RES. Nº 882/04

 

Autorizar el pago a la Perito Contadora Emma Cristina Villar

 

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2004

RES. N° 882/2004

VISTO:

Las actuaciones N° 15854/04, 14321/04 y 11812/04 ingresadas en razón de oficios remitidos por la titular del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas N° 4, Dra. Graciela Beatriz Dalmas, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante dichos oficios se informa a este organismo que en el expediente N° 18127-C/02 caratulado "De Riso Osvaldo Daniel y Fiori Humberto Eduardo s/ infr. Art. 72 del C.C." del registro del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas N° 4, se regularon honorarios profesionales a favor del Perito Ingeniero Pedro H. Degli Esposti y de la Perito Contadora Emma Cristina Villar, por la suma de Pesos Seiscientos ($600.-) y Pesos Trescientos ($300.-), respectivamente.

Que, asimismo, informa que en el sumario en cuestión se dispuso la absolución de los imputados, con la consecuente carencia de condenados en costas, requiriendo se arbitren los medios necesarios para hacer efectivo el pago de los honorarios regulados a los peritos auxiliares nombrados.

Que a fs. 17/33 obra copia certificada de la resolución abordada en autos, la cual según informa la magistrada se encuentra a la fecha firme por haber sido confirmada por la Cámara del Fuero.

Que a fs. 44/5 obran copias certificadas de la regulación de los honorarios de los peritos auxiliares Contadora Emma Cristina Villar y Pedro H. Degli Esposti, respectivamente, por los montos mencionados en los párrafos anteriores.-

Que a fs. 50 la titular de la Dirección de Programación y Administración Contable, Dra. Gabriela Serra, solicita a la Dirección de Asuntos Jurídicos, se expida respecto del presente.-

Que a fs. 51 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante el dictamen Nº 412/04, en el cual manifiesta que tratándose de honorarios regulados en una causa en la cual se resuelve absolver a los imputados, sin que exista en consecuencia una parte condenada en costas, corresponde el pago de los mismos por parte del Consejo de la Magistratura.

Que mediante el dictamen N° 108/04 a fs. 52 se expidió la Comisión de Administración y Financiera, la cual compartiendo los fundamentos esgrimidos por la Dirección de Asuntos Jurídicos, propone a este Plenario de Consejeros aprobar el pago de los honorarios profesionales correspondientes a los peritos Pedro H. Degli Esposti y Emma Cristina Villar en razón de su intervención en los autos "De Riso Osvaldo Daniel Anibal y Fiori Humberto Eduardo s/ infr. Art. 72 del C.C.".

Que a fs. 60/1 obra las constancia de registración presupuestaria N° 2004-11000291/292 emitida por la Dirección de Programación y Administración Contable denotando la existencia de fondos suficientes para afrontar dicha erogación.

Que el temperamento jurisdiccional abordado en autos imposibilita la condenación en costas a alguna de las partes; así entonces, entendiendo que la actividad desplegada por los peritos fue correctamente desempeñada, según se desprende de las constancias remitidas por la titular del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas Nº 4, y atendiendo los fundamentos esgrimidos por la Dirección de Asuntos Jurídicos, corresponde el pago del abono de los honorarios profesionales de los peritos intervinientes en autos con patrimonio de este Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Art. 1°: Autorizar el pago a la Perito Contadora Emma Cristina Villar en concepto de honorarios profesionales regulados en el sumario N° 18127-C/02 caratulado "De Riso Osvaldo Daniel y Fiori Humberto Eduardo s/ infr. Art. 72 del C.C." del registro del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas N° 4 por la suma de Pesos Trescientos ($300.-).

Art. 2°: Autorizar el pago al Perito Ingeniero Pedro H. Degli Esposti en concepto de honorarios profesionales regulados en el sumario N° 18127-C/02 caratulado "De Riso Osvaldo Daniel y Fiori Humberto Eduardo s/ infr. Art. 72 del C.C." del registro del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas N° 4 por la suma de Pesos Seiscientos ($600.-).

Art. 3°: Regístrese, comuníquese a los interesados, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Tesorería, al Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N° 4 publíquese en el Boletín Oficial de esta Ciudad, en la página web de este organismo y, oportunamente, archívese.

     

RESOLUCION N° 882/2004

   
     

Carla Cavaliere

María Magdalena Iráizoz

L. Carlos Rosenfeld

(momentáneamente ausente)

   
     

Carlos Francisco Balbín

Germán C. Garavano

Juan Sebastián De Stefano

 

(según su voto)

 
     

Bettina Paula Castorino

Diego May Zubiría

María Celia Marsili

   

(momentáneamente ausente)