Resolución de Presidencia Nº 158/2010

Artículo 1: Sustituir el artículo 6 del anexo I de la resolución CM Nº 845/2010, el cual quedará redactado del siguiente modo: "Cronograma de turnos. El presente reglamento entra en vigencia el 01/11/2010. Las semanas se contabilizan desde el miércoles a las 15 hs hasta el miércoles siguiente a las 9 hs. El orden de los juzgados de turno es el siguiente: la primera semana de noviembre de 2010 se encuentra a cargo del turno el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 1, la segunda semana se encuentra a cargo del turno el juzgado con numeración ascendente que inmediatamente le sigue y así sucesivamente. La Secretaría General confeccionará el cronograma de turnos correspondiente en forma anual y previa al inicio de cada ciclo, conforme lo dispuesto anteriormente. El juez a cargo del turno deberá entregar el teléfono celular correspondiente al juez siguiente en orden, entre las 9 y las 15 hs del miércoles".