Se dictamina acerca de la necesidad de rechazar el requerimiento formulado por el Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, Dr. Roberto Andrés Gallardo sobre la provisión de un juego de parlantes de madera, marca NOGA NET modelo E2090, para la computadora de su despacho, por no adecuarse al modelo tecnológico previsto para su implementación en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
Se dictamina acerca de la necesidad de rechazar el requerimiento formulado por el Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, Dr. Roberto Andrés Gallardo sobre la provisión de un juego de parlantes de madera, marca NOGA NET modelo E2090, para la computadora de su despacho, por no adecuarse al modelo tecnológico previsto para su implementación en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
Se dictamina acerca de la necesidad de rechazar el requerimiento formulado por el Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, Dr. Roberto Andrés Gallardo sobre la provisión de un juego de parlantes de madera, marca NOGA NET modelo E2090, para la computadora de su despacho, por no adecuarse al modelo tecnológico previsto para su implementación en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
DICTAMEN Nº 19/2006
1. Antecedentes
1.1 Las presentes actuaciones se inician mediante Oficio remitido por el Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, Dr. Roberto Andrés Gallardo, con fecha 26 de Septiembre del corriente año, por el cual solicita la provisión de un juego de parlantes de madera, marca NOGA NET modelo E 2090, para la computadora de su despacho.-
1.2 Mediante Remito Nº 671, de fecha 10 de Marzo de 2006, le fue entregado al Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, Dr. Roberto Andrés Gallardo, Parlantes USB.-
2. Consideraciones
2.1. En primer lugar, cabe destacar que, de acuerdo a la consideración de esta Comisión Auxiliar, el requerimiento del Señor Juez oficiante, no se adecua al modelo tecnológico previsto por esta Comisión para su implementación en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
2.2. En consonancia con lo expuesto en la consideración anterior, es que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires proveyó, oportunamente, al Dr. Roberto Andrés Gallardo, un juego de parlantes USB, mediante remito Nº 671, de fecha 10 de Marzo del corriente año, remito por la Sra. Valeria R. Roberto, en su carácter de Coordinadora de Mesa de Ayuda.-
2.3. En el supuesto que la Comisión de Administración y Financiera considere resuelva afirmativamente sobre la necesidad de adquirir los parlantes solicitados por el Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, esta Comisión, deja sentada su oposición a la misma, por las consideraciones vertidas anteriormente.-
3. Conclusiones
3.1. En orden a lo manifestado, esta Comisión estima necesario rechazar el requerimiento formulado por el Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, Dr. Roberto Andrés Gallardo, por no adecuarse al modelo tecnológico previsto para su implementación en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
3.2. En el supuesto que la Comisión de Administración y Financiera resuelva contrariamente a lo previsto en la conclusión 3.1, se deja sentado la oposición de esta Comisión Auxiliar por los motivos expuesto ut-supra.-
3.2 Remítase el presente dictamen a la Comisión de Administración y Financiera, para su tratamiento.-
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Octubre de 2.006.
(ausente)