Resolución de Presidencia Nº 1254/2012

Art. 1º: Conceder licencia extraordinaria por motivos particulares sin goce de haberes a partir del día 01 de febrero y hasta el día 31 de julio de 2013 inclusive, por los motivos expuestos en los considerandos, al Sr. Francisco Gargiulo, Escribiente en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº 12.