Contratación Directa N° 44/2018 Resolución OAyF N° 236/2018 TEA A-01-00006241-9/2018 s/ Adquisición de Material Bibliográfico d

Buenos Aires, 10   de diciembre de 2018

 

Res. OAyF Nº  236  /2018

 

VISTO:

 

El TEA A-01-00006241-9/2018 caratulado “D.G.C.C. s/ Adquisición de Material Bibliográfico del sello Editorial Errepar S.A.”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Nota SAAJ N° 327/2018 la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional remitió, en lo que aquí interesa, el requerimiento anual de material bibliográfico de Editorial Ad Hoc elaborado y elevado por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia (v. Adjunto 14436/18).

 

Que así las cosas, la Dirección General de Compras y Contrataciones incorporó la constancia de inscripción de la firma Errepar S.A. en el registro Buenos Aires Compra (v. Adjunto 14437/18) y entendió viable la adquisición de material bibliográfico requerido con la aludida firma mediante el procedimiento de Contratación Directa en el marco del inciso 5° del artículo 28° de la Ley 2095 y su modificatoria Ley 4764, reglamentada por el artículo 28° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014 (v. Adjunto 14440/18).

 

Que entonces, la citada Dirección General remitió la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 44/2018 a la firma Ad-Hoc S.R.L. que comprende once (11.-) renglones tendientes a la adquisición de diferentes títulos que provee esa Editorial, conjuntamente con el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM Nº 01/2014 con la modificación introducida por Resolución Pres. N° 554/2014 (v. Adjuntos 14441/18, 14442/18 y 14443/18).

 

Que cabe destacar que en la Invitación a Cotizar cursada se aclaró que “no es obligación cotizar todos los renglones. Asimismo, se admitirán cotizaciones parciales, por parte de las cantidades requeridas en cada renglón” y se estableció que “el plazo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince (15) días, contados a partir de la recepción de la orden de compra” y que “se admitirán entregas parciales, siempre dentro del plazo de entrega de los bienes adjudicados” (v. Adjunto 14441/18).

 

Que tal como se desprende del Acta de Recepción de Propuesta Económica obrante en el Documento Adjunto SISTEA 14447/18, la firma Errepar S.A. presentó una (1.-) oferta -incorporada como Adjunto SISTEA 14448/18- comprensiva de los once (11.-) renglones requeridos por un monto total de treinta mil setecientos treinta y cinco pesos ($30.735,00).

 

Que a su vez debe destacarse que a en los Documentos Adjuntos SISTEA 14448/18 y 15633/18 constan la declaración jurada de exclusividad de los productos ofertados, la declaración jurada de domicilio constituido en esta Ciudad y de correo electrónico, la Declaración Jurada de Aptitud para contratar y el Certificado Fiscal para Contratar expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-.

 

Que en el Documento Adjunto SISTEA 15634/18 se encuentra agregada la Constancia de Registración Presupuestaria N° 1589/10 2018 emitida por la Dirección General de Programación y Administración Contable, cumplimentado de esta forma lo establecido en la Ley 70.

 

Que en tanto, el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia, en su calidad de área requirente y técnica competente, otorgó conformidad a la oferta remitida por la firma Errepar S.A. (v. Adjunto 15700/18).

 

Que a su turno, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 8591/2018. Allí, previa reseña de lo actuado y citar la normativa vigente aplicable concluyó que “(…) en atención a los antecedentes de las presentes actuaciones, así como la normativa legal vigente; esta Dirección General de Asuntos Jurídicos no encuentra obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del trámite de las presentes actuaciones”.

 

Que en este estado llegan los actuados a esta Oficina de Administración y Financiera. En consecuencia, corresponde señalar en primer término que esta Oficina de Administración y Financiera considera que las suscripciones, sistemas de información jurídica y adquisiciones de material bibliográfico constituyen una herramienta esencial para el trabajo de los magistrados, funcionarios y empleados así como también alientan un trabajo más eficiente de todas las dependencias de este Poder Judicial.

 

Que no obstante de ello, no se deja de lado -con mayor razón a la luz de lo dispuesto en la Resolución CM Nº 1/2018- la voluntad de optimizar los recursos presupuestarios existentes y ajustarse a los principios de razonabilidad, austeridad y eficiencia que debe imponerse en la administración de los recursos públicos.

 

Que a su vez, debe resaltarse, a riesgo de ser redundante, que el material bibliográfico que se propicia adquirir en los presentes actuados fueron específicamente solicitadas por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia y revisadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones de acuerdo a lo requerido por quien suscribe con el fin de ajustarse a los mentados principios de razonabilidad, austeridad y eficiencia que debe imponerse en la administración de los recursos públicos.

 

Que en otro orden de ideas, cabe señalar que en el Documento Adjunto SISTEA 14437/2018 se incorporó la constancia de inscripción de la firma Errepar S.A. en el BAC-Sistema de Compras Púbicas. En virtud de la información allí obrante, surgen los datos de los representantes legales y miembros del directorio y se da por cumplimentado lo instruido por Resolución CAGyMJ N° 106/2018.

 

Que así las cosas, de acuerdo a los antecedentes obrantes en autos y a lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, vista la conformidad técnica otorgada por el área requirente, en línea con lo dictaminado por el órgano de asesoramiento jurídico permanente de este organismo, verificados todos los pasos pertinentes y con el fin de garantizar el normal y correcto funcionamiento de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, esta Administración General entiende configurado el supuesto exigido por la ley en cuanto a la exclusividad de la contratación tendiente a la adquisición de material bibliográfico de Editorial Errepar a la firma Errepar S.A. de conformidad con lo estipulado en el inciso 5) del artículo 28º de la Ley 2095, sus modificatorias y reglamentación.

 

Que en ese sentido, corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Directa N° 44/2018 y adjudicar los renglones 1 a 11 a la firma Errepar S.A. por el monto total de treinta mil setecientos treinta y cinco pesos ($30.735,00), de acuerdo con la oferta obrante en el Documento Adjunto SISTEA 14448/18 y la Invitación a Cotizar que luce en los Documentos Adjuntos SISTEA 14441/18 y 14442/18.

 

Que en consonancia con ello, se instruirá a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación de marras y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. 

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 44/2018 tendiente a la adquisición de material bibliográfico de Editorial Errepar.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los renglones 1 a 11 de la Contratación Directa Nº 44/2018 a la firma Errepar S.A. por el monto total de treinta mil setecientos treinta y cinco pesos ($30.735,00), de acuerdo con la oferta obrante en el Documento Adjunto SISTEA 14448/18 y la Invitación a Cotizar que luce en los Documentos Adjuntos SISTEA 14441/18 y 14442/18.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° de esta Resolución y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordenara y comuníquese a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional -y por su intermedio al Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia- y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Res. OAyF Nº 236 /2018