RES. Nº 921/2008

Tener presente que en tanto se extienda la feria judicial dispuesta por el art. 1º de la Res. CM Nº 862/2008 para el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 13, entre los días 3 y 14 de noviembre, funcione como Juzgado de feria a su respecto el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 14.