RES. Nº 961/2006

Reconvertir el Concurso de Anteproyectos para la adecuación del ex Mercado Falcón, sito en la calle Ramón L. Falcón 2714 de ésta Ciudad, aprobado mediante RES. CM N° 1039/05, en Concurso de Ideas de carácter no vinculante para la adecuación y refuncionalización de dicho inmueble.

Reconvertir el Concurso de Anteproyectos para la adecuación del ex Mercado Falcón, sito en la calle Ramón L. Falcón 2714 de ésta Ciudad, aprobado mediante RES. CM N° 1039/05, en Concurso de Ideas de carácter no vinculante para la adecuación y refuncionalización de dicho inmueble.

Reconvertir el Concurso de Anteproyectos para la adecuación del ex Mercado Falcón, sito en la calle Ramón L. Falcón 2714 de ésta Ciudad, aprobado mediante RES. CM N° 1039/05, en Concurso de Ideas de carácter no vinculante para la adecuación y refuncionalización de dicho inmueble.

 

Buenos Aires, 12 de diciembre de 2006

 

RES. N° 961 /2006

 

VISTO :

El expediente PLN-150/05-0 caratulado “PLN s/proyecto ex mercado Falcón”, la Res. CM N° 1039/2005, y

 

CONSIDERANDO :

Que sin perjuicio de las consideraciones vertidas en oportunidad del dictado de la norma mencionada en último término en el VISTO, la Comisión Auxiliar de Infraestructura Judicial ha producido dictamen recomendando la reconversión del originariamente denominado Concurso de Anteproyectos para la adecuación del ex Mercado Falcón.

 

Que las observaciones formuladas por la Comisión Auxiliar indicada encuentran su basamento en que las características tanto del inmueble cuanto las zonales han tornado la tarea encomendada de particular dificultad.

 

Que Asimismo, en atención a la incorporación en materia estética por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de criterios conservacionistas en relación a inmuebles que hubieren formado parte del conocimiento y cultura popular, ha agregado un factor más a considerar en la elaboración del anteproyecto.

 

Que en tales condiciones, el actual Concurso de Anteproyectos debe adecuarse de modo tal que constituya un Concurso de Ideas de carácter no vinculante con quien resulte ganador.

 

Que así las cosas resulta oportuno y conveniente la incorporación de una adenda en el convenio celebrado con la Sociedad Central de Arquitectos que autorizó la Res. CM N° 1039/2005 y que aprobó oportunamente la realización del Concurso de Anteproyectos que nos ocupa, mediante la cual quede debidamente plasmada la condición de NO VINCULANTE, así como otorgue una mayor amplitud para las propuestas que formulen los participantes.

 

Que asimismo, al igual que en la Res. CM N° 1039/2005, se pondera favorablemente el mecanismo concursal adoptado habida cuenta de los antecedentes que respaldan el criterio tomado.

 

Que el dictado de la presente no enerva en medida alguna las facultades oportunamente conferidas a la Dirección de Infraestructura y Obras de éste Consejo, así como las incumbencias de la mencionada Dependencia.

 

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ley 31 y demás normas concordantes,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE :

Art. 1°: Reconvertir el Concurso de Anteproyectos para la adecuación del ex Mercado Falcón, sito en la calle Ramón L. Falcón 2714 de ésta Ciudad, aprobado mediante RES. CM N° 1039/05, en Concurso de Ideas de carácter no vinculante para la adecuación y refuncionalización de dicho inmueble.

 

Art. 2°: Aprobar la ADENDA al convenio oportunamente celebrado con la Sociedad Central de Arquitectos que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

:: Anexo

Art. 3°: Autorizar a la Presidencia del Consejo de la Magistratura a suscribir el documento mencionado en el artículo precedente con la Sociedad Central de Arquitectos.

 

Art. 4°: Regístrese, comuníquese al Administrador General y por su intermedio a las áreas que corresponda, a la Comisión Auxiliar de Infraestructura Judicial, a la Oficina de Administración y Financiera, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página de Internet del Poder Judicial, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 961 /2006.

Juan Sebastián De Stefano Secretario Carla Cavaliere Presidente