Resolución de Presidencia Nº 0852/2012

Art. 1º.- Rectificase la Resolución de Presidencia Nº 840/2012 y reemplácese la frase “Que si bien el beneficio pretendido no está previsto reglamentariamente, resulta atendible en razón de que el agente Fasan se compromete a compensar la carga horaria reglamentaria los días martes, miércoles y jueves, por lo que no se verá afectado el normal funcionamiento ni la prestación de Justicia.” por “Que si bien el beneficio pretendido no está previsto reglamentariamente, resulta atendible en razón de que la agente Álvarez Fernández se compromete a compensar la carga horaria reglamentaria los días martes, miércoles y jueves, por lo que no se verá afectado el normal funcionamiento ni la prestación de Justicia.”