RES. Nº864/03

Aprobar la celebración de un convenio con la Universidad Austral

Aprobar la celebración de un convenio con la Universidad Austral

Aprobar la celebración de un convenio con la Universidad Austral

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2003

RES. N° 864/2003

VISTO:

El informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial con relación a la firma de un convenio de colaboración con la Universidad Austral.

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial evalúa positivamente la propuesta, y señala que el convenio establece un marco de acuerdo de asistencia y colaboración recíprocas, que se ajusta a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 31 y a los términos de la Resolución CM nº 115/03.

Que como primer objetivo del convenio se ha previsto una implementación relacionada con las carreras de posgrado "Maestría en Derecho y Magistratura Judicial" y "Master en Derecho Administrativo" en la promoción 2004/2005.

Que la entidad ofrece un arancel preferencial consistente en un 33% (treinta y tres por ciento) de descuento sobre las cuotas correspondientes a sus carreras de posgrado a favor de los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que ello no supone erogación alguna por parte de este Consejo de la Magistratura.

Que a los efectos de integrar la Unidad de Coordinación prevista en la mecánica del convenio resulta conveniente designar al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial y a su Jefe de Departamento.

Por ello,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESRESUELVE:

Art. 1º: Apruébase la celebración de un convenio con la Universidad Austral, en los términos del modelo que como Anexo I integra la presente y del Protocolo de implementación de proyecto, que como Anexo II integra la presente.Art. 2º: Desígnase al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial como miembro titular en representación del Consejo de la Magistratura, de la Unidad de Coordinación de dicho Convenio y como miembro suplente al Jefe de Departamento del Centro de Formación Judicial.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese, difúndase en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y oportunamente, archívese.

RESOLUCION N° 864/2003

Diego J. May Zubiría Bettina Paula Castorino

María Magdalena Iráizoz Juan Sebastian De Stefano

María Celia Marsili Abel Fleitas Ortiz de Rozas (no firma por encontrarse en uso de licencia)

Anexo IRes. N° 864/2003

CONVENIO

Entre el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante denominado "EL CONSEJO", con domicilio en la Av. Leandro N. Alem 684, de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por su Presidenta, Dra. Bettina Paula Castorino y la UNIVERSIDAD AUSTRAL, con domicilio en la Avenida Juan de Garay 125, de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Dr. José Alejandro Consigli, en adelante "LA UNIVERSIDAD", se formaliza el presente convenio de colaboración recíproca, que se regirá por las cláusulas siguientes y las que se establezcan en los proyectos específicos.

Considerando la extensa y reconocida trayectoria del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires

Y, considerando que la Universidad Austral se ha propuesto la misión de prestar el servicio más amplio posible a la sociedad, fomentando una actitud sensible y activa frente a los grandes problemas que afectan al bien común, y promoviendo, con visión universal, la solidaridad con los más necesitados expresada en actividades de las unidades académicas que cuenten con la participación de alumnos y profesores, y así concretar la enseñanza de San Josemaría Escrivá de Balaguer, inspirador del ideario de la institución, que dijo:

"La universidad no vive de espaldas a ninguna incertidumbre, a ninguna inquietud, a ninguna necesidad de los hombres. No es misión suya ofrecer soluciones inmediatas. Pero, al estudiar con profundidad científica los problemas, remueve también los corazones, espolea la pasividad, despierta fuerzas que dormitan, y forma ciudadanos dispuestos a construir una sociedad más justa" (Discurso 'La universidad ante cualquier necesidad de los hombres', pronunciado el 7-X-1972 en la Universidad de Navarra, España).

Se reconoce por lo tanto, la existencia de múltiples campos en los que ambas instituciones pueden encarar proyectos conjuntos, y se conviene lo siguiente:

ARTÍCULO 1º: El presente acuerdo está destinado a desarrollar, en la medida de las posibilidades y medios financieros disponibles, la colaboración en los campos de interés común para las dos instituciones, tanto en lo que se refiere a la docencia y la investigación, como a la prestación de servicios a la comunidad.

ARTÍCULO 2º: La Universidad Austral y el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de programar, orientar y coordinar las actividades que deriven de la aplicación de este convenio designarán representantes, quienes, conjuntamente con los órganos respectivos competentes al efecto, actuarán de nexos institucionales.

ARTÍCULO 3º: Se identifican a continuación algunos campos de acción conjunta que podrán dar lugar a convenios específicos entre Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires y las unidades académicas de la Universidad Austral más directamente implicadas:

1) Pasantías de alumnos en distintas áreas funcionales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires en las que puedan ejercitarse en las competencias específicas de su carrera y contribuir al desarrollo de la institución.

2) Capacitación del personal del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires en los programas de la Universidad que se articulen con las necesidades operativas de la institución.

3) Participación de profesores y alumnos en la evaluación y asesoramiento técnico de programas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires que requieran de conocimientos y habilidades profesionales relacionadas con áreas de conocimiento específicas.

4) Cursos de perfeccionamiento a cargo de especialistas de reconocida trayectoria en el tema.

ARTÍCULO 4º: Para cada programa o proyecto específico deberá ser desarrollado un subacuerdo o protocolo. Este documento deberá incluir la siguiente información:1) El origen, la naturaleza y la descripción del programa - proyecto.2) Los nombres de los responsables y los participantes de cada institución.3) La duración del programa - proyecto.4) Los recursos financieros previstos para cubrir los gastos relacionados con el proyecto y la distribución del dinero en cuestión.5) La aprobación de las autoridades respectivas de ambas instituciones.

ARTÍCULO 5º: Ambas partes se comprometen a realizar las gestiones pertinentes ante las instituciones oficiales, organismos internacionales, fundaciones, organizaciones de bien público o asociaciones privadas, con el fin de procurar su contribución al mejor logro de los objetivos del presente convenio.

ARTÍCULO 6º: Toda la información resultante de actividades conjuntas realizadas bajo este acuerdo estará a disposición de ambas partes, a menos que se establezcan otras normas.

ARTÍCULO 7º: Los derechos intelectuales que se originen de trabajos realizados en el marco de este convenio pertenecen a ambas partes. En aquellas iniciativas en las que sea posible la obtención de resultados de importancia económica, ambas partes realizarán las debidas previsiones respecto de la propiedad de los resultados que se obtengan, así como de su protección.

ARTÍCULO 8º: El convenio se firma por un periodo de cinco años, tácitamente renovables. Durante este lapso, toda modificación eventual, consentida por las dos partes, será comunicada por escrito y añadida como un anexo al presente documento. El acuerdo podrá ser renunciado en cualquier momento por cualquiera de las partes, mediante un preaviso de seis meses.

ARTICULO 9º: Las partes acuerdan, para el caso de controversia entre ellas, someterse a la jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Y para que conste y en señal de conformidad, se suscribe el presente convenio en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los días del mes de de 2003.

POR EL CONSEJO: POR LA UNIVERSIDAD:

Bettina Paula Castorino José Alejandro ConsigliPresidenta Rector

Anexo IIRes. N° /2003

PROTOCOLO DE IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTO

Entre el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante denominado "EL CONSEJO", con domicilio en la Av. Leandro N. Alem 684, de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por su Presidenta, Dra. Bettina Paula Castorino y la UNIVERSIDAD AUSTRAL, con domicilio en la Avenida Juan de Garay 125, de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Dr. José Alejandro Consigli, en adelante "LA UNIVERSIDAD", se formaliza el presente protocolo de implementación de proyecto de acuerdo al artículo 4º del convenio de colaboración recíproca, celebrado entre ambas partes y que se regirá por las cláusulas siguientes.

PRIMERA: LA UNIVERSIDAD ofrece un arancel preferencial consistente en un 33% (treinta y tres por ciento) de descuento sobre las cuotas correspondientes a sus carreras de posgrado "Maestría en Derecho y Magistratura Judicial" y "Master en Derecho Administrativo" en la promoción 2004/2005, a favor de los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SEGUNDA: EL CONSEJO acepta el arancel preferencial y se compromete a difundir el contenido del presente convenio entre los magistrados, integrantes del Mnisterio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El cumplimiento del presente convenio, no implicará ninguna erogación por parte del CONSEJO.

TERCERA: Si EL CONSEJO resolviera otorgar becas informará a la UNIVERSIDAD los datos de los becarios.

CUARTA: A los efectos de determinar y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por 1 (un) miembro titular y 1 (un) miembro suplente por cada una de ellas. Por el CONSEJO, será el Dr. Eduardo Molina Quiroga, Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial como miembro titular, y el Dr. Carlos María Parise, Jefe de Departamento de Formación Judicial y Administrativa, como miembro suplente.Por LA UNIVERSIDAD será (...), como miembro titular, y (...), como miembro suplente.

PREVIA LECTURA Y RATIFICACIÓN de los términos precedentes, se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los días del mes de de dos mil tres.

POR EL CONSEJO: POR LA UNIVERSIDAD:

Bettina Paula Castorino José Alejandro ConsigliPresidenta Rector