Licitación Pública N° 11/2017 - Resolución Pres. CAGyMJ Nº 07/2017 - Expediente CM Nº DGCC 037/17-0 s/Selección de Proveedores d

Buenos Aires,  26 de abril de 2017

 

RESOLUCION PRES. CAGyMJ N° 7/2017

 

VISTO:

 

El Expediente N° “037/17-0 “DGCC s/ Selección de Proveedores de Catering y Producción de Eventos”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Res. CAGyMJ N° 31/2017 se autorizó el  llamado de la Licitación Pública Nº  11/2017 de etapa única bajo la modalidad Convenio Marco de Compras (art. 44 bis ley 2095), con el objeto de seleccionar proveedores de servicios de catering y producción de eventos, a fin de suscribir los convenios marcos incluidos en el Pliego de Condiciones Particulares. La apertura de ofertas se realizará el 2 de mayo de 2017 a las 12 hs.

 

Que en la fecha la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCC) informó que cinco empresas retiraron los pliegos de la contratación, y propone modificar en las Condiciones Para Ser Oferente estipuladas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los requisitos contemplados en los puntos C, D, E y F para las Personas Humanas, y en los puntos F, G, H e I para las Personas Jurídicas, haciéndolos exigibles sólo para el Renglón 1.

 

Que en tal estado llega el expediente a la Presidencia de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 el art. 38 inc. 4 de la ley 31 otorga a la Comisión competencia para ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.

 

Que por lo expuesto, la Comisión autorizó el llamado de la licitación y los pliegos respectivos, y por ende, es competente para dictar actos aclaratorios de dichas normas.

 

Que conforme el Reglamento Interno del Plenario y las Comisiones del Consejo (Res. CM Nº 260/2004), el Presidente de la Comisión: “Resuelve las cuestiones urgentes, comunicando las medidas adoptadas a los restantes miembros de la Comisión, para su consideración en la siguiente reunión” (art. 16.4). 

 

Que no hallándose prevista sesión ordinaria de la Comisión antes de la fecha de apertura de ofertas, resulta conveniente la inmediata atención del asunto traído a mi conocimiento.

 

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es la oficina idónea para analizar la correcta formulación de los pliegos. En consecuencia, la intervención previa de dicha dependencia garantiza la procedencia de la aclaración que se propone y no implica modificaciones sustanciales de las condiciones de la licitación.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

LA PRESIDENCIA DE LA

COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1 de la Licitación Pública Nº 11/2017, que como Anexo I se adjunta a la presente resolución.

 

Artículo 2°: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a notificar la presente resolución a las personas y empresas que fueron invitadas a la licitación, y a quienes hayan retirado los Pliegos.

 

Artículo 3°: Incorpórese el tema en el orden del día de la próxima reunión de Comisión.

 

Artículo 4°: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a las personas y empresas que fueron invitadas a participar de la licitación, a quienes hubiesen retirado los pliegos, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION PRES. CAGyMJ N°  7/2017

 

 

 

Juan Pablo Godoy Vélez

 

Res. Pres. CAGyMJ N°   7    /2017    

 

ANEXO I

 

CIRCULAR SIN CONSULTA Nº 1

LICITACIÓN PUBLICA 11/2017

 

Señor Oferente

 

            Por la presente, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Licitación Pública Nº 11/2017, referida a la selección de proveedores de catering y producción de eventos, que tramita por Expediente DGCC-037/17-0, se dirige a Ud. a los efectos de informar la siguiente aclaración:

 

Aclaración Nº 1: Respecto de las Condiciones Para Ser Oferente estipuladas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los requisitos contemplados en los puntos C, D, E y F para las Personas Humanas, y en los puntos F, G, H e I para las Personas Jurídicas, solo corresponderán al Renglón 1 de la presente contratación, resultando en consencuencia obligatorio su cumplimiento para aquellos oferentes que efectúen propuestas por el mismo.