Contratación Menor Nº 20/2014- Expediente CM Nº DCC 119/14-0- Resolución OAyF Nº 347/2014

Buenos Aires,   25     de noviembre de 2014

 

RES. OAyF Nº  347      /2014

 

VISTO:

el Expediente DCC N° 119/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de equipamiento de Fotografía, Audio y Video”; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución  OAyF Nº 244/2014 se autorizó  la Contratación Menor N° 20/2014  que tiene por objeto la adquisición de equipamiento de Fotografía, Audio y Video para el Departamento de Prensa y el Centro de Formación Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I forma parte de esa Resolución,  con un presupuesto oficial de doscientos sesenta y un mil novecientos setenta y cuatro pesos con 27/100 ($ 261.974.27) IVA incluido (fs. 58/68).

Que a fojas 70 se designó como responsable técnico al Jefe del Departamento de Planificación e Infraestructura dependiente de la Dirección General de Informática y Tecnología. A su vez, se comunicó lo resuelto al área técnica competente (fs. 71) y a la Dirección General de Control de Gestión y  Auditoría Interna (fs. 72) y se  procedió  a publicar la referida Resolución en la página web del Poder Judicial (fs. 74).

Que luego, se remitieron comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 75/76),  a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 77/78)  y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 80/96).

 Que tal como fuera establecido en la Resolución OAyF N° 244/2014, el 19 de agosto del corriente se realizó el acto de apertura de ofertas y se labró el Acta de Ofertas Recibidas que luce a fojas 97 en la cual se dejó constancia de la recepción, de tres (3.-) ofertas correspondientes a las empresas Servicios Globales de Informática S.A., Viditec S.A. y Vaju S.A.

 Que, en particular, la oferta  de Servicios Globales de Informática S.A. -obrante a fojas 98/99- es por un monto total de ciento cincuenta y tres mil cuatrocientos ochenta y tres pesos ($ 153.483.00) IVA incluido. Por su parte, la  propuesta de la empresa Viditec S.A.-agregada a fojas 100/199- asciende a la suma total de ciento veinticinco mil seiscientos ochenta y nueve pesos con 28/100 ($ 125.689.28) IVA incluido. Finalmente, la oferta de Vaju S.A. -incorporada a fojas 200/202- es  por  un total de doscientos sesenta mil setecientos treinta pesos ($260.730.00) IVA incluido.

Que a fojas 206/209 glosan las consultas relativas al estado registral de los oferentes, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos, de las que se desprenden que las firmas Servicios Globales de Informática S.A y Viditec S.A. se encuentran inscriptas (v. fs. 206 y 207 respectivamente),  mientras que la empresa Vaju S.A figura como no inscripta (v. fs. 209), circunstancia que luego fue subsanada con la pieza documental agregada a fojas 245.

Que posteriormente la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó a las oferentes Vaju S.A y Servicios Globales de Informática S.A. la remisión de una serie de información y documentación faltante (fs. 210/214). En respuesta, la firma  Vaju S.A. realizó una presentación cumplimentando la información requerida (fs. 215/220). Por su parte, el área técnica peticionó aclaraciones de carácter técnico específico a los oferentes, cuyas respuestas se incorporaron a fojas 231-respecto de Viditec S.A.- y a fojas 232 y 238 -por parte de Vaju S.A.-.

Que entonces, la Dirección de Informática y Tecnología -en su carácter de responsable técnico de la presente contratación- realizó el informe correspondiente. De allí, se desprende que la firma Servicios Globales de Informática S.A. cotizó los renglones 1, 3, 4, 5 y 7 los cuales cumplen con las especificaciones técnicas requeridas; la empresa Viditec S.A. ofertó los renglones 1 y 2 los cuales no resultan admisibles y la firma Vaju S.A. presupuestó los renglones 1 a 7 siendo todos admisibles técnicamente (fs. 240/241).

Que así las cosas, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el Cuadro Comparativo de Precios con su respectivo Anexo -Cuadro de Documentación- correspondiente a las tres (3.-) ofertas presentadas (fs. 248/249).  De allí se desprende que las firmas Viditec S.A. y Vaju S.A. han presentado toda la documentación relativa a la contratación de marras, mientras que la empresa Servicios Globales S.A. no presentó la Declaración Jurada de aptitud para contratar emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos vigentes, requisito sine que non para la admisibilidad de la propuesta, conforme lo establecido  en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 01/2014 y en el punto 15 del Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 20/2014.

Que requerida que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, luego de realizar una breve reseña de lo actuado expuso que “(...) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, lo manifestado por la mencionada Dirección, el informe técnico y la normativa aplicable, esta Dirección General opina que, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones a los fines previstos por el art. 109 de la ley 2095, modificado por la ley 4764, en el sentido que: La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación…” (cfr. Dictamen N° 5950/2014 de fs. 254/255).

Que el Departamento de Prensa y el Centro de Formación Judicial -en carácter de áreas requirentes- manifestaron que las propuestas de las firmas Servicios Globales de Informática S.A. y Vaju S.A. se ajustan a las especificaciones técnicas por ellos solicitadas (fs. 261 y 263).

Que a fojas 265/266 se ha incorporado la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar presentada por la firma Servicios Globales de Informática S.A.

Que posteriormente, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 19 del Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014 y por la cláusula 20 del Pliego de Bases y Condiciones de la presente contratación, se solicitó a la firma Vaju S.A. una mejora en el precio de la oferta para los Renglones 2 y 6 de la Contratación Menor N° 20/2014. Ello, en razón de ser la única ofertante técnicamente admisible para tales renglones y en ambos casos exceder en más de un veinte por ciento (20 %) el presupuesto oficial (fs. 267/270).

Que en respuesta, la firma Vaju S.A. presentó una mejora de precios para ambos renglones, siendo el nuevo monto del Renglón 2 de cincuenta y tres mil setecientos sesenta pesos ($ 53.760,00) y el correspondiente al Renglón 6 de treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis pesos ($ 39.456,00) (fs. 271).

Que así las cosas, puesto a resolver, de acuerdo a lo actuado por la Dirección de Compras y Contrataciones y a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 20/2014  que tiene por objeto la adquisición de equipamiento de Fotografía, Audio y Video para el Departamento de Prensa y el Centro de Formación Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I forma parte de la Resolución OAyF N° 244/2014.

Que por otra parte, analizadas las tres (3.-) ofertas presentadas y de conformidad con lo manifestado por el área técnica (fs. 240/241) y por las dependencias requirentes (fs. 261 y 263) debe ponerse de resalto que la propuesta de la firma Viditec S.A. resulta técnicamente inadmisible. En tanto, las ofertas de las firmas Servicios Globales de Informática S.A. y Vaju S.A. resultan admisibles técnicamente.

Que a su vez, de la comparación entre las ofertas técnicamente admisibles, se desprende que la propuesta de la empresa Servicios Globales de Informática S.A. para los renglones 1 y 5 y la oferta de la firma Vaju S.A. para los renglones 2, 3, 4, 6 y 7 de la contratación de marras, resultan las más convenientes económicamente.

Que en línea con lo antes expuesto, corresponderá adjudicar los renglones 1 y 5 de la Contratación Menor N° 20/2014 a la empresa Servicios Globales de Informática S.A. por el monto total de sesenta y cuatro mil trescientos noventa y cuatro pesos ($ 64.394,00) IVA incluido y los renglones 2, 3, 4, 6 y 7 de la Contratación Menor N° 20/2014 a la firma Vaju S.A. por el monto total de ciento cincuenta y dos mil ciento dieciséis pesos ($ 152.116,00) IVA incluido, en ambos casos por resultar ofertas técnicamente admisibles y las económicamente más convenientes a los intereses de este Organismo.

Que por último, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación  Menor N° 20/2014 que tiene por objeto la adquisición de equipamiento de Fotografía, Audio y Video para el Departamento de Prensa y para el Centro de Formación Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 244/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los renglones 1 y 5 de la Contratación Menor N° 20/2014 a la empresa Servicios Globales de Informática S.A. por el monto total de sesenta y cuatro mil trescientos noventa y cuatro pesos ($ 64.394,00) IVA incluido, conforme la oferta de fojas 98/99 y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

 

Artículo 3º: Adjudíquense los renglones 2, 3, 4, 6 y 7 de la Contratación Menor N° 20/2014 a la firma Vaju S.A. por el monto total de ciento cincuenta y dos mil ciento dieciséis pesos ($ 152.116,00) IVA incluido, conforme la oferta de fojas 200/202 con la mejora de precios de fojas 271 y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

 

Artículo 4: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764,  su reglamentaria Resolución CN N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese al Departamento de Prensa, al Centro de Formación Judicial, a la Dirección General de Informática y Tecnología y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

RES. OAyF Nº 347      /2014