RES. Nº 653/2006

Aprobar la puesta en marcha del “Programa de Guarderías del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Aprobar la puesta en marcha del “Programa de Guarderías del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Aprobar la puesta en marcha del “Programa de Guarderías del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

 

Buenos Aires, 12 de septiembre de 2006

 

RES Nº 653 /2006

 

 

 

VISTO:

Lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley N° 31, la Resolución CM N° 924/2004, sus modificatorias y concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que, a raíz de las múltiples solicitudes formuladas por diversos agentes del Poder Judicial de la Ciudad en relación a la implementación de Jardines Maternales o Guarderías, y teniendo en vista los recursos presupuestarios disponibles en aquel momento, por Resolución CM N° 924/2004, se dispuso el otorgamiento de un subsidio correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de la cuota de los Jardines Maternales o Guarderías a que concurran los hijos de los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con edades de hasta cuatro (4) años, que en ningún caso podría superar los Pesos Ciento Veinte ($120).

Que, mediante Resolución CM N° 475/2006, se dispuso la eliminación del tope del 50% de subsidio previsto en la Resolución CM N° 924/2004, elevándose el monto del mismo a la suma de Pesos ciento cincuenta ($ 150.-) como cifra máxima posible de liquidación.

Que, entre las funciones asignadas al Consejo de la Magistratura por el artículo 1° de la Ley N° 31, se encuentra la de promover el óptimo nivel de los integrantes del Poder Judicial de la Ciudad.

Que dicho mandato debe ser entendido de una manera integral, considerando el concepto de nivel no sólo en el plano técnico-académico, sino también humano.

Que, en orden a lo expuesto, los Sres. Consejeros consideran que se encuentran dadas las condiciones para avanzar en la implementación de guarderías para los hijos del personal de la Justicia de la Ciudad, dando así satisfacción a un viejo anhelo de los trabajadores judiciales.

Que, habida cuenta de las múltiples aristas que presenta el proyecto, que involucra aspectos jurídicos, administrativos, contables, financieros, sanitarios, pedagógicos y edilicios, resulta necesario disponer la creación de una “unidad de implementación” para su concreción.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 31 y su modificatoria,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar la puesta en marcha del “Programa de Guarderías del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Artículo 2°: Disponer la creación de una “Unidad de implementación” para el estudio de factibilidad, diseño y seguimiento del programa aprobado en el artículo anterior.

Artículo 3°: Designar a ..... en la “Unidad de implementación” creada en el artículo anterior.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.

RESOLUCION Nº 653 /2006

Juan Sebastián De Stefano Secretario Carla Cavaliere Presidenta