RES. CAyF Nº033/05

Códigos de Descuento para ADA

 

Buenos Aires, 29 de julio de 2005.

 

RESOLUCIÓN CAyF N° 33 /2005

 

VISTO :

La Actuación 19.821/04 y

 

CONSIDERANDO :

Que mediante la actuación de referencia tramita la solicitud interpuesta por la Asociación de Derecho Administrativo de la C.A.B.A., a través de la figura de su Presidente, Dra. Nélida Mabel Daniele, mediante la cual requiere se proceda a la adopción de las medidas necesarias tendientes a la creación de un código de descuento a los fines de que sus asociados que presten funciones en el Poder Judicial de la C.A.B.A. puedan debitar automáticamente de sus haberes el importe de la cuota social mensual.

Que con copias certificadas del Acta Constitutiva y de la Resolución I.G.J. 1182/04, que obran a fs. 7/17 de las presentes actuaciones, se acredita la personería jurídica que ostenta la Asociación presentante.

Que a su turno se expidió el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante el dictamen 642/05, por el cual manifestó que no econtraba objeción alguna respecto del modelo a utilizarse para la rúbrica del convenio respectivo entre este organismo y la asociación en cuestión (fs. 27).

Que esta Comisión -por mayoría- propuso al Plenario mediante el dictamen nº 86/05 otorgar a la Asociación de referencia su correspondiente código de descuento de haberes (fs. 28/9).

Que a fs. 33/37 luce el proyecto de resolución, convenio y formulario respectivo elaborado por la Dirección de Programación y Administración Contable.

Que el Departamento de Coordinación manifestó a fs. 39/40 que no existen objeciones que realizar respecto de los proyectos elevados, y que se han verificado todos los pasos previstos en el circuito administrativo.

Que, sentado ello, cabe destacar que conforme se desprende de la documentación acompañada, la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires está constituida como asociación civil sin fines de lucro y su principal objeto social radica en el estudio y mejoramiento de las instituciones jurídicas de la Ciudad; y que numerosos empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial de la Ciudad se cuentan entre sus asociados.

En virtud de lo expuesto, y atento a que con posterioridad a la elaboración del dictamen 86/05, el Plenario delegó en esta Comisión-entre otras cuestiones- la resolución de las solicitudes de códigos de descuento (Res. C.M. Nº 344/2005), es que;

 

LA COMISION DE ADMINISTRACION Y FINANCIERA

 

RESUELVE:

Art. 1°: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que, mediante la realización de las medidas necesarias a tal efecto, proceda a otorgar un código de descuento de haberes a la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°: Aprobar el convenio a firmarse entre la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y este Consejo de la Magistratura, el cual obra como Anexo I formando parte de la presente como un todo; y autorizar al Presidente del Consejo, Dr. L. Carlos Rosenfeld, a suscribirlo.

Art. 3º: Aprobar el formulario modelo de autorización de descuento de haberes, el cual obra como Anexo II, formando parte de la presente en un todo.

Art. 4º: Regístrese, comuníquese al interesado, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Liquidación de Haberes, publíquese en la página web de este organismo y, oportunamente, archívese.

     

RESOLUCIÓN CAyF N° 33 /2005

   
     

Jorge D. Caputo

Germán C. Garavano

Carlos L. Rosenfeld (Ausente)

 

Anexo I

CONVENIO

Entre el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, representado en este acto por el Sr. Presidente Dr. León Carlos Rosenfeld, D.N.I. 4.390.586, en adelante el CONSEJO por una parte, y por la otra la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Presidente Nélida Mabel Daniele, D.N.I. 12.348.520, con domicilio en Coronel Díaz 1781, 4º 16, de esta Ciudad, en adelante la ASOCIACIÓN, en el entendimiento de brindar un adecuado procesamiento de la información y una correcta imputación de los descuentos a efectuarse a los asociados que correspondan, CONVIENEN ajustarse a los términos del siguiente acuerdo, que regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: La ASOCIACIÓN comunicará al CONSEJO una nómina de sus asociados que hayan autorizado la deducción del importe de su cuota social de la planilla de liquidación de haberes respectiva, con el detalle del monto correspondiente. Asimismo, en caso de producirse altas o bajas en dicha nómina la ASOCIACIÓN lo hará saber al CONSEJO el primer día hábil de cada mes.-----------------------------------------------------------

SEGUNDA: La ASOCIACIÓN comunicará al CONSEJO la apertura de una cuenta corriente a su orden en el Banco Ciudad de Buenos Aires, donde serán depositados los importes deducidos citados en la cláusula primera. La ASOCIACIÓN podrá requerir los comprobantes o constancias de depósito correspondiente.-----------------------------------------------------------

TERCERA: Deberá contarse previamente con la conformidad expresa y fehaciente del asociado para el descuento de los haberes, dirigida al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un formulario de autorización cuyo modelo se adjunta al presente como Anexo.-----------------------------------------------------------------------------------------

CUARTA: En caso de baja de la asociación, el agente solicitará por escrito al CONSEJO que deje sin efecto la retención de la cuota de sus haberes, acompañando copia del telegrama o carta documento que haya enviado a la ASOCIACIÓN informando su decisión de dar de baja su asociación, sin cuyo requisito no se dará curso a la petición.------------------

QUINTA: La ASOCIACIÓN deja de manifiesto su carácter de Exento frente al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). -------------------------------------

SEXTA: Queda expresamente aclarado entre las partes, que en el presente convenio el CONSEJO asume como única, exclusiva y excluyente responsabilidad su formal gestión como agente de retención, no generando responsabilidad de tipo alguna para el CONSEJO como garante o fiador.----------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: El CONSEJO liquidará los montos efectivamente retenidos dentro de los cinco (5) días del efectivo cobro de los haberes de los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-------

OCTAVA: Las partes renuncian a todo fuero especial o de excepción que pudiere corresponder, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-----------------------------------------------

En prueba de conformidad, las partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ............. de 2005.-

 

ANEXO II

FORMULARIO DE AUTORIZACIÓN PARA DESCUENTO DE HABERES

En mi carácter de integrante de la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución I.G.J. Nº 1182/2004) autorizo por el presente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires a descontar mensualmente de mis haberes la suma de pesos ................ ( ...................) en carácter de cuota social para ser depositados en la cuenta corriente que dicha entidad sin fines de lucro posee ante el Banco Ciudad de Buenos Aires.

Buenos Aires, ........ de ............................. de 20.....

..........................................

Firma

Nombre y apellido:

D.N.I Nº:

Legajo Nº:

Dependencia en la que presta servicios: