celebrar con la adjudicataria tendrá una duración de seis (6) meses, a partir de la firma del mismo.

8. VISITA

Será obligatoria visita a los inmuebles detallados en el Anexo B del presente pliego a fin de verificar el estado de los matafuegos y fecha de vencimiento de la recarga de los mismos, la misma deberá coordinarse con la Dirección de Infraestructura y Obras (Av. Roque Sáenz Peña 636, 7º piso, tel. 4331-2637) en el horario de 11:00 a 17:00 horas.

De dicha visita se extenderá el correspondiente certificado que deberá acompañar obligatoriamente a la oferta

9. FORMA DE PAGO

9.1. Los servicios del renglón 1, se certificarán a medida que se efectivicen las recargas, en tanto, los servicios del renglón 2 se certificarán en forma trimestral.

9.2. El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días conforme lo normado en el inciso 110 del Decreto Nº 5720/72 reglamentario del artículo 61 del Decreto-Ley Nº 23.354/56, por el Departamento de Tesorería.

10. CAPACIDAD TÉCNICA. HABILITACIONES. INSCRIPCIONES

El oferente deberá acreditar al cotizar, que se encuentra habilitado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y presentar fotocopia de la constancia de inscripción en el registro creado por la Ordenanza N° 40.473 y Decreto modificatorio N° 452/90.

Toda oferta que no cumpla con la misma será desestimada.

11. ANTECEDENTES COMERCIALES

11.1. Los oferentes deberán haber ejercido sus actividades en el rubro con una antigüedad mínima de tres (3) años, como prueba de idoneidad y capacidad técnica. 11.2. Deberán contar como mínimo con dos (2) certificaciones de servicios de similares características a las que se licita, en establecimientos públicos y/o privados, suscriptas por autoridades de dichos establecimientos o, en su defecto, con un listado de los mismos, en el que consten los siguientes datos:

Denominación del organismo o empresaDomicilio y teléfono de la mismaTipo del servicio prestadoMonto del contratoPersona con la cual contactarse con el objeto de determinar el grado de cumplimiento.

12. SEGUROS

12.1. El adjudicatario deberá acreditar, previo al inicio de las prestaciones; la contratación de los siguientes seguros:

12.1.1. Laborales: Los exigidos por la leyes laborales vigentes para proteger el personal en relación de dependencia.

12.1.2. Responsabilidad Civil frente a daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados no inferior a Pesos Doscientos Mil ($ 200.000,00), que permanecerá vigente hasta la finalización de las prestaciones a su cargo.

En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto.

Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en el presente Pliego, el Consejo de la Magistratura podrá en tales casos -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran adeudadas por el adjudicatario.

El Consejo de la Magistratura deducirá las primas así desembolsadas de la primera factura presentada por el adjudicatario.

Las pólizas deberán establecer expresamente que los aseguradores no podrán suspender la cobertura en razón de premios no pagados por el adjudicatario, sin dar preaviso por escrito al Consejo de la Magistratura de su intención de suspender la cobertura, con al menos quince (15) días de anticipación.

Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el adjudicatario es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del adjudicatario notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El adjudicatario será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos. Correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de las Pólizas de Seguro.

El Consejo de la Magistratura podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.

Los seguros serán contratados con aseguradoras a satisfacción del Consejo de la Magistratura, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos cuando corresponda y considerándolo como tercero afectado.

13. PRODUCTOS. RESPONSABILIDAD

13.1. El retiro y entrega de los elementos para su carga y/o prueba hidráulica, será por cuenta del adjudicatario debiendo registrarse el retiro por medio de un acta, donde constará la cantidad de unidades, tipo, capacidad, características y número de patrimonio. Dicha acta deberá estar firmada por el representante de la firma adjudicataria.

La devolución de las unidades extintoras se efectuará mediante remito numerado, donde consignarán los mismos datos que en el acta original de retiro.

La adjudicataria se hará única responsable en oportunidad del traslado de los extintores a su taller, razón por la cual, en caso de extravío, robo o destrucción por cualquier causa, deberá proceder a la reposición por elementos de iguales características y capacidad, en óptimo estado de funcionamiento y carga.

13.2. El contratista será responsable por los daños que ocasione por el uso de productos no autorizados por la autoridad competente, como así también por las intoxicaciones u otras enfermedades que pueda padecer el personal del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, imputables a la ingestión, inhalación o cualquier otra forma de contaminación con los productos que se propongan y se usen en los servicios.

14. MEDIDAS DE SEGURIDAD

El contratista deberá adoptar todas las medidas de seguridad acorde con los riesgos propios de las tareas a ejecutar con el objeto de proteger al personal a su cargo, al del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, y a terceros que se pudieran dañar con motivo de la falta de previsiones necesarias.

15. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 18:00 horas y hasta las 12:00 horas del día 8 de junio de 2006, en la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura ubicada en Leandro N. Alem 684 Entre Piso, en sobre cerrado, por duplicado, firmadas en todas sus hojas por el oferente o su representante legal debiendo estar dirigidas a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de esta Ciudad, e indicando como referencia la leyenda Contratación Directa (Res. CM Nº 240/2006) 16/2006, Expediente CM Nº DCC-0**/06-0”.

La oferta contendrá:

-Propuesta económica, conforme se detalla en el Punto 6 del presente pliego.

-La siguiente documentación:

A) Todo oferente deberá manifestar con carácter de Declaración Jurada, si tiene o no juicios pendientes con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y/o con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o Comisión Municipal de la Vivienda, sea como actor o demandado,indicando el importe comprometido en el pleito(Conf. Decreto N° 737/97).

B) Asimismo deberá manifestar, con carácter de Declaración Jurada, si tienen o no juicios pendientes con el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sea como actor o demandado, indicando el importe comprometido en el pleito.

C.1) Los oferentes podrán presentar el Certificado de Habilitación para Presentación de Ofertas emitido por el Registro Unico y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad (conf. artículo 37, capítulo IV, del Decreto N° 101/GCABA/2003).

Considerando lo previsto en el artículo 37, inciso d), capítulo IV del Decreto N° 101/GCABA/2003 que cita “Si la totalidad de la documentación presentada originariamente por el oferente se encuentra en regla o si debe adjuntar nueva documentación por haber vencido su plazo de vigencia.”, el proveedor podrá acompañar la documentación que se encontrare vencida con anterioridad a la apertura de las ofertas o en la oferta misma.

C.2) En caso de no presentar el certificado de habilitación para presentar ofertas emitido por el Registro Unico y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentarjunto con la oferta, la totalidad de la documentación requerida para su inscripción en el mismo, de acuerdo a lo previsto en el Capítulo III, “De la Inscripción” y sus concordantes del Decreto Nº 101/GCBA/03.

D) Los oferentes deberán presentar el Certificado del registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del que resulte que el oferente no está inscripto. Este certificado será exigible a las personas físicas y a la totalidad de las personas jurídicas que formen la voluntad social o integren el órgano de administración de las personas jurídicas (Ley Nº 269 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

E) En caso de que la propuesta económica sea superior a la suma de Pesos Treinta Mil ($ 30.000) los oferentes deberán presentar el Certificado Fiscal para Contratar del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vigente a la fecha de apertura de las ofertas, dando cumplimiento al Decreto Nº 540/GCBA/01 y su reglamentaria Resolución Nº 2647/SHYF/2002, y a la disposición Nº 119/DGR/01.

F) En caso de que la propuesta económica sea superior a la suma de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000) también deberá presentar el Certificado Fiscal para Contratar vigente a la fecha de apertura de las ofertas, dando cumplimiento a la Resolución Nº 135/AFIP/98 (B.O. Nº 28.893) y su modificatoria Resolución Nº 370/AFIP/99 (B.O. Nº 29.081).

16. APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el día 8 de junio de 2006 a las 12:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem, piso 12º frente, Ciudad de Buenos Aires.

17. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Los oferentes deberán asegurar por treinta (30) días desde la fecha de apertura, renovables automáticamente, salvo notificación fehaciente en contrario, el mantenimiento de la oferta que presentan.

 

18. GARANTÍAS DE OFERTA Y ADJUDICACIÓN

18.1) Los oferentes deberán constituir una garantía de oferta, a favor del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el 5% del valor total de la oferta, en alguna de las formas establecidas en el Artículo 61º de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley Nº 23.354/56), reglamentado por el Inciso 34 del Decreto 5720/72. Esta garantía será devuelta a quien no resulte adjudicatario dentro de los diez (10) días de producida la adjudicación.

18.2) Los oferentes deberán constituir una garantía de adjudicación, a favor del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el 15% del valor total de la adjudicación, de acuerdo a lo establecido por el inciso 33, apartado II del Decreto Nº 5720/PEN/72, reglamentario del artículo 61º del Decreto Ley Nº 23.354/56. Esta garantía será devuelta al adjudicatario dentro de los diez (10) días de finalizado el contrato a entera satisfacción del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En el caso de que el contrato contemple la cobertura de las prestaciones por un régimen de garantía técnica o de funcionamiento por los servicios o bienes incluidos en el mismo, la garantía de adjudicación será devuelta al adjudicatario una vez operado el vencimiento del período de dicha garantía.

18.3) No será necesario que los oferentes presenten garantía de mantenimiento de la oferta ni que los adjudicatarios integren la garantía de cumplimiento del contrato, cuando la oferta sea inferior a Pesos Cinco Mil ($ 5.000,00), conforme lo establecido en el Artículo 61º, inciso 37, del capítulo IV, de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley Nº 23.354/56, ratificado por ley Nº 14.467).

 

ANEXO A

IDENTIFICACION DEL PUESTO DE INCENDIO Y MATAFUEGO CORRESPONDIENTE

 

EDIFICIO AV. L. N. ALEM

Ej: A-01-01

A= Alem

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO AV. DE MAYO

Ej: M-01-01

M= Av. de Mayo

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO BERUTI

Ej: B-01-01

B= Beruti

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO ARIAS

 

Ej: AR-01-01

AR= Arias

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

EDIFICIO ALMAFUERTE

 

Ej: AL-01-01

AL= Almafuerte

01= Nº de Piso

01= Nº de Matafuego

ANEXO B

 

DISTRIBUCION DE MATAFUEGOS POR SEDES

 

SEDES

TIPO DE MATAFUEGO

Polvo Químico Seco ABC

Dióxido de Carbono

5 Kg

5 kg

Av. de Mayo 761

19

-

Av. L. N. Alem 684

29

-

Beruti 3345

9

1

Arias 4491

3

-

Almafuerte 37/ 45

5

-

 

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