Licitación Pública Nº 27/2011- Expediente CM Nº OAyF 112/11-0- Resolución OAyF Nº 165/2012

 

                                                                                             Buenos Aires, 5  de Julio  de 2012

 

Res. OAyF Nº  165/2012

 

VISTO:

            el Expediente OAyF-112/11-0 caratulado “O.A.y F. s/ Adquisición y Mantenimiento de relojes fechadores” y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que a fs. 86/92, la Oficina de Administración y Financiera, mediante Resolución OAyF Nº 245/2011, autorizó el llamado a Licitación Pública de etapa única Nº 27/2011 tendiente a la adquisición de relojes fechadores y bajo la modalidad de orden de compra abierta, la contratación del servicio de mantenimiento de relojes fechadores existentes en las distintas dependencias del Poder Judicial, con un presupuesto oficial de pesos seiscientos setenta y dos mil setecientos ochenta y cinco con 20/100 ($ 672.785,20) IVA incluido y se estableció el 31 de enero de 2012 como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la contratación y el 6 de febrero de 2012 a las 12.00 horas como fecha límite para la apertura pública de ofertas.

Que a fs. 94/96 y 98 se encuentran los correos electrónicos mediante los cuales la Dirección de Compras y Contrataciones notificó la Resolución OAyF Nº 245/2011 a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos, a la Cámara Argentina de Comercio y al Director General de Control de Gestión y Auditoría Interna de este Consejo y a fs. 100/115 obran las invitaciones a participar de la Licitación Nº 27/2011 cursadas a diferentes empresas. A su vez, a fs. 97 y 117, la Dirección de Compras y Contrataciones procede a designar a los funcionarios que participarán en el acto de apertura y en la Comisión de Preadjudicaciones.

Que a fs. 116, 127/131 y 142 obran las constancias de publicación de la Resolución OAyF Nº 245/2011 en el Boletín Oficial, en la página web del Poder Judicial de la Ciudad (www.jusbaires.gov.ar) y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura de la CABA, respectivamente.

            Que a foja 143 se incorpora el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y a foja 144 se encuentra la constancia de retiro de las firmas que se hicieron de los documentos.

Que a foja 147, se realizó el acto de apertura de ofertas y se labró el Acta de Apertura Nº 01/2012 de fecha 6 de febrero de 2012, en la cual se deja constancia que se presentaron dos (2) sobres conteniendo ofertas ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, las que se indiviluadizaron como pertenecientes a Galán Susana Lidia con un presupuesto de pesos seiscientos sesenta y nueve mil cien ($ 669.100,00) y Fraga Andrés con un monto de oferta de pesos setecientos treinta y siete mil seiscientos ochenta ($ 737.680,00), conforme surge a foja 148. Dichas ofertas se encuentran incorporadas a fs. 149/202.  

Que a foja 208, la Dirección de Compras y Contrataciones remite la póliza de seguros de caución por pesos treinta y tres mil seiscientos cincuenta ($ 33.650,00) correspondiente a Galán Susana Lidia. Posteriormente, se adjunta la Actuación 1192/12, mediante la cual se remite la póliza de seguros de caución por pesos treinta y tres mil seiscientos treinta y cuatro ($ 33.634,00) correspondiente a Fraga Andrés (fs. 212/217).

Que a foja 210, la Comisión de Preadjudicaciones remite el Expediente en cuestión a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, a fin de que evalúe técnicamente las ofertas presentadas e informe si cumple con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Asimismo, requiere que “en el caso de la oferta presentada por Susana Galvan, solicito que sean analizadas las tres opciones (…) solicito que tenga en cuenta el plazo de entrega que denuncian los oferentes dado que superan lo estipulado en el PBCP” y por último solicita que “en el caso de que las ofertas no cumplan con lo requerido, se solicita que especifique claramente las causas”.

Que a foja 221 la 2da Jefa de Oficina de Asistencia Técnica y Coordinación de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, en respuesta al pedido de asistencia técnica, eleva el Cuadro de Documentación que se encuentra incorporado a foja 220, en el cual se analiza si las ofertas presentadas cumplen con todos los requerimientos necesarios. De dicho análisis surge que “todas las empresas cumplen pese a que el plazo de entrega que denuncian superan el estipulado en el PBCP” y que la Opción 3 presentada por Susana Galán “Consultado personal técnico resulta la más viable y la más económica”. Sin perjuicio de ello, destaca que “se advierte que la tecnología ofrecida en esta opción, no se tuvo en miras al realizar el pliego, por lo cual se trataría de una completa innovación, lo que aparejaría el cambio de todos los relojes que en la cual se están utilizando en las dependencias que cuentan con ellos”.

Que a foja 223, el Departamento de la Comisión de Preadjudicaciones, en virtud del informe técnico a foja 221, remite los actuados a la Secretaría de Innovación, para su intervención y a foja 225, el Jefe de Departamento de Asistencia Legal y Técnica de dicha Secretaría informa que “(…) la Secretaría de Innovación ha iniciado el análisis y evaluación de factibilidad de la tecnología de sellado de tiempo en línea (conocida como timestamp). Se trata de (…) equipos que empleen ese protocolo para asegurar la identidad e integridad de un documento y reemplazar así los vetustos y costosos relojes fechadores” y en torno a la implementación de esta tecnología “requiere, además de las indagaciones ya referidas, la correcta articulación con JusCABA y GesCABA, pues de otro modo no podrían aprovecharse sus ventajas, y en consecuencia, se malgastarían recursos” razón por la cual concluye que “Será menester concluir los análisis emprendidos, para iniciar la etapa de experimentación antes de concluir su viabilidad. Como se comprenderá, ello excede el limitado marco temporal de este proceso de selección”.

Que a fs. 231/234, se encuentra el Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones, en el cual se considera que la oferta de Susana Galán es admisible, mientras que la de Andrés Fraga es inadmisible ya que no se acompaña la constancia de adquisición de Pliego, ni la copia de certificado fiscal para contratar expedido por la AFIP vigente a la fecha de apertura de sobres, ni la copia del certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de apertura, ni tampoco la garantía de oferta, conforme lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Generales y en el artículo 14.1 del Anexo III de la Resolución CM Nº 810/2010, siendo esta última omisión insubsanable.

Que respecto a la Opción 3 presentada por Susana Galán, la Comisión de Preadjudicaciones argumenta que “resulta la más viable y la más económica para los intereses de este consejo” destacando las medidas de seguridad, el bajo costo de mantenimiento, la posibilidad de intercambio luego de la reparación y/o mantenimiento, y la garantía de veinticuatro (24) meses, pero que “el problema radica en que dicha tecnología no se tuvo en cuenta a los momentos de elaborar el PBCP que rige esta licitación pública, por lo que se trata de una completa innovación y una propuesta totalmente distinta a lo allí solicitado”, por lo cual se concluye que “del análisis efectuado a las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 27/2011, y conforme los informes obrantes a fs. 221 y 225 es que esta Comisión aconseja dejar sin efecto el procedimiento en los términos del art. 20 del Pliego de Bases y Condiciones Generales”.

Que a fs. 238/239 y 251 obran las constancias de publicación del Dictamen de Preadjudicaciones en la página web del Poder Judicial y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, respectivamente. Asimismo, a foja 235 se encuentra el correo electrónico mediante el cual se notificó el citado dictamen a la oferente Susana Galán y a fs. 240/241 obra la correspondiente constancia de recibido.

Que a foja 245, el Jefe de Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones remite los actuados a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para su intervención e informa que “con fecha 26/06/2012 se envió cédula de notificación a la empresa Andrés Fraga”. Dicha cédula luce agregada a foja 248.

            Que a foja 252, mediante Dictamen Nº 4609/2012, la Dirección General de Asuntos Jurídicos entiende que “teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa aplicable, y los informes de fs. 221 y 225, esta Dirección General opina que, una vez cumplimentadas las restantes publicaciones precitadas, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se deje sin efecto el procedimiento de esta contratación (Licitación Pública Nº 27/2011) en los términos del art. 20 del PCG”.

Que a foja 259 se agrega la constancia de publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas en el Boletín Oficial Nº 3943 del 02/07/2012 (fs. 255/258), con lo cual se encuentra cumplimentado lo requerido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el Dictamen anteriormente referido.

Que de tal modo, oídos los dictámenes de la Comisión de Preadjudicaciones y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y vistos los informes de fs. 221 y 225 corresponde dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cuestión, conforme el artículo 20 del Pliego de Bases y Condiciones Generales que estipula “El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes”.

            Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificada por 3389);

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Dejar sin efecto el procedimiento de contratación llevado a cabo mediante Licitación Pública Nº 27/2011 en los términos del Artículo 20 del Pliego de Condiciones Generales y los fundamentos vertidos en los considerandos.

 

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones de este Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también las comunicaciones a los oferentes.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese como se ordena, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

Res. OAyF Nº  165/2012