s/ Adquisición de Banderas” para su utilización - Exp. “DCC Nº 201/07-0

DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS

Buenos Aires, 30 de abril de 2008.

Ref: Expediente “DCC Nº 201/07-0 s/ Adquisición de Banderas” para su utilización en las distintas dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial.

 

 

Llega este expediente a conocimiento de la Comisión de Preadjudicaciones, a fin de dictaminar en la Licitación Pública Nº 24/2007, referida a la Adquisición de Banderas para su utilización en las distintas dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial.

A fs. 1/2 obra agregada copia de la resolución de la Oficina de Administración y Financiera Nº 174/2007 mediante la cual se dejó sin efecto el llamado a contratación directa para la adquisición de banderas, que fuera autorizada mediante resolución de misma dependencia Nº 109/2007.

A fs. 5 obra Memo Nº 421 DRyCM-07 de la División de Recepción y Custodia, haciendo saber la necesidad de adquirir estandartes nacionales y de la ciudad de Buenos Aires, ya sea para despachos de magistrados y funcionarios, así como para frentes edilicios.

A fs. 6/8 se acompaña copia del pedido de un presupuesto y su consecuente respuesta.

A fs. 9, la Dirección de Compras y Contrataciones manifiesta la viabilidad del llamado a Licitación Pública conforme lo dispuesto en los arts. 25º, 27º, 31º, 32º y cc de la Ley Nº 2095.

A fs. 22/26 luce un modelo de invitación a empresas, un modelo de publicación en el Boletín Oficial, el listado de proveedores oficiales, compañías y cámaras a invitar conforme al rubro solicitado.

A fs. 28/29 obra la solicitud de registración presupuestaria, y a fs. 27 la Dirección de Programación y Administración Contable informa que ha tomado conocimiento del compromiso adquirido y que la registración será realizada a principios del año 2008 sujeto a los recursos presupuestarios aprobados por la Legislatura

A f.s 35 se advierte un error material al calcular el presupuesto oficial, por lo que a fs. 59 se acompaña la desafectación presupuestaria.

A fs. 41/49 se acompaña un proyecto de resolución aprobatoria del Pliego de Bases y Condiciones Generales aplicable a esta licitación.

A fs. 51/55 se acompaña un proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

A fs. 65 la Dirección de Asuntos Jurídicos toma intervención mediante Dictamen Nº 2196/2007, sin realizar objeciones al procedimiento propuesto y proponiendo aprobar el Pliego de Condiciones Particulares

A fs. 84/94 se agrega la resolución CM Nº 11/2008 mediante la cual se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

A fs. 97 el Dr. Fabián Durán, Secretario de la Comisión de Administración y Financiera, en virtud de las atribuciones conferidas por las Resoluciones CM Nº 110/2006 procede a la designación de los integrantes en el Acto de Apertura y de la Comisión de Preadjudicaciones.

A fs. 101 luce oficio dirigido a la Secretaría de la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público para su conocimiento y conformidad a los efectos de proceder a la afectación presupuestaria correspondiente.

A fs. 102 el Sr. Secretario ad hoc de la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público Dr. Guillermo García comunica la decisión de la mencionada Comisión de no entrar en el proceso licitatorio de compra de Banderas.

A fs. 107/108 el Sr. Director de Compras y Contrataciones Dr. Mario Jusid informa que el Ministerio Público ha resuelto no participar de la presente licitación, redefine las cantidades a adquirir, conformando el presupuesto oficial por un monto de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Ciento Sesenta y Tres con 70/100 ( $ 44.163,70) IVA incluido.

A fs. 114 se acompaña un modelo de publicación del llamado en el Boletín Oficial, y a fs. 115 se adjunta el modelo de invitación a los posibles oferentes.

A fs. 116/118 se procede a desafectar la diferencia del presupuesto original.

De fs. 122/131 surge la Resolución O.A. y F. Nº 34/2008, autorizando el llamado a la presente Licitación Pública, aprobando el modelo de invitación, el de publicación y el Pliego de Condiciones Particulares, y fijando el valor para la adquisición de los pliegos. Se fija la apertura de sobres el día 11/04/2008 a las 12.00 horas.

A fs. 142/143 surge la constancia de publicación en la cartelera del Consejo.

De fs. 144/162 surgen las invitaciones y un listado de empresas invitadas a participar.

A fs. 163/4 luce la publicación en el Boletín Oficial y a fs.166 de la página de Internet del Poder Judicial.

A fs. 165 se deja constancia de la realización de la reunión informativa.

A fs. 167/171 se incorporan copias de las constancias de venta de pliegos.

A fs.174/176 obra el Acta de Apertura de sobres, suscripto por los Dres. Hernán Labate y Santiago Brundi de donde consta que se presentaron cuatro (4) sobres ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, conteniendo las ofertas para la presente Licitación.

A fs. 301/302 se agrega el informe técnico solicitado a la Dirección de Compras y Contrataciones, de donde surge que todas las ofertas cumplen con las condiciones solicitadas en el PCP.

A fs. 305/314 se acompaña el informe solicitado al RIUPP conteniendo el estado registral de los oferentes.

OFERTAS

 

1.- AMADO ARIEL

 

Nº de CUIT : 20 - 21732320 - 8

A fs. 182 declara en carácter de declaración Jurada no tener juicios pendientes con el Consejo de la Magistratura y/o con el Gobierno de la Ciudad y/o la ex Comisión Municipal de la Vivienda y/o el Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A fs. 183 obra el certificado emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del GCABA, vigente a la fecha de la apertura.

A fs. 184 luce remito de muestras según lo solicitado en el pliego de condiciones particulares.

A fs. 185 se agrega la constancia de adquisición del Pliego.

A fs. 186 presenta la propuesta económica, que se detallará en el Cuadro Comparativo de Ofertas Admisibles, para los renglones 1 y 2 que asciende a pesos veintisiete mil trescientos veinte con 0/100 ( $ 27.320,00 ).

En la misma propuesta también establece domicilio en la CABA.

Del análisis efectuado y de acuerdo con lo aquí expresado, esta Comisión estima que la presente debe ser considerada oferta admisible.

 

 

2. - ESTAMPADOS CIVILE S.A.

CUIT Nº 30 - 54689589 - 7

A fs 192/195 presenta la propuesta económica, que se detallará en el Cuadro Comparativo de Ofertas Admisibles, con dos alternativas y cuyo importe de máxima asciende a pesos treinta y cinco mil ochocientos cuarenta con 0/00 ( $ 35.840,00).

En la misma propuesta establece domicilio especial en la CABA como así también el plazo de mantenimiento de oferta.

A efectos de afianzar el cumplimiento de sus obligaciones, constituyó garantía de oferta mediante una póliza de seguro de caución por pesos mil setecientos noventa y dos ($1.792), cuya original se reservó en la Caja Fuerte de este consejo y la copia obra a fs. 196/197.

A fs. 198 se agrega la constancia de adquisición del pliego

De fs. 220/224 presenta copia del poder del firmante de la oferta.

A fs. 225 obra el Certificado emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del GCBA, vigente a la fecha de la apertura.

A fs 226 luce el Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP, cuya validez está vigente al momento de la apertura. El mismo no es exigible por tratarse de una oferta inferior a los $50.000.

A fs. 227 figura Certificado Fiscal de la Dirección General de Rentas del Gobierno de la CABA cuya validez está vigente a la fecha de apertura.

A fs. 228 declara con carácter de declaración jurada no poseer juicios pendientes con el Consejo de la Magistratura y/o la ex Municipalidad de la Ciudad y/o la ex Comisión Municipal de la Vivienda y/o el Instituto de la Vivienda de la CABA.

A fs. 229/230 obra el Certificado de Inscripción en el RIUPP.

Del análisis efectuado y de acuerdo con lo aquí expresado, esta Comisión estima que la presente debe ser considerada oferta admisible.

 

3. - BALFOUR GUILLERMO LAUREANO.-

 

 

CUIT Nº 20 - 13404106-5

A fs. 235 presenta propuesta económica que asciende a pesos veintitrés mil doscientos cincuenta con 0/00 ( $ 23.250,00).

De la misma propuesta también surge el domicilio en la CABA.

De fs. 248 luce remito de muestras según lo solicitado en el pliego de condiciones particulares.

A fs. 249 se agrega la constancia de adquisición del pliego.

No acompaña copia del certificado de Deudores Alimentarios Morosos.

No acompaña la Declaración Jurada Solicitada en el art. 27 del PCG.

Del informe presentado por el RIUPP surge que “Balfour Guillermo Laureano - CUIT 20-13404106-5” no se encuentra inscripto en dicho registro. Por lo tanto, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 9 del PCG, corresponde declarar a la presente oferta no admisible.

 

 

4. - “CASA TOLBAND” DE PEZO DEL AGUILA MARLOW CARLOS.-

 

 

CUIT Nº 20 - 92879496 - 3

A fs. 254/257 presenta la propuesta económica con dos alternativas cuyo monto de máxima asciende a pesos treinta y seis mil novecientos veintidós con 0/00 ( $ 36.922,00).

En la misma propuesta confirma el plazo de mantenimiento de la oferta según pliego.

A fs. 258 figura remito con muestras entregadas al Consejo según lo establece el pliego.

A fs. 262 declara en carácter de declaración jurada no tener juicios pendientes con el Consejo de la Magistratura y/o con el Gobierno de la Ciudad y/o la ex Comisión Municipal de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A fs. 263 se agrega la constancia de adquisición del Pliego.

A fs. 265 figura copia de la solicitud del Certificado Fiscal para contratar del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires emitido con fecha 8 de abril de 2008.

De fs. 267/272 consta solicitud de inscripción en el RIUPP con fecha 7 de abril de 2008.

A efectos de afianzar el cumplimiento de sus obligaciones, constituyó garantía de oferta mediante un cheque certificado por pesos tres mil trescientos veinte con 85/100 ($3.320,85), cuyo original se reservó en la Caja Fuerte de este consejo y la copia obra a fs. 273.

A fs. 274 constituye domicilio legal en la CABA.

A fs. 296 obra el Certificado de Deudores Alimentarios Morosos vigente a la fecha de apertura.

Del informe presentado por el RIUPP surge que la firma “Marlow Carlos Pezo del Aguila CUIT Nº 20928794963” figura como registrada en ese organismo a partir del día 16 de abril de 2008, fecha posterior a la apertura de ofertas. Por lo tanto, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 9 del PCG, corresponde declarar a la presente oferta no admisible.

CONCLUSIÓN

Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en la Licitación Pública Nº 24/2007, resulta que las firmas ARIEL M AMADO y ESTAMPADOS CIVILE S.A han presentado ofertas admisibles, mientras que BALFOUR GUILLERMO LAUREANO y MARLOW CARLOS PEZO DEL AGUILA han presentado ofertas no admisibles.

Cuadro comparativo de ofertas admisibles:

RENGLON

ARIEL M. AMADO

ESTAMPADOS CIVILE S.A.

Alternativa

ESTAMPADOS CIVILE S.A.

Principal

Unitario

Total

Unitario

Total

Unitario

Total

1

$

112,50

$ 11.250,00

$ 100,00

$10.000,00

$ 140,00

$14.000,00

2

$

160,70

$ 16.070,00

$ 180,00

$ 18.000,00

$ 210,00

$ 21.000,00

3

N/C

N/C

N/C

N/C

$ 14,00

$ 420,00

4

N/C

N/C

N/C

N/C

$ 14,00

$ 420,00

TOTAL

-

$ 27.320,00

-

$ 28.000,00

-

$ 35.840,00

Por lo expuesto, la Comisión de Preadjudicaciones en la Licitación Pública Nº 24/2007 sostiene que corresponde PREADJUDICAR los renglones 1, 3 y 4, a la empresa ESTAMPADOS CIVILE S.A. por un total de pesos diez mil ochocientos cuarenta ($10.840), y el renglón 2 a ARIEL M. AMADO, por un total de pesos dieciseis mil setenta ( $ 16.070,00 ).

 

 

 

 

Santiago Brundi

Hernán Labate

Abel Prota