Resolución de Presidencia Nº 0886/2020

Art. 1°: Fijar, a partir del 1° de Marzo de 2020, la Unidad de Medida Arancelaria “UMA” (artículo 20, Ley N° 5134), en la suma de Cuatro Mil Trescientos Cincuenta y Seis ($4.356).