RES. Nº 874/2007

Designar como responsable de la administración y rendición del Fondo Permanente de Infraestructura al Director de Obras y Mantenimiento, en reemplazo del Director General de Infraestructura y Obras, cuando éste se encuentre ausente por cualquier motivo.

Designar como responsable de la administración y rendición del Fondo Permanente de Infraestructura al Director de Obras y Mantenimiento, en reemplazo del Director General de Infraestructura y Obras, cuando éste se encuentre ausente por cualquier motivo.

Designar como responsable de la administración y rendición del Fondo Permanente de Infraestructura al Director de Obras y Mantenimiento, en reemplazo del Director General de Infraestructura y Obras, cuando éste se encuentre ausente por cualquier motivo.

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2007

 

RES Nº 874 /2007

 

VISTO:

La Resolución CM Nº 543/2003, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la referida resolución se aprobó un régimen de Fondo Permanente Especial, para atender los gastos menores y/o urgentes correspondientes a la compra de bienes y contrataciones de servicios para el mantenimiento, adecuación y refacción de las estructuras edilicias en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

Que por Res. CM Nº 286/2007 se creó la Dirección General de Infraestructura y Obras y se modificó parcialmente el art. 2º de la Resolución CM Nº 543/2003, designando al Director General como responsable de la administración y rendición del Fondo Permanente Especial.

Que toda vez, que en dicha resolución no se estableció quien es el reemplazante del Director General de Infraestructura y Obras como responsable de Fondo, corresponde establecer que sea el Director de Obras y Mantenimiento quien lo reemplace en caso de ausencia de aquel, cualquiera sea el motivo.

Que, a su vez, y conforme lo informado por la Dirección de Programación y Administración Contable, razones operativas aconsejan para tornar más eficiente la operatoria del citado Fondo, que los cheques correspondientes a los pagos que se realicen por el Fondo Permanente de Infraestructura se emitan a través de la Cuenta Corriente Nº 358/0 Suc. 053 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 31 y su modificatoria,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1º: Designar como responsable de la administración y rendición del Fondo Permanente de Infraestructura al Director de Obras y Mantenimiento, en reemplazo del Director General de Infraestructura y Obras, cuando éste se encuentre ausente por cualquier motivo.

Art. 2º: Establecer que los cheques correspondientes a los pagos que se realicen por el Fondo Permanente de Infraestructura se emitan a través de la Cuenta Corriente Nº 358/0 Suc. 053 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 3º: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que proceda al cierre de la Cuenta Corriente Nº 705/6, Suc. 053 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, luego de que se hayan debitado todos los cheques emitidos que se encuentren pendientes de pago; y que el saldo remanente sea transferido a la Cuenta Corriente Nº 358/0.

Art. 4º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a la Oficina del Administrador General y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN Nº 874 /2007

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta