Resolución de Presidencia Nº 0363/2021

Art. 1°: Fijar, a partir del 1° de Marzo de 2021, la Unidad de Medida Arancelaria “UMA” (artículo 20, Ley N° 5134), en la suma de Pesos CINCO MIL SIESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 21/100 ($ 5.633,21).