Art. 1º: Conceder licencia extraordinaria sin goce de haberes por excedencia de maternidad, a partir del día 04 de octubre de 2012 y hasta el día 01 de febrero de 2013 inclusive, de conformidad con lo normado en el tercer párrafo del Art. 69 (Res. CM Nº 425/07, 812/08 y 331/12) del Reglamento Interno, a la Dra. Andrea Pauletich, Prosecretaria Administrativa en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº 5.