Licitación Pública N° 11/2016 - Resolución CAGyMJ Nº 01/2017 - Expediente CM Nº DGCC 153/16-0 s/Contratación del Servicio de Tel

Buenos Aires, 16 de febrero de 2017

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°     1     /2017

 

VISTO:

 

El expediente DGCC Nº 153/16-0 s/ Contratación del Servicio de Telefonía Celular; y

 

CONSIDERANDO:

 

                                   Que a fs. 95/114 la Resolución CAGyMJ Nº 108/2016  autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 11/2016 de etapa única, para la contratación del Servicio de Telefonía Celular  para su utilización por el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Catorce Millones Cuarenta Mil ($14.040.000) IVA incluido, fijándose la  apertura pública de ofertas el día 21 de noviembre de 2016.

 

 Que a fs. 129/130 se encuentra la constancia de notificación al Unión Argentina de Proveedores del Estado, a fs. 127/128 la notificación a la Cámara Argentina de Comercio y a fs. 131/138  las invitaciones cursadas por correo electrónico a diferentes empresas del rubro.

 

Que consta la publicación de la Resolución CAGyMJ N° 108/2016 en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 125), en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 139/140) y en los diarios Página 12  y La Nación (fs.142/145).

 

                                   Que por Resolución de Presidencia CAGyMJ N° 12/2016 se dispusó prorrogar la apertura de ofertas hasta el día 15 de diciembre a las 12 hs. (fs. 161/162) publicándose lo resuelto en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 169), en el Boletín Oficial (fs. 183/184) y en los diarios Página 12  y La Nación (fs.186/189); notificándolo al UAPE (fs. 171/172), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 173/174) y a las diferentes empresas del rubro oportunamente invitadas (fs. 175/182).

 

                                   Que a fs. 190/192  (Actuación 26219/16) Telecom Argentina (Personal), realizó diversas consultas, las que fueron evacuadas por la Dirección de Informática y Tecnología (fs. 194)  y que motivaron la Circular sin Consulta Nº 1 aprobada mediante Resolución CAGyMJ Nº 128/2016 (fs. 198/200).

 

Que a fs. 228 luce el acta de apertura pública de ofertas nro. 14/2016 en la cual consta que se presentaron dos sobres ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura.

 

Que a fs. 625 obra la nota de la Unidad de Evaluación de Ofertas solicitando la asistencia de la Dirección de Informática y Tecnología a los efectos de concretar adecuadamente la evaluación de las ofertas presentadas.

 

Que a fs. 627 la Dirección General de Informática y Tecnología informó  que “no tiene objeciones que formular a las ofertas presentadas  por las firmas Telefónica Móviles Argentina S.A. y AMX Argentina S.A., por lo que considera que ambas cumplen con lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas correspondiente.”.

 

Que a fs. 630/635 la Comisión Evaluadora de Ofertas (CEO), luego de realizar un análisis de las ofertas presentadas y de considerar a ambas admisibles, opinó que “corresponde preadjudicar la presente Licitación Pública Nº 11/2016 a la empresa TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. por la suma total de pesos catorce millones diez mil quinientos treinta y uno con 43/100 ($ 14.010.531,43).”.

 

Que dicho dictamen fue notificado por correo electrónico a las oferentes conforme surge a fs. 636 y 638/639. Asimismo, fue anunciado en la página de internet del Poder Judicial (fs. 640) y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 650/651).

 

                                   Que por el Dictamen Nro. 7435/2017 de fs. 645/646  la Dirección General de Asuntos Jurídicos expresó que “Consecuentemente con todas las consideraciones precedentemente expuestas, esta Dirección General opina que, una vez agregada las constancia de la publicación en el Boletín Oficial del dictamen referido, conforme lo requiere la legislación vigente, nada obsta desde el punto de vista jurídico para la prosecución del trámite del presente expediente.”.

 

Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, por el inc. 4 le compete ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.

 

Que por el art. 38 inc. 8 y 9 a la Comisión también le compete diseñar la política de informática y telecomunicaciones, y organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.

 

Que por lo expuesto, implicando la cuestión en debate un acto de disposición de recursos  presupuestarios en una contratación que pretende satisfacer una necesidad de infraestructura en telecomunicaciones, éste órgano resulta competente.

 

                                   Que conforme el acta de apertura de ofertas 14/2016 (fs. 228)  se presentaron dos ofertas: Telefónica Móviles Argentina SA y AMX Argentina SA.

 

Que la Dirección General de Informática y Tecnología dictaminó que las ofertas cumplen con lo especificado en los pliegos correspondientes (fs. 627).

 

Que  la CEO  consideró ambas ofertas admisibles y  opinó que corresponde preadjudicar a la empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. la presente Licitación Pública por la suma total de Pesos Catorce Millones Diez Mil Quinientos Treinta y Uno con 43/100 ($ 14.010.531,43).

 

                                   Que dicho dictamen fue notificado a los oferentes por correo electrónico conforme surge a fs. 636 y 638/639. Asimismo, fue anunciado en la página de internet del Poder Judicial (fs. 640) y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 650/651).

 

                                   Que sin perjuicio de lo expuesto, se observa que a fs. 547/549, 560/562 y 563/568, obran las constancias de la Oficina Nacional de Contrataciones, del RIUPP y del Registro de Deudores Alimentarios Morosos sobre las oferentes, sin registrar sanción alguna. Asimismo, a fs. 577 la preadjudicada presentó el certificado fiscal para contratar, debidamente confeccionado.

 

                                   Que en virtud de lo expuesto, en el presente procedimiento intervino el área técnica para fundar la necesidad de la contratación y constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos en los pliegos, la CEO verificó el cumplimiento de los recaudos documentales dispuestos para la adquisición, mientras que el servicio de asesoramiento jurídico permanente no planteó observación alguna al dictamen de preadjudicación. Por todo ello, existiendo recursos presupuestarios suficientes, corresponde dar curso favorable al presente trámite.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Aprobar lo actuado en la Licitación Pública N° 11/2016.

 

Artículo 2°: Adjudicar los renglones 1, 2, 3 y 4 de la Licitación Pública N° 11/2016 a Telefónica Móviles Argentina SA por la suma total de Pesos Catorce Millones Diez Mil Quinientos Treinta y Uno con 43/100 ($ 14.010.531,43), conforme la oferta económica de fs. 347/348.

 

Artículo 3°: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a notificar al oferente la presente resolución, y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese los oferentes, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Informática y Tecnología, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION  CAGyMJ N°    1    /2017

 

 

 

 

 

Alejandro Fernández        Marcelo Vázquez           Juan Pablo Godoy Vélez