Caja Chica Especial- Expediente CM Nº OAyF 218/14-0- Resolución OAyF RE Nº 19/2014

Buenos Aires,   5     de septiembre de 2014

 

RES. OAyF (RE) Nº 019/2014

 

VISTO:

el Expediente OAyF N° 218/14-0, caratulado “O. A. y F. s/ Adquisición de camas-vandálicas y colchones ignífugos” y;

 

CONSIDERANDO:

Que por Memo N° 38/2014 la Unidad de Políticas Penitenciarias requirió -de acuerdo a lo señalado por la Jefatura de Gabinete de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- la adquisición de diez (10.-) camas anti-vandálicas y diez (10.-) colchones ignífugos impermeables y de una plaza, para las celdas del Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores sito en la calle Beazley 3860 de esta Ciudad. A tales fines, adjuntó un croquis ilustrativo con las características técnicas de los bienes en cuestión.

Que a su vez, conforme manifestó la Unidad de Políticas Penitenciarias en esa oportunidad, se estima que la inauguración del referido Centro tendrá lugar a fines de septiembre del corriente (fs. 3/6).

Que debe destacarse que la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales remitió el aludido requerimiento a la Dirección de Compras y Contrataciones con su conformidad (fs. 8).

Que en ese orden de ideas, la Dirección de Compras y Contrataciones realizó el relevamiento de las firmas que proveen de camas anti-vandálicas y de colchones ignífugos impermeables y de una plaza y constató que la provisión de las mismas tiene un plazo no menor a veinte (20.-) días hábiles (v. Nota N° 612-DCC-14 de fs. 10).

Que en tal sentido, en atención a la urgencia -en razón de los plazos mencionados- para la adquisición de diez (10.-) camas anti-vandálicas y de diez (10.-) colchones ignífugos impermeables y de una plaza para las celdas del Centro de Alojamiento provisorio de Contraventores sito en la calle Beazley 3860 de esta Ciudad, esta Oficina de Administración y Financiera entendió que resultaba pertinente imprimir el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 para la contratación requerida (fs. 12).

Que en tal estado y en cumplimiento del procedimiento regulado en la Resolución CM Nº 97/2012, se solicitó a las firmas Biotecnica de Carlos Marisi, Fer Plast S.A., Industria Multimol S.A. y Camsi, cotización por los bienes oportunamente requeridos y se indicó que el plazo para presentar ofertas vencía el día lunes 25 de agosto a las 14 horas con la aclaración de que la recepción de ofertas fuera de término produciría la desestimación automática de las mismas. En particular, lo requerido fue desglosado en el Renglón 1 correspondiente a las diez (10.-) camas anti-vandálicas de una plaza y en el Renglón 2 referente a diez (10.-) colchones ignífugos impermeables de una plaza (fs. 16/19).

Que conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión (fs. 20).

Que el plazo para presentar cotizaciones fue luego extendido hasta el martes 26 del corriente a las 11 horas en razón de haberse detectado problemas en el funcionamiento del servidor y se comunicó la prórroga a todas las firmas oportunamente invitadas a cotizar (fs. 51/59).

Que como resultado de la compulsa realizada, presentaron ofertas las siguientes firmas: Industrias Multimol S.A. presupuestó seis (6.-) opciones de colchones (v. fs. 25/31), Fer Plast S.A. que presentó un presupuesto con dos (2.-) opciones de colchones y las camas (v. fs. 32/37) y Biotécnica de Carlos Marisi presupuestó camas y colchones con empotramiento según detalle de fojas 38/45.

Que entonces, se dio intervención a la Unidad de Políticas Penitenciarias para que indicara respecto de cada una de las ofertas presentadas, si cumplen con los requisitos técnicos solicitados y en el caso que no lo hicieren, especificara los motivos (fs. 46).

Que en respuesta, la Unidad de Políticas Penitenciarias indicó que “la oferta presentada por la empresa Multimol colchones argentinos, cumple con las características técnicas específicas en sus modelos N° 1 y N° 4, no así en cuanto a los modelos N° 2, N° 3, N° 5 y N° 6, ya que en las mismas no se establecen de manera expresa la característica de impermeabilidad. Asimismo la oferta presentada por la firma FERPLAST cumple con los requisitos específicos técnicos en relación a las camas anti vandálicas como a los colchones ignífugos e impermeables, en sus dos opciones. En relación a la oferta presentada por la empresa Bio Técnica de Carlos Marisi, no cumple con los requisitos específicos técnicos en cuanto a los colchones, ya que omite especificar si los mismos son ignífugos e impermeables” (fs. 48).

Que luego, esta Oficina de Administración y Financiera le requirió a la oferente Fer Plast S.A. la remisión de la cotización de la oferta originalmente presentada con desglose de los precios correspondientes a cada Renglón de la Invitación a Cotizar. En respuesta, la firma indicó los precios unitarios correspondientes a las camas y los colchones ofertados (fs. 62) y señaló que podrían adquirirse las camas con independencia de los colchones, siendo el plazo de entrega en ese caso de entre 15 y 20 días (fs. 69).

Que por otra parte, en razón de las ofertas recibidas, esta Oficina de Administración y Financiera puso en consulta de la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales si respecto a la entrega de los colchones resultaría admisible un plazo de entrega aproximado de entre treinta (30.-) y sesenta (60.-) días (fs. 70). En respuesta, esa dependencia informó que ese plazo resultaba admisible (fs. 74).

Que el Presidente de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judiciales brindó su conformidad a la excepción del límite estipulado en la Resolución CM N° 97/2012 para hacer frente a la contratación propiciada (fs. 76).    

Que así las cosas, puestas bajo análisis las ofertas presentadas por las firmas Industrias Multimol S.A., Fer Plast S.A. y Biotécnica de Carlos Marisi, corresponde poner de resalto en primer lugar que las mismas fueron presentadas temporáneamente. En segundo lugar, de la lectura de las ofertas presentadas y conforme el informe técnico obrante a fojas 48, surge que solamente resultan admisibles técnicamente las ofertas presentadas por la empresa Industrias Multimol S.A., para sus modelos N° 1 y N° 4 y por la firma Fer Plast S.A.

Que por otra parte, corresponde indicar los precios de las ofertas técnicamente admisibles: el modelo N° 1 de la firma Industrias Multimol S.A. tiene un costo de tres mil quinientos cincuenta pesos ($ 3.550,00) por colchón, el modelo N° 4 de la firma Industrias Multimol S.A. tiene un costo de tres mil noventa pesos ($ 3.090,00) por colchón y la oferta de Fer Plast S.A. es por un valor de cuatro mil doscientos pesos ($ 4.200,00) por cama y de siete mil seiscientos pesos ($ 7.600,00) por colchón con un costo unitario de flete de mil treinta pesos ($ 1.030,00). De la comparación económica entre las ofertas se desprende entonces que el modelo N°4 de la firma Industrias Multimol S.A. para los diez (10.-) colchones ignífugos impermeables de una plaza y la oferta de Fer Plast S.A. para las diez (10.-) camas anti-vandálicas de una plaza, resultan ser las más convenientes económicamente.        

Que en tal sentido, puesto a resolver, encontrándose cumplidos los trámites previstos en la Resolución CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa, atento la urgencia objetiva de la contratación encomendada, con el objeto de dar inmediata respuesta a lo solicitado por la Unidad de Políticas Penitenciarias dependiente de la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, corresponderá autorizar el gasto con la firma Industrias Multimol S.A. por la suma de treinta mil novecientos pesos ($ 30.900,00) IVA incluido -siendo el monto unitario de tres mil noventa pesos ($ 3.090,00) por colchón- por la adquisición de diez (10.-) colchones ignífugos impermeables de una plaza, según las características y demás condiciones previstas en la Invitación a Cotizar agregada a fojas 18 y la propuesta económica para el modelo N° 4 incorporada a fojas 25/29 con la aclaración realizada a fojas 71/73. Asimismo, corresponderá autorizar el gasto con la firma Fer Plast S.A. por la suma de cincuenta y dos mil trescientos pesos ($ 52.300,00) IVA incluido -siendo el monto unitario de cinco mil doscientos treinta pesos ($ 5.230,00) por cama-  por la adquisición de diez (10.-) camas anti-vandálicas de una plaza a entregarse en un plazo máximo de veinte (20.-) días, según las características y demás condiciones previstas en la Invitación a Cotizar agregada a fojas 17 y la propuesta económica incorporada a fojas 32/37 con las aclaraciones efectuadas a fojas 62 y 69.

Que a tal efecto, corresponderá consignarse que la entrega deberá efectuarse en la sede sita en Beazley 3860 y que la responsable técnica será la Sra. Jefa de Departamento de la Unidad de Políticas Penitenciarias y corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique a los adjudicados del presente acto, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31, sus reglamentaciones y modificatorias, y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012,

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma Industrias Multimol S.A. por la suma de treinta mil novecientos pesos ($ 30.900,00) IVA incluido -siendo el monto unitario de tres mil noventa pesos ($ 3.090,00) por colchón- por la adquisición de diez (10.-) colchones ignífugos impermeables de una plaza, según las características y demás condiciones previstas en la Invitación a Cotizar agregada a fojas 18 y la propuesta económica para el modelo N° 4 incorporada a fojas 25/29 y fojas 71/73. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos del presente acto.

 

Artículo 2º: Autorícese el gasto con la firma Fer Plast S.A. por la suma de cincuenta y dos mil trescientos pesos ($ 52.300,00) IVA incluido -siendo el monto unitario de cinco mil doscientos treinta pesos ($ 5.230,00) por cama-  por la adquisición de diez (10.-) camas anti-vandálicas de una plaza a entregarse en un plazo máximo de veinte (20.-) días, según las características y demás condiciones previstas en la Invitación a Cotizar agregada a fojas 17 y la propuesta económica incorporada a fojas 32/37 con las aclaraciones efectuadas a fojas 62 y 69. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos del presente acto.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique a los adjudicatarios del presente acto, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial. Comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y por su intermedio a la Unidad de Políticas Penitenciarias y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

RES. OAyF (RE) Nº 019 /2014