Contratación Directa Nº 10/2010 - Exp. CM Nº OAyF-115/10-0 - Resolución OAyF Nº 256/2010

Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 10/2010, con el objeto de contratar la renovación del servicio de actualización, mantenimiento y soporte técnico del Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (PayRoll) para este Consejo de la Magistratura.

Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 10/2010, con el objeto de contratar la renovación del servicio de actualización, mantenimiento y soporte técnico del Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (PayRoll) para este Consejo de la Magistratura.

Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 10/2010, con el objeto de contratar la renovación del servicio de actualización, mantenimiento y soporte técnico del Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (PayRoll) para este Consejo de la Magistratura.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2010.

RES. OAyF Nº 256 /2010

VISTO:

El expediente OAyF Nº 115/10-0 mediante el cual se impulsa la contratación directa de la renovación del servicio de actualización, mantenimiento y soporte técnico del software integrado de Gestión de Recursos Humanos (Payroll); y

CONSIDERANDO:

Que al inicio de estos actuados la Dirección de Compras y Contrataciones informa del vencimiento del contrato suscripto oportunamente con la firma Sonda Argentina S.A. para la prestación del servicio del software integrado de gestión de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura, el cual acaecerá el día 31 de diciembre del corriente año (Nota Nº 506/2010 , fs. 1) y cuyo procedimiento de Contratación Directa tramitó por Expediente 190/09-0. Al respecto solicita la intervención de la Dirección de Informática y Tecnología cuanto del Departamento de Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Factor Humano, a efectos de manifestar su opinión acerca de la necesidad de proceder a la renovación del mencionado servicio.

Que en tal sentido a fs. 2 y 6, respectivamente, se agregan las respuestas brindadas por el Departamento de Liquidación de Haberes (Memo Nº S/N) y la Dirección de Informática y Tecnología (Nota DIT Nº 292/10), cursadas en el citado expediente, y que dan cuenta de la necesidad de renovación para continuar con la prestación del servicio. En este punto cabe destacar , que las dos áreas se manifestaron a favor de incorporar una cláusula en el Pliego de Condiciones Particulares para el caso de incumplimientos fijando un plazo perentorio de resolución de los mismos.

Que asimismo y en atención a lo expuesto a fs. 8 por la Dirección de Compras y Contrataciones toda vez que la firma Sonda Argentina S.A. es el canal distribuidor exclusivo para las entidades del gobierno, incluyendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se entiende viable encuadrar esta adquisición mediante el procedimiento de Contratación Directa en los términos del art. 28, inc. 4 de la Ley de Compras y Contrataciones (Ley 2095).

Que cabe destacar la instrucción impartida, a fs. 43, por el suscripto a la citada Dirección, en ocasión de la entrada en vigencia de la reglamentación de la Ley de Compras para este Poder Judicial (Res. CM Nº 810/2010). En tal virtud, se adecuó toda la documentación de autos al procedimiento vigente y a fs. 46 el área de compras realiza encuadre normativo acorde.

Que iniciado entonces el presente trámite, se glosa a fs. 47 el correo electrónico cursado por el Sr. Director de Compras y Contrataciones a la firma Sonda Argentina S.A., invitándola a la presente Contratación Directa, remitiéndose además el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Res. Nº 810/2010 y los términos y condiciones particulares de esta Contratación Directa, individualizados en la “Invitación a Cotizar”. Por último se establece como fecha límite para la presentación de la respectiva oferta hasta las 16.00 horas del día 15 de noviembre del presente año (constancias de fs. 48/56).

Que con fecha 15 de noviembre del corriente año, se labró el Acta de Recepción de Propuesta Económica de esta Contratación Directa Nº 10/2010 (fs. 58) dejándose constancia de la presentación de la propuesta económica de la firma Payroll Argentina S.A. En tal sentido a fs. 59/92, y por Actuación Nº 32376/10 se agrega la oferta por un monto total de sesenta y tres mil seiscientos pesos ($ 63.600.-).

Que dentro de la documentación presentada, cabe destacar que a fs. 77 glosa la declaración jurada del oferente mediante la cual se pone de resalto que “... a partir de este año 2010 y por motivos comerciales de ambas empresas se decide que Sonda Argentina S.A. no prestará mas el servicio descrito en la presente oferta referente al mantenimiento de los sistemas PayRoll y por lo tanto la firma PayRoll Argentina S.A. es la única prestataria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.”

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se solicitó la afectación preventiva del gasto. En tal sentido a fs. 96 la Dirección de Programación y Administración Contable informa que ha tomado conocimiento de la solicitud de afectación para el ejercicio 2011, la cual quedará supeditada a la aprobación de la Ley de presupuesto correspondiente.

Que el Departamento de Dictámenes, Procedimientos Administrativos dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de ley y en su Dictamen Nº 3749/2010, no realizó objeciones desde el punto de vista jurídico al encuadre propuesto por la Dirección de Compras y Contrataciones y analizando los antecedentes de estos actuados concluyó que “... nada obsta a la prosecución del trámite del presente expediente. ” (conf. fs. 98/99).

Que en este estado, y de acuerdo a los antecedentes obrantes en autos y oído el dictamen de las asesoría jurídica, entiendo configurado en el caso el supuesto exigido por la ley en cuanto a la exclusividad de la prestación del servicio de marras, (conf. art. 28, ap. d. 1) RLCC, reglamentario del art. 28, inc. 4, ley 2.095) que posibilita una contratación en la modalidad directa.

Que así pues y en los términos del art. 28, Inc. 3, punto 6 del RLCC, reglamentario del Art. 28, inc. 3 de la Ley 2095, habrá de aprobarse lo actuado y se adjudicará la contratación a la firma PayRoll ArgentinaS.A. en las condiciones ya descriptas. Lo resuelto deberá publicarse por un día en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página web del organismo.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 10/2010, con el objeto de contratar la renovación del servicio de actualización, mantenimiento y soporte técnico del Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (PayRoll) para este Consejo de la Magistratura.

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 10 /2010 a la firma PayRoll Argentina S.A. por la provisión de la renovación del servicio de actualización, mantenimiento y soporte técnico del Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (PayRoll) l , por un valor total de sesenta y tres mil seiscientos pesos ($ 63.600.-), IVA incluido, de acuerdo a lo oferta económica de fs. 72.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar esta resolución por un día en la cartelera oficial, y en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.