Adquisición de artículos de librería - Exp. DCC Nº 049/08-0 - Licitación Pública Nº 18/2008

DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS

Buenos Aires, 02 de septiembre de 2008

 

 

Expediente DCC Nº 049/08-0 s/ Licitación Pública Nº 18/2008

Adquisición de artículos de librería.

Llega este expediente a conocimiento de la Comisión de Preadjudicaciones, a fin de dictaminar en la licitación pública de referencia, con un presupuesto oficial estimado en pesos un millón trescientos noventa mil cuatrocientos cuarenta y seis ($ 1.390.446).

De fs. 1/25 surgen los antecedentes que hacen a la necesidad de proceder a la adquisición de artículos de librería para el Consejo de la Magistratura y la Asesoría General Tutelar, dado que el Ministerio Público Fiscal y la Defensoría General se abstienen de participar, y se agrega un presupuesto solicitado a la firma Visapel S.A.

A fs. 29/32 la Dirección de Compras y Contrataciones elabora un cuadro de presupuesto.

A fs. 33, la Dirección de Compras y Contrataciones manifiesta la viabilidad del llamado a Licitación Pública conforme lo dispuesto en los arts. 25, 27, 31, 32 y cc de la Ley Nº 2095 y la Res. CM Nº 445/2007.

A fs. 39 se acompaña copia de la Res. CM Nº 445/2007.

A fs. 40/52 se acompaña copia del proyecto de resolución aprobatoria del Pliego de Condiciones Generales.

A fs. 53/62 se acompaña copia del modelo de Pliego de Condiciones Particulares, con su respectivo anexo.

A fs. 63 obra el modelo de publicación en el Boletín Oficial de la C.A.B.A.

A fs. 64/69 se acompaña el listado de Guías y Cámaras a las que se comunicará la presente licitación, así como el listado de las últimas adjudicatarias y de las firmas inscriptas en el rubro 601 del RIUPP.

A fs. 70/71 obran la solicitud de Registración y la Constancia de Registración Preventiva Nº 138/05-2008.

A fs. 78 interviene la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 2389/2008, sin realizar objeciones al procedimiento propuesto y proponiendo aprobar el PCP.

A fs. 84/89, mediante Actuación CM Nº 11216/2008 la Asesoría General Tutelar efectúa algunas aclaraciones y modificaciones respecto a su participación en esta licitación.

A fs. 90/94 se acompaña un nuevo cuadro de presupuesto, y a fs. 95 se establece el presupuesto oficial definitivo.

A fs. 96/105 se acompaña una copia del modelo de Pliego de Condiciones Particulares modificado.

A fs. 106 obra el nuevo modelo de publicación en el Boletín Oficial de la C.A.B.A.

A fs. 109/110 obran la nueva solicitud de Registración y la Constancia de Registración Preventiva Nº 388/05-2008.

A fs. 113/114 interviene la Comisión de Administración y Financiera, que mediante Dictamen Nº 44/2008 propone al Plenario aprobar el Pliego de Condiciones Generales.

A fs. 121/125 se acompaña copia de la Res. CM Nº 407/2008, aprobatoria del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

De fs. 127/143 surge la Resolución OAyF Nº 37/2008, autorizando el llamado a la presente Licitación Pública, aprobando el pliego de condiciones particulares, aprobando los modelos de invitación y publicación, fijando el valor de los pliegos, y estableciendo la apertura de ofertas el día 25/07/2008 a las 12.00 horas. Se advierte que no existen los subrenglones 25.1 y 36.

A fs. 145 obra la Nota SCAyF Nº 67/2008 en la que se designa a los funcionarios que llevan a cabo el acto de apertura de ofertas, como así también a los integrantes titulares y suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones.

A fs. 152 surge la publicación en la página de internet de este Consejo.

De fs. 154/155 surge la publicación en el Boletín Oficial de la C.A.B.A.

A fs. 156 surge la publicación en la cartelera de este Consejo.

De fs. 157 surge el acta de la charla informativa, que no se realizó por no haberse presentado interesado alguno.

De fs. 158/175 surgen las invitaciones cursadas a posibles oferentes, así como un listado detallando la recepción de las mismas.

De fs. 176/181 se acompaña un informe del retiro de pliegos así como copia de los comprobantes de pago de los mismos por parte de cinco (5) oferentes.

A fs. 184/186 luce el Acta de Apertura Nº 28/2008.

A fs. 463/474 se agrega la solicitud al R.I.U.P.P. del estado registral de los oferentes, y la respuesta del mismo.

A fs. 491 obra la solicitud de informe técnico, y a fs. 493/498 se agrega la respuesta elaborada por la División de Recepción y Custodia.

OFERTAS:

1. Stylo de Liliana Mónica Billordo:

 

CUIT: 27-21073206-9

Domicilio: Iriarte 1392

 

A fs. 191/195 presenta su propuesta económica que asciende a pesos trescientos setenta y dos mil cuatrocientos quince con 62/100 ($372.415,62).

A fs. 196 se acompaña la declaración jurada solicitada en el art. 27 del PBCG.

De fs. 197 surge la constitución del domicilio en la C.A.B.A.

A efectos de afianzar el cumplimiento de sus obligaciones se acompaña una póliza de seguro de caución por $ 20.000 que se reserva en la caja fuerte del Consejo (y cuya copia obra a fs. 198/200).

A fs. 201 acompaña la constancia de depósito efectuada en ocasión de la adquisición del pliego.

A fs. 203 acompaña copia del Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

A fs. 204 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

A fs. 205 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la DGR del GCBA, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

A fs. 206/207 acompaña una aclaración respecto de las marcas ofrecidas para cada subrenglón.

A fs. 208 se acompaña el remito de las muestras entregadas, requisito que fuera solicitado en el pto. 6 del PCP. No se acompañan las muestras de los subrenglones 9.4, 33,1, 33.2, 33.3, 33.4 y 33.5.

El informe técnico elaborado por la División de Recepción y Custodia consideró ofertas no admisibles las presentadas para los subrenglones 1.2, 1.6,15.3, 26.1, 26.2, 26.3 y 26.4.

Por todo lo expuesto, corresponde considerar a la presente como OFERTA ADMISIBLE, con excepción de las ofertas presentadas para los subrenglones 1.2, 1.6, 9.4, 15.3, 26.1, 26.2, 26.3, 26.4, 33,1, 33.2, 33.3, 33.4 y 33.5.

2. Melenzane S.A.:

 

CUIT: 30-63717570-6

Domicilio: Directorio 5922

 

A fs. 213/223 presenta su propuesta económica que asciende a pesos quinientos veinticinco mil cuatrocientos quince con 20/100 ($525.415,20).

A fs. 224 acompaña la constancia de depósito efectuada en ocasión de la adquisición del pliego.

A fs. 225/226 acompaña una aclaración respecto de las marcas ofrecidas para cada subrenglón.

A fs. 227 se acompaña, parcialmente, la declaración jurada solicitada en el art. 27 del PBCG.

A fs. 228/229 se acompaña copia del certificado de inscripción en el RIUPP. Del mismo surge el domicilio constituido en la CABA.

A fs. 230 acompaña copia del Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

A fs. 232 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la DGR del GCBA, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

A fs. 244 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

De fs. 247/251 surge el poder del firmante de la oferta.

A fs. 252 se acompaña el remito de las muestras entregadas, requisito que fuera solicitado en el pto. 6 del PCP.

Al momento de la apertura de sobres no se acompañó, junto con la oferta, la garantía de la misma. Dicho requisito fue integrado en forma extemporánea mediante Actuación CM Nº 17726/08 (fs 449/453), por lo que conforme el artículo 6º del PBCG corresponde declarar a la presente comoOFERTA NO ADMISIBLE.

 

3. Librería y Papelería Buenos Aires S.R.L.:

 

CUIT: 30-70048344-0

Domicilio: Billinghurst 369

 

A fs. 257/261 presenta su propuesta económica que asciende a pesos cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos cincuenta y cinco con 08/100 ($454.255,08).

A efectos de afianzar el cumplimiento de sus obligaciones se acompaña una póliza de seguro de caución por $ 25.000 que se reserva en la caja fuerte del Consejo (y cuya copia obra a fs. 262/265).

A fs. 266/267 se acompaña el remito de las muestras entregadas, requisito que fuera solicitado en el pto. 6 del PCP. No se acompañan las muestras de los subrenglones 32.1, 32.2, 32.3 y 32.4.

A fs. 269 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

A fs. 270 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la DGR del GCBA. El mismo se encuentra vencido a la fecha de apertura de ofertas.

A fs. 271 acompaña copia del Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

De fs. 272 surge la constitución del domicilio en la C.A.B.A.

A fs. 273 se acompaña la declaración jurada solicitada en el art. 27 del PBCG.

A fs. 275/276 acompaña copia del Certificado de Inscripción en el RIUPP.

A fs. 277 acompaña la constancia de depósito efectuada en ocasión de la adquisición del pliego.

A fs. 278/289 acompaña copia del estatuto y modificaciones al mismo, de donde surge la personería del firmante de la oferta.

A fs. 454 esta Comisión intimó a que se acompañe el Certificado Fiscal emitido por la DGR del GCBA en los términos que dispone el art. 25 del PBCG. Este certificado fue acompañado a fs. 486 mediante Actuación CM Nº 18072/08.

A fs. 475/482 mediante Actuación CM Nº 18074/08 acompañó una aclaración detallando las marcas ofertadas en casa subrenglón.

A fs. 488/490 mediante Actuación CM Nº 18073/08 acompañó una aclaración respecto a la cotización efectuada en los subrenglones 23.4, 24.6 y 24.7. dado que en los tres subrenglones se cotizó el precio unitario de cada artículo a adquirir, cuando en realidad se requería como precio unitario la cotización por paquete. Esta Comisión considera que se debe aceptar dicha aclaración, dado que no se modifican los valores, sino que se adecuan a la forma de cotización requerida por el PCP.

El informe técnico elaborado por la División de Recepción y Custodia consideró ofertas no admisibles las presentadas para los subrenglones 13.1, 15.3, 22.1, 22.2, 22.3 y 27.1.

Por todo lo expuesto esta Comisión considera que corresponde declarar a la presente como OFERTA ADMISIBLE, con excepción de las ofertas presentadas para los subrenglones 13.1, 15.3, 22.1, 22.2, 22.3, 27.1, 32.1, 32.2, 32.3 y 32.4.

4. VISAPEL S.A.:

 

CUIT: 30-61842898-9

Domicilio: Salom 456/8

 

A fs. 320/326 presenta su propuesta económica que asciende a pesos ochocientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta y uno con 54/100 ($884.751,54). Se advierte que se ha incurrido en un error al cotizar el renglón 50, dado que se cotizó por 50 unidades cuando en realidad el PCP solicita solo 5 unidades. Por lo que esta Comisión considera la cotización unitaria para calcular la oferta total para dicho renglón.

Se deja constancia que se ofrece un 0,6 % de descuento por pago a 10 días.

A efectos de afianzar el cumplimiento de sus obligaciones se acompaña una póliza de seguro de caución por $ 60.000 que se reserva en la caja fuerte del Consejo (y cuya copia obra a fs. 319).

A fs. 327/329 se acompaña el remito de las muestras entregadas, requisito que fuera solicitado en el pto. 6 del PCP. No se acompañan las muestras de los subrenglones 9.2, 9.3, 9.4 y 33.9.

A fs. 330/334 realiza aclaraciones respecto a las marcas ofrecidas en cada subrenglón.

A fs. 357 acompaña la constancia de depósito efectuada en ocasión de la adquisición del pliego.

De fs. 360 surge la constitución del domicilio en la C.A.B.A.

A fs. 361 se acompaña la declaración jurada solicitada en el art. 27 del PBCG.

A fs. 363 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

A fs. 365 acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la DGR del GCBA, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

A fs. 366 acompaña copia del Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

A fs. 367/392 acompaña copia del estatuto y modificaciones al mismo, de donde surge la personería del firmante de la oferta.

El informe técnico elaborado por la División de Recepción y Custodia consideró ofertas no admisibles las presentadas para los subrenglones 9.2, 9.4 y 33.9.

Por todo lo expuesto esta Comisión considera que corresponde declarar a la presente como OFERTA ADMISIBLE, con excepción de las ofertas presentadas para los subrenglones 9.2, 9.3, 9.4 y 33.9.

5. Majul Flores S.R.L.:

 

CUIT: 30-68223937-5

Domicilio: Arce 851 piso 12 B

 

A fs. 397/404 presenta su propuesta económica que asciende a pesos seiscientos veintiún mil setecientos cincuenta con 70/100 ($621.750,70).

De fs. 404 surge la constitución del domicilio en la C.A.B.A.

A fs. 405 acompaña la constancia de depósito efectuada en ocasión de la adquisición del pliego.

A fs. 429/430 se acompaña el remito de las muestras entregadas, requisito que fuera solicitado en el pto. 6 del PCP. No se acompaña la muestra del subrenglón 13.2.

A fs. 431 acompaña copia de la solicitud del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de ofertas.

A efectos de afianzar el cumplimiento de sus obligaciones se acompaña una póliza de seguro de caución por $ 32.000 que se reserva en la caja fuerte del Consejo (y cuya copia obra a fs. 432/435).

A fs. 442/444 acompaña copia del poder del firmante de la oferta.

A fs. 445 se acompaña la declaración jurada solicitada en el art. 27 del PBCG.

A fs. 455 esta Comisión intimó a que se acompañe el Certificado Fiscal emitido por la DGR del GCBA y el Certificado emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en los términos que disponen los arts. 25 y 26 del PBCG.

Mediante Actuación CM Nº 17922/08, obrante a fs. 457/460, se acompañó el certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Conforme surge de la cédula de fs. 461, habiendo vencido el plazo no se acompañó el Certificado Fiscal emitido por la DGR del GCBA. Asimismo, conforme surge del informe del RIUPP, el estado registral de la empresa es Preinscripto. Por lo tanto, no habiendo cumplido con los arts. 9 y 25 del PBCG corresponde considerar a la presente como ofertaNO ADMISIBLE.

CONCLUSIÓN

Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en esta Licitación Pública, la información complementaria presentada por los oferentes y el informe técnico respectivo resulta que las firmas “Stylo de Mónica Liliana Billordo” (con excepción de los subrenglones 1.2, 1.6, 9.4, 15.3, 26.1, 26.2, 26.3, 26.4, 33,1, 33.2, 33.3, 33.4 y 33.5.), “Librería y Papelería Buenos Aires S.R.L.” (con excepción de los subrenglones 13.1, 15.3, 22.1, 22.2, 22.3, 27.1, 32.1, 32.2, 32.3 y 32.4.) y “Visapel S.A.” (con excepción de los subrenglones 9.2, 9.3, 9.4 y 33.9.), han presentado OFERTAS ADMISIBLES.

Entre tanto las firmas “Melenzane S.A.” y “Majul Flores S.R.L.” han presentado OFERTAS INADMISIBLES.

 

Esta Comisión ha aconsejado en distintos dictámenes de Preadjudicaciones la adjudicación de ofertas que se encontraban por encima del Presupuesto Oficial hasta en un diez por ciento (10%). Por lo que continuando el criterio mantenido hasta el momento, que ha sido ratificado por los órganos resolutivos adjudicando bajo esos parámetros, es que se aconseja la adjudicación de las ofertas económicas presentadas aún cuando superen el presupuesto unitario estimativo, pero solo hasta en un diez por ciento (10%).

Como Anexo A y formando parte del presente Dictamen, se agrega un “Cuadro Comparativo de Ofertas” en el que se detallan las ofertas admisibles para todos los subrenglones, incluyéndose el resto de los renglones existentes en el pliego.

A fs. 509 luce el acta labrada en virtud de haberse realizado el sorteo de desempate de ofertas, conforme lo dispone el art. 46.2.3 del Decreto 408/2007 reglamentario del art. 106 de la Ley 2095.

En virtud de todo lo hasta aquí expuesto, esta Comisión de Preadjudicaciones entiende que corresponde:

 

1) Preadjudicar a la firma:

 

Stylo de Liliana Billordo, los siguientes subrenglones:

 

Subrenglón

Presupuesto Unitario

Precio Total

4.1

$9,88

$4.940,00

13.1

$0,48

$720,00

19.4

$0,86

$430,00

21.2

$12,56

$7.536,00

22.1

$3,87

$23.220,00

22.2

$3,87

$1.935,00

22.3

$3,87

$387,00

24.1

$2,84

$1.420,00

27.1

$1,02

$4.896,00

28.8

$4,14

$12.420,00

32.1

$1,06

$3.816,00

32.2

$1,06

$954,00

32.3

$1,06

$954,00

32.4

$1,06

$1.590,00

39.1

$6,38

$1.914,00

41

$4,33

$8.660,00

Total

-

$75.792,00

 

Librería y Papelería Buenos Aires S.R.L., los siguientes subrenlgones:

 

Subrenglón

Precio Unitario

Precio Total

3.1

$2,31

$462,00

3.2

$4,19

$2.514,00

4.3

$1,84

$184,00

4.4

$1,84

$184,00

5.2

$16,25

$24.375,00

5.4

$7,85

$3.925,00

5.5

$50,00

$25.000,00

6.1

$0,38

$570,00

6.2

$1,63

$3.260,00

6.3

$1,63

$1.630,00

6.4

$62,00

$12.400,00

8.1

$1,41

$423,00

8.2

$3,81

$1.905,00

8.3

$1,95

$975,00

8.4

$1,59

$795,00

8.5

$4,76

$952,00

8.6

$8,94

$2.682,00

8.7

$19,18

$5.754,00

8.8

$11,25

$1.125,00

8.9

$6,10

$305,00

9.2

$20,63

$10.315,00

9.4

$13,31

$6.655,00

10.1

$58,99

$2.949,50

10.2

$104,36

$10.436,00

10.3

$33,28

$665,60

11.1

$0,98

$196,00

12.1

$65,04

$1.951,20

12.2

$118,29

$4.731,60

12.3

$2,73

$1.365,00

12.4

$1,20

$600,00

12.5

$1,20

$1.200,00

12.6

$1,20

$600,00

12.7

$1,20

$240,00

12.8

$0,60

$600,00

13.2

$0.19

$95,00

15.1

$0,52

$104,00

15.2

$0,31

$62,00

16

$1,45

$1.015,00

17

$0,73

$219,00

19.1

$0,95

$950,00

19.2

$0,56

$560,00

21.1

$11,88

$2.970,00

24.8

$1,06

$530,00

24.12

$30,84

$3.084,00

25.2

$3,09

$1.545,00

25.3

$3,09

$1.545,00

25.4

$2,99

$5.980,00

25.5

$2,99

$1.794,00

25.7

$3,14

$628,00

25.8

$28,44

$2.844,00

26.1

$0,35

$1.750,00

26.2

$0,35

$5.250,00

26.3

$0,35

$350,00

26.4

$0,35

$350,00

28.1

$2,88

$864,00

28.2

$1,41

$282,00

28.3

$1,59

$318,00

28.4

$1,69

$845,00

28.5

$1,93

$1.158,00

28.6

$2,25

$4.500,00

28.7

$2,51

$7.530,00

28.10

$0,38

$1.140,00

28.11

$0,38

$760,00

28.16

$2.31

$1.155,00

28.17

$1,94

$970,00

28.18

$1,41

$705,00

28.19

$1,60

$800,00

29.1

$0,99

$594,00

29.2

$1,59

$954,00

29.3

$2,25

$1.350,00

29.4

$3,71

$2.226,00

29.5

$5,91

$3.546,00

30.1

$0,95

$950,00

30.2

$0,45

$450,00

30.3

$0,55

$550,00

31.1

$0,85

$850,00

31.2

$0,85

$425,00

31.3

$0,85

$255,00

31.4

$0,85

$425,00

31.5

$0,85

$850,00

31.6

$0,85

$425,00

35.2

$15,53

$310,60

35.3

$17,04

$3.408,00

35.4

$21,18

$6.354,00

38.1

$8,73

$4.365,00

38.2

$0,98

$490,00

45.1

$225,05

$4.501,00

45.2

$15,49

$309,80

46.1

$51,36

$513,60

46.2

$36,75

$735,00

47.1

$266,75

$2.667,50

47.2

$1.064,45

$10.644,50

48.1

$121,00

$1.210,00

48.2

$257,13

$5.142,60

48.3

$14,83

$1.483,00

Total

-

$240.561,50

 

Visapel S.A., los siguientes subrenglones:

 

Subrenglón

Precio Unitario

Precio Total

1.1

$12,50

$3.750,00

1.2

$11,80

$5.900,00

1.3

$23,70

$11.850,00

1.4

$12,80

$2.560,00

1.5

$68,00

$20.400,00

1.6

$11,80

$2.360,00

2

$0.97

$582,00

4.2

$1,69

$2.028,00

5.1

$15,60

$7.800,00

5.3

$12,90

$6.450,00

7.1

$3,49

$335,04

7.2

$14,00

$700,00

9.1

$3,05

$1.525,00

11.2

$2,55

$765,00

12.9

$2,15

$430,00

14

$0,90

$450,00

15.3

$0,83

$8.300,00

19.3

$1,83

$2.745,00

20

$1,48

$740,00

23.1

$83,60

$8.360,00

23.2

$72,00

$7.200,00

23.3

$253,00

$25.300,00

23.4

$89,70

$17.940,00

23.5

$277,00

$554,00

24.2

$0,62

$2.480,00

24.3

$0,62

$2.170,00

24.4

$0,62

$2.480,00

24.5

$0,62

$1.860,00

24.6

$7,20

$2.160,00

24.7

$8,60

$8.600,00

24.9

$12,30

$6.150,00

24.10

$0,75

$375,00

24.11

$0,83

$2.490,00

24.13

$0,62

$142,60

25.6

$2,70

$540,00

26.5

$1,88

$2.256,00

26.6

$1,88

$564,00

26.7

$1,88

$225,60

26.8

$1,88

$225,60

26.9

$3,75

$6.750,00

26.10

$3,75

$2.250,00

26.11

$3,75

$1.125,00

27.2

$2,70

$540,00

27.3

$0,97

$1.164,00

28.9

$5,70

$17.100,00

28.12

$0,57

$570,00

28.13

$4,85

$2.425,00

28.14

$7,60

$3.800,00

28.15

$0,58

$1.160,00

28.20

$0,65

$130,00

28.21

$0,58

$580,00

33.1

$1,03

$3.090,00

33.2

$0,48

$1.440,00

33.3

$0,83

$2.490,00

33.4

$1,33

$3.990,00

33.5

$0,38

$1.900,00

33.6

$2,98

$5.960,00

33.7

$2,98

$298,00

33.8

$1,83

$183,00

34

$1,23

$4.920,00

35.1

$19,00

$190,00

35.5

$10,80

$5.400,00

35.6

$10,30

$5.150,00

35.7

$11,00

$2.200,00

35.8

$8,90

$890,00

35.9

$15,70

$7.850,00

35.10

$18,90

$9.450,00

37.1

$15,67

$3.134,00

37.2

$15,80

$7.900,00

37.3

$13,90

$4.170,00

37.4

$14,90

$149,00

37.5

$16,30

$8.150,00

37.6

$6,38

$638,00

39.2

$2,18

$4.360,00

39.3

$3,08

$3.080,00

39.4

$3,43

$1.715,00

40.1

$19,20

$3.840,00

40.2

$19,20

$3.840,00

40.3

$19,20

$3.840,00

40.4

$19,20

$3.840,00

42

$0,85

$85,00

43

$2,41

$2.410,00

44.1

$11,30

$28.250,00

44.2

$26,60

$9.310,00

44.3

$77,00

$46.200,00

44.4

$55,30

$27.650,00

49.2

$83,20

$9.984,00

50

$95,00

$475,00

Total

-

$437.757,84

 

2) Declarar el fracaso por no haberse recibido ofertas admisibles de los subrenglones 9.3 y 33.9.

 

3) Declarar inconvenientes a las ofertas presentadas para los subrenglones 18 y 49.1 en razón de superar lo establecido en el presupuesto oficial en un 48,82% y 15,33% respectivamente.

Hernán Labate

Santiago Brundi

Abel F. Prota