Contratación Directa Nº 108/2015- Expediente CM Nº DCC 268/15-0- Resolución OAyF Nº 062/2016

Buenos Aires,     29       de febrero de 2016

RES. OAyF Nº  062       /2016

                                                                    

VISTO:

El Expediente DCC N° 268/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Impresión Material Destinado al Proyecto Teatro de Papel: Una Función Justa”, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo S/N la Unidad Consejera Basterra solicitó la impresión de quinientas (500.-) guías didácticas y sesenta (60.-) juegos de quince (15.-) láminas ilustrativas cada uno, según las especificaciones técnicas que allí detalló (fs. 3/5). Ello, en el marco de la Resolución CM Nº 171/2015 por la que se aprobó el Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa” y se encomendó a la Consejera Dra. Basterra la coordinación de las acciones tendientes al cumplimiento de ese evento con intervención de esta Oficina de Administración y Financiera (fs. 6/11).

Que luego, mediante Nota UC Basterra Nº 2/16, la Unidad Consejera Basterra adjuntó un presupuesto elaborado por Eudeba S.E.M. conforme a los requerimientos que esa dependencia solicitó, de donde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de dieciséis mil ochocientos quince pesos ($16.815,00) IVA incluido (fs. 22/33).

Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 37 y 40).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable emitió la constancia de registración  presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (fs. 38/39).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6778/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, destacó que “(…) la ley 4764 (reglamentada a través de la Res. CM Nº 1/2014) modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones, habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la Contratación Directa, el inciso 11) que expresamente dice: Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate”  y concluyó que “no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 46/47).

Que corresponde destacar que la Unidad Consejera Basterra fue quien remitió el presupuesto de Eudeba S.E.M. sin realizar observaciones (fs. 22).

Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 108/2015 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de quinientas (500.-) guías didácticas y sesenta (60.-) juegos de quince (15.-) láminas ilustrativas cada uno para ser utilizados en el marco del Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa”, por la suma total de dieciséis mil ochocientos quince pesos ($16.815,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 33.

Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Unidad Consejera Basterra para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los referidos ejemplares.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por la Resolución Pres. Nº 1203/2015 y por la Resolución CM Nº 222/2015;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 108/2015 con la firma Eudeba S.E.M. tendiente a la impresión de quinientas (500.-) guías didácticas y sesenta (60.-) juegos de quince (15.-) láminas ilustrativas cada uno para ser utilizados en el marco del Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa”.

 

Artículo 2º: Autorícese el gasto de dieciséis mil ochocientos quince pesos ($16.815,00) IVA incluido, para la impresión de quinientas (500.-) guías didácticas y sesenta (60.-) juegos de quince (15.-) láminas ilustrativas cada uno, conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 33.

 

Artículo 3º: Dése intervención a la Unidad Consejera Basterra para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida en el artículo 2º de la presente.

 

Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

 

Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Unidad Consejera Basterra y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

 

Res. OAyF Nº  062         /2016