RES. Nº 800/2011

Conceder licencia extraordinaria por motivos particulares sin goce de haberes desde el día 31 de octubre de 2011 y hasta el día 28 de febrero de 2012 inclusive, por los motivos expuestos en los considerándos, conforme lo establece el art. 84 del reglamento interno Sra. Micaela Castro Mosqueda, Auxiliar en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº 2.