RES. Nº723/03

Rectificar el error material incurrido en el Artículo 1° de la Resolución CM N° 718/2003

Rectificar el error material incurrido en el Artículo 1° de la Resolución CM N° 718/2003

Rectificar el error material incurrido en el Artículo 1° de la Resolución CM N° 718/2003

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2003

RES. Nº 723/2003

VISTO:

La Resolución CM N° 718/2003 del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

CONSIDERANDO:

Que por un error material involuntario, en el artículo 1° de la citada Resolución se consignó erróneamente como monto de la adjudicación a la firma VALOT S.A. de los renglones 1 y 2, el valor de "Pesos Dos Mil Setecientos Cuatro ($ 2.734,00)", cuando debió decir "Pesos Dos Mil Setecientos Treinta y Uno ($ 2.731,00) ", conforme se expresa correctamente a fojas 90 del expediente Nº 163/2003.

Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos (Dto. 1510/1997 ratificado por Res. LCABA N° 41/98) establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que corresponde, en consecuencia, proceder a su rectificación.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LACIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:

Art. 1º: Rectifícase el error material incurrido en el Artículo 1° de la Resolución CM N° 718/2003, reemplazando los términos "Pesos Dos Mil Setecientos Cuatro ($ 2.734,00)", por "Pesos Dos Mil Setecientos Treinta y Uno ($ 2.731,00) ".

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN N° 723/2003

Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino

María Magdalena Iráizoz Juan Sebastián De Stefano

María Celia Marsili Abel M. Fleitas Ortiz de Rozas (No firma por hallarse en uso de licencia)