RES. Nº490/03

Descentralizacion contravencional Pompeya

Descentralizacion contravencional Pompeya

Descentralizacion contravencional Pompeya

Buenos Aires, 28 de agosto de 2003

RES. CM Nº 490 /2003VISTO:

El Expediente CM N° 93/03 ?C.M.C.A.B.A. s/Descentralización Justicia Contravencional ? Barrio de Pompeya?, y

CONSIDERANDO: Que por el citado expediente tramita la búsqueda de un inmueble apto para la instalación de una fiscalía, una defensoría y un juzgado, en el Barrio de Pompeya, en el marco del proyecto de descentralización de la Justicia Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que está implementando este Consejo de la Magistratura.Que el barrio de Pompeya ha sido seleccionado para implementar la descentralización de la justicia, en virtud del formal reclamo efectuado por sus habitantes, y mediante el trabajo conjunto con los representantes del Ministerio Público de la Ciudad.Que, como se ha sostenido en resoluciones anteriores, la descentralización de la justicia constituye uno de los objetivos prioritarios de esta gestión, pues consideramos que redunda en un mejoramiento en la prestación del servicio de justicia para todos aquellos que habitan o transitan por la Ciudad de Buenos Aires.Que, la mejora cualitativa que se pretende obtener respecto del servicio de justicia, será posible en la medida que la descentralización abarque no sólo a las fiscalías contravencionales, que tienen a su cargo la importante tarea de prevención e investigación de las contravenciones y faltas, sino también a las defensorías oficiales y a los juzgados. Ello, en el entendimiento de que este diseño institucional permitirá remover los obstáculos funcionales, geográficos y económicos que las personas pueden encontrar para acceder a la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El ejercicio igualitario y libre del derecho constitucional de acceso a la justicia, redundará, sin duda alguna, en el pleno desarrollo de las personas y garantizará su efectiva participación en la vida política, económica y social de la comunidad autónoma (arts. 11 último párrafo, art. 12 inc. 6 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).Que, en el marco de trabajo conjunto con las autoridades de la Cuidad, la Sra. Subsecretaria de Justicia y Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad, Dra. Alejandra Tadei, remitió a este Consejo los planos de una propiedad contigua al inmueble de la Av. Almafuerte 33/35, donde funcionarán las Fiscalías del Ministerio Público Fiscal de la Nación, documentación agregada a fs. 2 a 7 de las actuaciones de referencia.Que, estimando conveniente continuar con la política conjunta de descentralización de la justicia, tal como se ha implementado en el Barrio de Saavedra de esta ciudad, se encomendó a la Unidad de Infraestructura y Obras de este Consejo que evaluara si el inmueble reúne las condiciones necesarias para la instalación de las tres dependencias judiciales.Que a fs. 12/13, los Sres. Arquitectos Diego Scipioni y Roberto Larreguy, luego de visitar el edificio, informan que el mismo cuenta con las condiciones necesarias para la instalación de las mencionadas dependencias, siempre y cuando se pudiera disponer de todo el inmueble en bloque.Que, por Resolución CM N° 388/2003, se encomendó al Sr. Vicepresidente Primero del Consejo de la Magistratura, Dr. Diego May Zubiría, llevar adelante las gestiones tendientes a obtener la tasación oficial del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, por la locación del referido inmueble.Que a fs. 41/50 obra la tasación oficial del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, estimando el valor mensual del canon locativo del inmueble en la suma de tres mil cien pesos ($ 3.100.-) Que, conforme surge del informe elaborado por el Dr. Diego May Zubiría obrante a fs. 51, las condiciones de contratación ofrecidas por el titular del inmueble resultan satisfactorias, toda vez que el precio de la locación es inferior in cien pesos ($ 100.-) a la tasación oficial.Que a fs. 54/55 obra el dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante el que se verifica que no existen objeciones legales para proceder mediante el mecanismo de contratación directa en el caso en análisis, así como que se encuentran reunidos todos los extremos legales para proceder a la contratación.Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para esta contratación, lo que queda acreditado con la Constancia de Registración N° 2003-08000299, obrante a fs.56Que, por último, obra agregado el informe de la Ley 269 respecto de la contratista, el que arroja resultado negativo.Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:Artículo 1º: Aprobar la contratación directa para la locación del inmueble sito en la Av. Almafuerte 37/45 de esta Ciudad, en los términos y condiciones descriptos en el dictamen jurídico obrante a fs. 54/55 del Expediente CM N° 93/03, caratulado ?C.M.C.A.B.A. s/ Descentralización Justicia Contravencional ? Barrio de Pompeya? . Artículo 2°: Encomendar a la Sra. Presidenta del Consejo de la Magistratura la suscripción, en representación del Cuerpo, del contrato referido en el artículo anterior.Artículo 3°: Encomendar a la Dirección de Infraestructura y Obra la proyección de las remodelaciones necesarias para ajustar el inmueble sito en Almafuerte 37/45 de esta Ciudad a las necesidades funcionales de las dependencias judiciales que allí se intalarán.Artículo 4º: Requerir al Señor Fiscal General de la Ciudad, Dr. José Luis Mandalunis, que disponga lo necesario para determinar cuál será la fiscalía en lo Contravencional que se trasladará al barrio de Pompeya de esta Ciudad.Artículo 5º: Requerir al Señor Defensor General de la Ciudad, Dr. Víctor Hortel, que disponga lo necesario para determinar cuál será la defensoría oficial en lo Contravencional que se trasladará al barrio de Pompeya de esta Ciudad.Art. 6º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese a los Sres. Titulares del Ministerio Público, a la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas, a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Dirección de Infraestructura y Obras, a la Dirección de Compras y Contrataciones, publíquese en la página de internet, y oportunamente, archívese.

Castorino - May Zubiría - De Stefano ? Iráizoz ? Marsili - Fleitas Ortiz de Rozas (No firma por encontrarse en uso de licencia) -